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1era Reforma
"La educación será socialista Y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social" -
El Comité Ejecutivo Nacional del Partido Nacional Revolucionario
presento una iniciativa de reformas al artículo 3o. constitucional en la que destaca la siguiente idea: "... deberá basarse en las orientaciones y postulados de la doctrina socialista que la Revolución Mexicana sustenta -
Ha cargo del presidente Lázaro Cárdenas
II.- La formación de planes, programas y métodos de enseñanza corresponderá en todo caso al Estado. III.- No podrán funcionar los planes particulares sin haber obtenido plenamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público. IV.- El Estado podrá revocar, en cualquier tiempo, las autorizaciones concedidas. Contra la revocación no procederá recurso o juicio alguno. -
El positivismo educativo
ganó terreno una vez que el socialismo educativo desapareció, pues garantiza una educación laica, basada en el progreso científico. -
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2da Reforma
"La educación que imparta el Estado -Federación, Estados, Municipios- tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia" -
El clero y la educación
excluyó a las corporaciones religiosas de la educación básica, normal y la destinada a los obreros y campesinos, en congruencia con las concepciones positivistas predominantes y en concordancia con los proyectos revolucionarios. -
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3ra Reforma
"El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan" -
Razones fundamentales por las cuales la autonomía universitaria
para garantizar a los universitarios plena libertad en la enseñanza, en la investigación y en la difusión de la cultura, asimismo, para que apliquen sus recursos económicos adecuadamente para el fortalecimiento de las propias universidades y la plena libertad para administrarse y dictar sus propios ordenamientos jurídicos, el objetivo es que la educación superior promueva y contribuya al desarrollo democrático del país. -
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4ta Reforma
"Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;
El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los anatismos y los prejuicios" -
La lucha ideológica
El control ideológico de la educación, control por el que durante tanto tiempo lucharon la Iglesia y el Estado, los liberales y los conservadores, la Federación y las entidades federativas. -
La educación privada
Se permite al clero el acceso a impartir educación primaria, secundaria y normal desde 1992 lo mismo que a cualquier particular que sea autorizado para ello. -
El presidente Carlos Salinas de Gortari
Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, -
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5ta Reforma
"La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia." -
centralización de los planes y programas de estudio más importantes al artículo 3o.
Lo constitucional, fue la que se llevó a cabo con las reformas y las adiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 5 de mayo de 1993