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Lo intercultural en la historia de Colombia

  • Conformación de organizaciones indígenas a nivel regional y local

    Conformación de organizaciones indígenas a nivel regional y local
    Según Triviño y Palechor (2006) en este período se inició la conformación de organizaciones indígenas a nivel regional y local y además surgieron las escuelas propias indígenas y la formación de maestros bilingües seleccionados por dichas comunidades.
  • Ratificación del derecho de la educación indígena

    Ratificación del derecho de la educación indígena
    “En 1978, el Decreto 1142 reglamenta el artículo 11, a fin de ratificar el derecho de los indígenas a tener educación propia en su lengua materna y de acuerdo con sus características culturales” (Triviño y Palechor, 2006, P. 148).
  • Nombramiento de maestros bilingües para ejercer la docencia en grupos indígenas

    Nombramiento de maestros bilingües para ejercer la docencia en grupos indígenas
    “El Decreto 085 de 1980 faculta el nombramiento de maestros bilingües para ejercer la docencia en grupos indígenas, aunque no cubran los requisitos exigidos a los demás docentes de la nación”. (Triviño y Palechor, 2006, P. 148).
  • Creación del grupo de etnoeducación por el MEN

    Creación del grupo de etnoeducación por el MEN
    Resolución 3454 de 1984 “se crea el grupo de etnoeducación del Ministerio para incentivar programas etnoeducativos en los pueblos indígenas”. (Triviño y Palechor, 2006, P. 148).
  • Se abre la posibilidad para que los grupos étnicos construyan propuestas de educación propia

    Se abre la posibilidad para que los grupos étnicos construyan propuestas de educación propia
    “En 1986 se expide el Decreto Ley 088 de 1976 mediante el cual se reorganiza el Ministerio de Educación Nacional –MEN, y se abre la posibilidad para que los grupos étnicos construyan propuestas de educación propia y participen activamente en la elaboración de sus currículos”. (Triviño y Palechor, 2006, P. 147).
  • Educación intercultural en la Constitución política de Colombia

    Educación intercultural en la Constitución política de Colombia
    De acuerdo con Artunduaga (1997) La Constitución reconoce la diversidad étnica y cultural de la nación, centrándose en la necesidad de una educación intercultural no solamente para los pueblos culturalmente diferenciados, sino también para la sociedad nacional colombiana, que tiene el deber y el derecho de conocer, valorar y enriquecer nuestra cultura con los aportes de otras, en una dimensión de alteridad cultural.
  • Respeto por las tradiciones lingüísticas de las comunidades raizales

    Respeto por las tradiciones lingüísticas de las comunidades raizales
    Se establece la Ley 47 de 1993 por medio de la cual se dictan normas especiales para la organización y el funcionamiento del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina en donde se hace referencia al respeto por las tradiciones y expresiones lingüísticas de las comunidades raizales en todos los niveles educativos, por medio del artículo 43 del capítulo VII
  • Reconocimiento de la diversidad por medio de la ley 115 de 1994 (Ley general de educación"

    Reconocimiento de la diversidad por medio de la ley 115 de 1994 (Ley general de educación"
    En esta ley se establecen artículos que reconocen la diversidad, la inclusión, la interculturalidad, el respeto por la diferencia y el desarrollo de la identidad en el ámbito educativo, ejemplo el art. 14 de la enseñanza obligatoria en temas ligados al fomento de las diversas culturas, la paz, la solidaridad, la confraternidad y la formación de valores y el capítulo 3 sobre la educación haciendo referencia a la etnoeducación, al respeto por las creencias y las tradiciones de grupo los étnicos.
  • Se reglamenta la atención en el ámbito educativo para los grupos étnicos por medio del decreto 804 de 1995

    Se reglamenta la atención en el ámbito educativo para los grupos étnicos por medio del decreto 804 de 1995
    Según Piamonte y Palechor a partir de este decreto (804 de 1995) se establecen tres dimensiones en relación con la aplicación de sus postulados:
    1. El derecho de los grupos étnicos en el direccionamiento y orientación de sus procesos educativos
    2. El deber de las entidades territoriales de asumir en sus planes de desarrollo educativo la puesta en marcha de programas etnoeducativos.
    3. La formación de los etnoeducadores en instituciones de educación superior (2011).
  • Se establece la cooperación con los países vecinos a través de la Ley 191 de 1995

    Se establece la cooperación con los países vecinos a través de la Ley 191 de 1995
    Se le debe “garantizar a los habitantes de zona de frontera el derecho fundamental a la educación, promover el intercambio entre instituciones educativas, educandos y educadores en todos los niveles; armonizar los programas de estudio y el reconocimiento a los grados y títulos que otorguen las instituciones educativas y facilitar la realización de actividades conjuntas, propias de su objeto, entre las instituciones de educación superior”. (Universidad Piloto de Colombia, 2015, P. 19)
  • Desarrollo de la cátedra de estudios afrocolombianos

    Desarrollo de la cátedra de estudios afrocolombianos
    Se expiden normas por medio del Decreto 1122 de 1998 para el desarrollo de la cátedra de estudios afrocolombianos, en todos los establecimientos de educación formal del país y se dictan otras disposiciones. A través de esta ley se promueve el fortalecimiento de procesos comunitarios, la protección de los idiomas de los grupos étnicos y la publicación de materiales etnoeducativos.
  • Declaración del día nacional de la afrocolombianidad

