Reformas constitucionales de regímenes laborales especiales

  • Artículo 123 Leyes reglamentarias

    Se establece la obligación de expedir leyes reglamentarias de relaciones de trabajo para obreros, jornaleros, empleados domésticos, trabajadores, artesanos, etc.
  • Artículo 115 Reconocimiento de personalidad jurídica a los Municipios

    Se mencionan a los funcionarios estatales y municipales, entendiendo que son trabajadores del Estado, al igual que los diputados.
  • Artículo 123 Comisiones Especiales

    Se crean las comisiones para establecer el salario mínimo y del reparto de utilidades
  • Artículo 3 Educación socialista

    Si bien se estableció el carácter de socialista, ya se contemplaba la preparación de los maestros, y su régimen como trabajadores del Estado.
  • Artículo 115 Ayuntamiento

    Se establece que el Ayuntamiento será la administración de los municipios, por lo que se crean nuevas relaciones de trabajadores al servicio del Estado
  • Artículo 123 Se crean los incisos A y B

    Se establece expresamente la separación entre los trabajadores de patrones privados y los trabajadores al servicio del Estado
  • Artículo 123 Prohibiciones

    Se prohíbe el trabajo de menores de 14 años, las labores peligrosas para las mujeres, se establece que habrá un salario mínimo para trabajadores del campo
  • Artículo 123 Habitaciones salubres

    Es obligación de las empresas agrícolas, industrial, minera o de cualquier otra clase de trabajo, estará obligada a proporcionar habitaciones cómodas e higiénicas
  • Artículo 123 Licencia de maternidad

    Se establecen los permisos para las mujeres embarazadas, de los apartados, A y B
  • Artículo 3 Autonomía universitaria

    Se reconoce la autonomía universitaria e implícitamente la gestión de sus trabajadores. Además, se estipula que se regirán estas relaciones laborales especiales conforme al artículo 123 y a la Ley Federal del Trabajo.
  • Artículo 123 Régimen especial de banca y crédito

    Se establece que las relaciones de trabajo de los trabajadores de banca y crédito se regirán por el apartado B.
  • Artículo 115 Reconocimiento expreso de las relaciones de trabajo

    Se anexan dos fracciones donde expresamente se ordena regular las relaciones de trabajo entre los Estados y sus trabajadores, así como de los municipios, conforme al artículo 123 constitucional
  • Artículo 123 Salarios mínimos generales y profesionales

    Se crea la distinción entre ambos salarios mínimos
  • Artículo 115 Normatividad reglamentaria

    Se ordena a los Estados a emitir sus propias leyes para regular las relaciones de trabajo conforme al artículo 123 constitucional
  • Artículo 116 Funcionarios del Poder Judicial

    Se detallan los procedimientos y requisitos para la elección de funcionarios al servicio del Estado.
  • Artículo 123 Servicios de Banca

    Las entidades que formen parte de la Administración Pública Federal que formen parte del sistema bancario mexicano se regirán por el apartado B
  • Artículo 123 Banco Central

    Se agrega a Banxico en el apartado B para las relaciones de trabajo.
  • Artículo 116 Remuneraciones

    Se agrega el apartado de las tabulaciones desglosadas para los servidores públicos de los poderes estatales Legislativo, Ejecutivo y Judicial
  • Artículo 3 Se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa

    Se estipula que deberán emitirse las normas respectivas que regulen orgánicamente al Instituto Nacional para la
    Evaluación de la Educación como coordinador del Sistema.
  • Artículo 116 Organismos autónomos de información

    Se crean estos organismos para el acceso a la información, lo que significa crear nuevos puestos de trabajo para servidores públicos
  • Artículo 3 Se crea Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación

    Será coordinado por un organismo público descentralizado, cuyos miembros se ajustarán, en su relación laboral, a lo que dispongan las leyes orgánicas.