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Se conforma el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC)
se propone un programa, en donde se planteó, entre otros aspectos, defender la historia, la lengua y las costumbres indígenas; formar profesores indígenas para educar de acuerdo con la situación de los indígenas y en su respectiva lengua. -
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Luchas reivindicativas indígenas
Promueven un gran movimiento alrededor de la recuperación de territorios ancestrales, fortalecimiento cultural y generación de procesos autonómicos, En este período se inició la conformación de organizaciones indígenas a nivel regional y local, tales como el Consejo Regional Indígena del Cauca-CRIC y la Organización Indígena Tayrona de la Sierra Nevada de Santa Martha -CIT, entre otras. -
Decreto Ley 088 de 1976
Se expide el Decreto Ley 088 de 1976 mediante el cual se reorganiza el Ministerio de Educación 147 Nacional –MEN, y se abre la posibilidad para que los grupos étnicos construyan propuestas de educación propia y participen activamente en la elaboración de sus currículos. -
Se conforma el Programa de Educación Bilingüe Intercultural (PEBI)
El PEBI crea “escuelas propias” con maestros bilingües seleccionados por las propias comunidades; dichas escuelas evolucionan a Centros piloto y luego van entrando en el entramado educativo nacional. -
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Programa de Educación Bilingüe del CRIC
En 1978 el Programa de Educación Bilingüe del CRIC empezó su trabajo educativo a nivel de la educación primaria; luego asumió la educación secundaria, y desde 2003 trabaja en la Universidad Autónoma Indígena Intercultural (UAIIN) -
Decreto 1142 de Junio 19 de 1978 - Educación de las comunidades indígenas
El Ministerio de Educación Nacional presenta el Decreto 1142 (junio 19), “por el cual se reglamenta el artículo 118 – Ley 088 de 1976 sobre educación de las comunidades indígenas”, y allí se plantea por vez primera que “la alfabetización para las comunidades indígenas se hará en la lengua materna, facilitando la adquisición progresiva de la lengua nacional sin detrimento de la primera” (artículo 9). -
Decreto 085 de 1980 Maestros Bilingües
El Decreto 085 de 1980 faculta el nombramiento de maestros bilingües para ejercer la docencia en grupos indígenas, aunque no cubran los requisitos exigidos a los demás docentes de la nación. -
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Programas de Postgrado en Colombia
se crean organizaciones indígenas regionales y zonales, se conformó la Organización Nacional Indígena de Colombia –ONIC, y surgen otras organizaciones de importancia a nivel macrorregional como las Autoridades Indígenas de Colombia (AICO) y Organización de los Pueblos Indígenas de Amazonas y Caquetá (OPIAC).
Surgen dos programas a nivel de Postgrado en el país: Universidad de los Andes: Maestría en Etnolingüística y Universidad Nacional: Maestría en Lingüística. -
Se constituye la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC)
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Se crea el grupo de Etnoeducación del Ministerio
con la resolución 3454, se crea el grupo de etnoeducación del Ministerio para incentivar programas etnoeducativos en los pueblos indígenas. -
PRIMER SEMINARIO NACIONAL DE ETNOEDUCACIÓN
Primer Seminario Nacional de Etnoeducación. MEN –ONIC. -
Expedición de la Reforma Constitucional - Reconocimiento de la diversidad étnica
se logra la expresión más significativa a nivel normativo. Los artículos 7, 8,10, 13, 67 y 68 son muy importantes en relación con el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural y la oficialización de las lenguas indígenas en sus territorios y en la formación docente. -
Ley 70 de 1993 de comunidades negras - Política de etnoeducación para las comunidades negras
A través de la Ley 70 de 1993 de comunidades negras, cuyo artículo 42 establece que el Ministerio de Educación Nacional diseñará y desarrollará una política de etnoeducación para las comunidades negras, con la asesoría de una comisión pedagógica donde haya representantes de esa comunidad. -
Ley 115 de 1994 Ley General de Educación - Educación para grupos étnicos
define la etnoeducación para los grupos étnicos afrocolombianos,
room (gitanos) y raizales; incluye la formación de etnoeducadores para grupos étnicos. -
Decreto 804 (mayo 18) de 1995
El Ministerio de Educación Nacional promulga un decreto reglamentario de la Ley General de Educación; se trata del decreto 804 (mayo 18) de 1995, “por medio del cual se reglamenta la atención educativa para grupos étnicos”, en su artículo 2, referido a los principios de la Etnoeducación; además de los ya existentes, en el artículo 56 de la Ley 115 se incluyen la autonomía y la solidaridad. -
Ley 397 de 1997 o Ley General de Cultura
Ley 397 de 1997 o Ley General de Cultura, en su artículo 1º, determina como principio fundamental que: El Estado garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades negras y raizales y a los pueblos indígenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, a generar el conocimiento de las mismas según sus propias tradiciones y a beneficiarse de una educación que asegure estos derechos. (Congreso de Colombia, 1997, p. 1). -
Ley 375 de 1997 Reconoce a la juventud de las comunidades afrocolombianas, indígenas, raizales y campesinas
La ley 375 de 1997 (4 de julio) o Ley de la Juventud dice en el artículo 8: “El Estado colombiano reconoce y garantiza a la juventud de las comunidades afrocolombianas, indígenas, raizales y campesinas el derecho a un proceso educativo, a la promoción e integración laboral y a un desarrollo socio cultural acorde con sus aspiraciones y realidades étnico culturales”. -
Se reglamenta la creación de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos
Decreto 1122 de 1998, se reglamentó la creación de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos (CEA) en todos los niveles de formación, incluida la educación superior. -
Circular 51
Ordena la evaluación de docentes de educación indígena (sólo
de los pagados por el Estado), concertada con las organizaciones indígenas, con base en las disposiciones mencionadas. -
Formación de etnoeducadores y directivos etnoeducadores
La Corte Constitucional, en la sentencia C-208, establece la necesidad de un estatuto docente indígena que reglamente las situaciones relacionadas con la vinculación, administración y formación de los etnoeducadores y directivos etnoeducadores en los establecimientos educativos estatales ubicados en los territorios indígenas. -
Creación de la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación para la educación de Pueblos Indígenas
Creación de la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación para la Educación de los Pueblos Indígenas (Decreto 2406 de junio 26), cuyo objeto se definió como “la formulación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas educativas, de manera concertada y basada en las necesidades educativas de los mismos, articulada a la construcción de la política pública integral de Estado para los Pueblos Indígenas”. -
Decreto 1953 de 2014 - Educación Superior Indígena Propia
Decreto 1953 de 2014 – En materia de educación superior, en su artículo 66 se establece que: “los territorios indígenas pueden crear instituciones de educación superior indígena propia, a través de sus autoridades en el Marco del Sistema Indígena propio” (Presidencia de la República, 2014)