    Declaración del día nacional de la afrocolombianidad
    Este día se conmemora anualmente desde el 21 de mayo de 2002, obedeciendo a la Ley 725 de 2001, la cual estableció este día como homenaje a los 150 años de abolición de la esclavitud en Colombia. De igual forma, esta ley busca promover la recuperación de la memoria histórica de esta población. Lo anterior de acuerdo a lo establecido en la ley y lo planteado en la página de la Universidad de Nariño Colombia.
  • Creación la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas (CONTCEPI)

    Creación la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas (CONTCEPI)
    Mediante el Decreto 2406 de 2007 se creó la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas (CONTCEPI) con el fin de que cumpliera las funciones como regulador y supervisor de los procesos etnoeducativos indígenas para que así se pueda realizar una construcción de una política pública para esta minoría étnica
  • Fomento de la diversidad lingüística del país

    Fomento de la diversidad lingüística del país
    Por medio de la Ley 1381 de 2010 “Se dictan normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes.” (Universidad Piloto de Colombia, 2015, P. 14).
  • Atención diferencial de estudiantes víctimas de conflicto armado

    Atención diferencial de estudiantes víctimas de conflicto armado
    A nivel distrital, de acuerdo con lo expuesto en su portal Web institucional, la Secretaría de Educación Distrital ha creado líneas temáticas que contribuyen a la atención diferencial de estudiantes víctimas del conflicto armado interno que se encuentran matriculados en el sistema educativo del Distrito, considerados sujetos de especial protección constitucional según la Ley 1448 de 2011
  • Educación Inclusiva desde un enfoque social, económico, político, cultural, lingüístico, físico y geográfico

    Educación Inclusiva desde un enfoque social, económico, político, cultural, lingüístico, físico y geográfico
    En el 2012 la Educación Inclusiva toma fuerza desde un enfoque que comprenden situaciones de índole social, económica, política, cultural, lingüística, física y geográfica. “En este sentido una política de educación inclusiva en el contexto colombiano, necesariamente tiene que priorizar un grupo de personas que son más propensos a no ingresar y/o abandonar su aspiración al ingreso del sistema educativo” (Universidad Piloto de Colombia, 2015, P. 8).
  • Implementación del SEIP (Sistema Educativo Indígena Propio)

    Implementación del SEIP (Sistema Educativo Indígena Propio)
    Por medio del decreto 1953 de 2013 se dio la implementación del SEIP. Adicionalmente se realizan acciones articuladas con el ICETEX y el Ministerio del Interior para la financiación del acceso y permanencia de los estudiantes víctimas de conflicto armado, Rrom, y de las Comunidades, Negras, Afrocolombianas, Palenqueras y Raizales a la educación superior, a su vez para los estudiantes indígenas se generaron estrategias de financiación por medio del Fondo Alvaro Ulcue Chocué.
  • Lineamientos de educación inclusiva

    Lineamientos de educación inclusiva
    Los lineamientos de educación Inclusiva, entregados al país en marzo de 2014 se convierten en el camino para lograr que la educación “potencie y valore la diversidad (entendiendo y protegiendo las particularidades), promueva el respeto a ser diferente y facilite la participación de la comunidad dentro de una estructura intercultural”. (MEN, 2018)
    En este mismo año la Alcaldía Mayor y la SED presentaron la guía 1 y 2 para la implementación de la Educación Intercultural en Bogotá.
  • derechos culturales de las niñas, los niños y sus familias en el marco de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre

    derechos culturales de las niñas, los niños y sus familias en el marco de la Política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre
    Se estableció la política de estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre mediante la ley 1804 de 2016 en donde dentro de las funciones del Ministerio de Cultura se establece la formulación e implementación de políticas, planes, programas y proyectos dirigidos a preservar, promover y reconocer los derechos culturales de las niñas, los niños y sus familias, el reconocimiento de la diversidad poblacional, territorial étnica, lingüística y social del país.
  • atención integral de niñas, niños y adolescentes con enfoque diferencial y de género en la Secretaría Distrital de Integración Social

    atención integral de niñas, niños y adolescentes con enfoque diferencial y de género en la Secretaría Distrital de Integración Social
    El proyecto 7744 “Generación de Oportunidades para el Desarrollo integral de la Niñez y la Adolescencia de Bogotá” de la SDIS tiene por objetivo general “Contribuir a la atención integral de niñas, niños y adolescentes con enfoque diferencial y de género de Bogotá, generando oportunidades y condiciones de acceso flexibles acorde con sus realidades territoriales, sociales, económicas y culturales” por medio de jardines, casas de pensamiento intercultural y estrategias de sabedores
  • Día nacional del pueblo raizal

    Día nacional del pueblo raizal
    La Ley 2192 de 2022 estableció el 01 de agosto como el día nacional del pueblo raizal en conmemoración a la emancipación del pueblo raizal del Archipiélago de San Andrés y Santa Catalina el 01 de agosto de 1834.