-
Convención sobre los Derechos del Niño (Naciones Unidas, 1989).
Aquí se llega al acuerdo que todos los derechos deben ser aplicados a todas las niñas y niños sin excepción alguna y se deben tomar las medidas que sean necesarias para que esto se cumpla por parte del gobierno. -
Conferencia Mundial sobre los Derechos para Todos (Jomtien,1990)
Se hace la recordación es obligación del estado para que se le preste la atención adecuada a las personas con necesidades especiales tomar las mediadas que sean necesarias para que esto se cumpla -
Conferencia Mundial de Derechos (Viena, 1993).
En esta conferencia se establece la
ampliación del concepto de universalidad de los Derechos Humanos. -
La Declaración de Managua (Nicaragua, 1993).
Para asegurar el bienestar la sociedades tienen que basarse en justicia, igualdad,equidad, integración e interdependencia reconociendo y aceptando la diversidad poniendo por encima a sus miembros asegurando su dignidad, derechos, autodeterminación, acceso total a los recursos sociales y la oportunidad de contribuir a la vida comunitaria. -
Conferencia Mundial sobre Necesidades Educativas Especiales: Acceso y Calidad (Salamanca, 1994).
Aquí se señala que las instituciones educativas deben acoger a todos los niños y niñas jóvenes independientemente de sus condiciones vida impulsando practicas efectivas encontrar de las actitudes discriminatorias para crear una sociedad integrada y una educación para todos. -
Normas sobre igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad (Naciones Unidas, 1994).
Buscan garantizar que estas personas puedan
tenerlos mismos derechos y responsabilidades que los demás. -
Reunión regional de las Américas preparatoria para el Foro Mundial de Educación para Todos
(Santo Domingo 2000)
Se establece el compromiso de formular políticas de educación
inclusiva, priorizando en cada país a la población más excluida, y establecer marcos legales e institucionales que permitan hacer de la inclusión una responsabilidad colectiva. -
Marco de Acción de Dakar Educación para Todos: Cumplir nuestros compromisos comunes,
(UNESCO, 2000)
Este marco establece que la inclusión de los niños con necesidades
especiales o pertenecientes a minorías étnicas desfavorecidas, poblaciones migrantes, comunidades remotas y asiladas o tugurios urbanos,así como de otros excluidos de la educación. -
VII Reunión Regional de Ministros de Educación (Cochabamba, 2001).
Aquí se hace explicito el reconocimiento de la diversidad y la interctualidad factor de enriquecimiento de los
aprendizajes y se recomienda que los procesos pedagógicos tomen en cuenta las diferencias
sociales, culturales, de género, de capacidad y de intereses -
Declaración de educación para todos: Un asunto de derechos humanos
(UNESCO 2007)
Este documento es el soporte para las deliberaciones de la Segunda Reunión Intergubernamental de Ministros de Educación cuyo tema central es la educación de calidad para todos, entendida como un bien público y un derecho humano fundamental que los Estados tienen la obligación de respetar, promover y proteger, con el fin de asegurar la igualdad de oportunidades en el acceso al conocimiento de toda la población. -
Acta final IV jornadas de cooperación educativa
En este evento se Concluye que la inclusión, más allá de los marcos legales internacionales y nacionales, supone una responsabilidad ética que compromete a todo sistema educativo a situar en el centro de su quehacer la existencia de todas y cada una de las personas.