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Jan 1, 1521
Inicia la Colonia.
Empieza en el año de 1521, cuando cayó en poder de los españoles la antigua ciudad de México-Tenochtitlan, ytermina en 1821, año en el que se declaró la Independencia de México.
1.- leyes de indias. Creada por Los Reyes católicos. Privo la idea de que estas leyes debían de obedecerse pero no cumplirse. Trueba Urbina: “… no han logrado eliminar en nuestro tiempo gravea infracciones que hoy en día afectan al trabador”.
• Buscaba proteger a los aborígenes americanos:
• Asegurar su salario.
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Las Ordenanzas o Gremios
LAS ORDENANZAS. (Gremios)
Reglamentación rigurosa de los oficios. Organismos corporativos para organizar el trabajo, surgiendo la pequeña burguesía industrial. Maestros, artesanos, peninsulares que monopolizaban la producción de los indios. Poniendo trabas para la superación de los indígenas. No se usan nuevos sistemas de producción y eso crea una lucha entre los productores y comerciantes.
“… hombres libres amontonados en las galeras de producción, vestidos de andrajos, las puertas que son do -
Pequeña Burguesia
1800 La pequeña y mediana burguesía aspiraba un cambio hacia la propiedad privada en contra de la corona española. -
Estalla la Revolución Mexicana
1810, la revolución destruyo las esperanzas de un acuerdo pacífico.
Insurgentes abolición de la esclavitud Miguel Hidalgo y Costilla en Valladolid el 19 de octubre de 1810. Principales insurgentes:
1.- Miguel Hidalgo y Costilla.
2.- Ignacio Allende.
3.- MIguel Domínguez.
4.- Josefina Ortiz de Domínguez. -
Morelos
MORELOS POR EL AUMENTO DEL JORNAL DEL POBRE.
Miguel Hidalgo inicia un movimiento para separarse de la corona española.
José María y Morelos encausan el movimiento de revolución democrática.
Punto de la constitución: “que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia la indigencia, de tal suerte que se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje su ignorancia, la rapiñ -
Instalación del Congreso Constituyente
- la jornada de trabajo había aumentado a 18 horas, dos que la colonia, los salarios bajaron de 4 a 3 y medio reales. Las mujeres y niños un real diario. 44800 mineros de jornadas de 24 o más horas consecutivas. En las 7 fábricas textiles laboraban 2800 trabajadores. Existían las tiendas de raya con precio de venta a doble o tripe.
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Constitución de 1824
CONSTITUCIÓN DE 1824. Adopta un sistema republicano y federal.
Expresa las condiciones difíciles y dramáticas en que fue alumbrada la nación mexicana.
Dos tesis.
1.- Lucas Alamán: Empresas con la intervención del Estado.
2.- José María Luis Mora: Concurrencia libre en la iniciativa privada y el interés individual.
No se toca el problema social. -
Estatuto de Commonfort
El gobierno se integra por liberals moderados y radidicales. De Juan Álvarez pasa la presidencia a Commonfort. Trabajo de esclavitud y miseria. 1856 15 de mayo don Ignacio commonfort expidió el estatuto orgánico provisional de la República mexicana (legislación menor que las leyes de indias) con carácter civilista. -
La Constitución de 1857
El Congreso constituyyente, dominado por los liberales, promulga una nueva cosntitución, que establece un régimen republicano, representativo y federal. Consigna las garantías individuales y el juicio de amparo. • Revolución de Ayutla busco el derrocamiento de Santa Anna.
• Reconocer los derechos fundamentales del hombre.
• Se convoca a un Congreso Constituyente en México 1856 – 57.
• La constitución que surge es de sentido liberalita e individual. Artículos 4 y 5. Libertad de profesión, i -
El Imperio de Maxililiano (1864 - 1867)
“se prohíben los trabajos gratuitos y forzosos”
“no se pueden obligar a los trabajadores a prestar servicios indefinidamente”.
Ley del Trabajo del Imperio. 01 de noviembre de 1865. Consigna la
• Libertad de los campesinos.
• Descanso semanal,
• Pago en efectivo.
• Reglamentación deudas campesinos,
• Libre acceso a los comerciantes a los centros de trabajo.
• Supresión de cárceles privadas y castigos corporales.
• Escuelas en las haciendas,
• Sanciones por violación de las nor -
Código Civil del D.F. y de Baja California.1870.
Trata de dignificar el trabajo:
La prestación de servicios no se equipara al contrato de arrendamiento, el hombre no es igual a una cosa.
En un solo título se agruparon las figuras del:
• Mandato.
• Ejercicio de las profesiones.
• El contrato de servicios -
Estado de México
Estado de México, José Vicente Villada. 30 abril de 1904 Ley. Se establece obligación de prestar la atención médica requerida y pagar el salario a los trabajadores hasta por 3 meses en caso de accidentes por riesgo del trabajo. -
Cananea Huelga
Huelga de Cananea de 1906. Se exige mejores salarios, suprimir privilegios a trabajadores norteamericanos. Fue aplastada con ayuda de E.U.A. -
Ricardo Flores Magón
1906 publicación de Manifiesto y programa del Partido Liberal, presidido por Ricardo Flores Magón. Se analiza situación del país y de los campesinos y obreros:
• Mayoría de trabajadores mexicanos.
