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Constitución Política
Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo. -
Ley General de Educación
Se expide la ley general, que en su artículo 73, define que es un Proyecto Educativo Institucional y que deben especificarse entre otros aspectos, los principios y fines del establecimiento, los recursos docentes y didácticos disponibles y necesarios, la estrategia pedagógica, el reglamento para docentes y estudiantes y el sistema de gestión. -
Decreto 1860
¿Quiénes participan en la construcción del PEI?
Toda la comunidad educativa. Desde los estudiantes de preescolar, básica y media hasta los docentes, directivos y padres de familia. Existen unos organismos de participación que se establecen el decreto 1860 de 1994. Estos son: consejo directivo, consejo académico, consejo de estudiantes y consejo de padres de familia. -
Decreto 1236
Se debe adoptar en los Proyectos Educativos Institucionales las formas pedagógicas y administrativas del sistema educativo, quedando facultados para establecer los mecanismos de evaluación y promoción. -
Decreto 180
Obligatoriedad del PEI
Por Ley, toda institución educativa debe registrar su PEI a la secretaría de educación de su municipio o departamento con el ánimo de hacerle un seguimiento. Esto se debe hacer antes de poner en funcionamiento un establecimiento educativo y cada vez que los ajustes al PEI existente sean radicales. -
Ley 715
Las instituciones educativas deberán contar con un proyecto educativo institucional, licencia de funcionamiento o reconocimiento oficial y disponer de la infraestructura administrativa, soportes pedagógicos, planta física y medios educativos adecuados. -
Decreto 1290
Por el cual se reglamenta la evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. A partir de este decreto se deben incorporar en los PEI un sistema institucional de evaluación -
Decreto 1075
Se expide el decreto único reglamentario del sector educativo, el cual agrupa a todos los anteriores decretos y otros, dando orden a las instituciones y mayor orientación en cuanto a los mecanismos de seguimiento y control del PEI -
Guía Metodológica
La secretaría de Educación de Medellín, emite la Guía metodológica para la construcción, actualización e implementación del Proyecto Educativo Institucional – PEI.
Un documento orientador para directivos docentes y equipos de gestión escolar, con base en los lineamientos del Ministerio de Educación Nacional, que da importantes claridades acerca de los 14 puntos que plante la ley general de educación.