• Igualdad de salario a nacionales y extranjeros.
• Prohibición de trabajo de los menores de 14 años.
• Jornada laboral máxima de 8 hrs.
• Descanso semanal obligatorio.
• Fijación del salario mínimo.
• Reglamentación del trabajo a destajo.
• Pago de salario en efectivo.
• etcétera. -
Nuevo León
Nuevo León 09 noviembre de 1906. Define el único riesgo de trabajo: aquel que ocurre a los empleados y operarios en el desempeño de su trabajo o en ocasión de él. Fija indemnizaciones que alcanzaban incapacidad permanente 2 años de salario. -
"Plan de San Luis Potosí"
5 octubre 1910 Francisco I. Madero expide el “Plan de San Luis Potosí” lucha por el principio de la no reelección. La traición a los ideales de los campesinos crea la rebelión de Emiliano Zapata. Traición de Victoriano Huerta. -
"Plan de Guadalupe"
“Plan de Guadalupe” sintetiza los ideales del pueblo, formando “El ejército Constitucionalista”. De aquí se parte para el movimiento de la formación de la constitución de 1917 consagrando los derechos sociales de los trabajadores. -
Venustiano Carranza
Reforma del Plan de Guadalupe: Hermosillo 24 septiembre de 1913, Carranza dijo: “terminada la lucha armada a que convoca el “Plan de Guadalupe”, tendrá que principiar formidable y majestuosamente la lucha social, la lucha d
• Leyes agrarias para formar de la pequeña propiedad.
• Disolución de latifundios.
• Restituir a los pueblos las tierras.
• Legislación para el trabajo rural.
• para el obrero.
• Del minero.
• De las clases proletariados.
• Revisión códigos civil, penal y comercio. -
Aguascalientes
Aguascalientes: reducción de la jornada a ocho horas, se implanto el descanso semanal, se prohibió la reducción de salarios 23 agosto de 1914. -
Aguascalientes
San Luis Potosí 15 septiembre 1914. Salarios mínimos. -
Veracruz
Manuel Pérez Romero. Descanso semanal, Ley del trabajo del Estado:
• Jornada máxima de nueve horas.
• Descanso semanal.
• Salario mínimo.
• Riesgo profesional.
• Primarias pagadas por los empresarios.
• Inspección del trabajo.
• Organización de la justicia obrera.
• Organización de tribunales del trabajo, o juntas de administración civil. -
Primera Ley del Trabajo de la Revolución Constitucional
7 octubre de 1914. Decreto llamado “Primera ley del Trabajo de la Revolución Constitucional” Aguirre Berlanga. Superada por el decreto 28 diciembre 1915 por reglamentar:
La jornada de trabajo de 9 hrs.
Prohibición de trabajo de los menores de 9 años,
Salario mínimo campo y ciudad.
Protección del salario.
Aceptación teoría del riesgo profesional.
Creación juntas de conciliación y arbitraje -
Leyes: "Las Cinco Hermanas".
Yucatán. Salvador Alvarado: leyes: “Las cinco hermanas”, “La Ley agraria de hacienda del catastro”, del municipio libre y del Trabajo, esta última reconoce:
• El derecho del trabajo, tiene como fin dar satisfacción a los derechos de una clase social.
• El trabajo no es una mercancía.
• El conjunto de normas de la ley sirve para hacer más fácil la acción en su lucha contra los patrones.
• Dichas principios debían desarrollarse en los contratos colectivos y en los laudos del tribunal arbitral. -
"Cinco Hermanas"__2
• Las asociaciones.
• Contratos colectivos.
• Huelgas.
• Derecho individual del trabajo.
• Jornada máxima de trabajo.
• Descanso semanal.
• Salario mínimo.
• Defensa de las retribuciones.
• Trabajo de mujeres y menores.
• Higiene y seguridad en los centros de trabajo.
• Previsiones sobre riesgos de trabajo.
• Creación de las juntas de conciliación y el Tribunal de Arbitraje. -
D.F.
D.F. Un proyecto de ley del contrato del trabajo. Abril de 1915, que regula los contratos individuales y colectivos del trabajo o contratos normativos. -
Primera Ley de Asociaciones Profesionales
Veracruz 06 octubre 1915, Agustín Millán promulgó la primera Ley de asociaciones Profesionales de la República. -
Coahuila
Coahuila. 1916 el gobernador Gustavo Espinoza Míreles. Septiembre una sección de trabajo en los reglamentos gubernamentales. “Ley sobre accidentes del trabajo”. Se maneja la idea y se plasma en la ley la participación en las utilidades. -
Constitución de 1917
Esta constitución planteaba disposiciones laborales decepcionantes por parte del poder ejecutivo federal. Pero al ser revisada por el congreso se genero las modificaciones que darían paso al artículo 123.
La legislación de Veracruz y Yucatán presentaron dos iniciativas al artículo 5. Jornada máxima de 8 horas. Prohibición trabajo nocturno para mujeres y niños, descanso semanal. Plasmo en las siguientes líneas la discusión planteada por el diputado veracruzano. -
Constitución de 1917 Segunda Parte
“… La jornada máxima de ocho horas no es sencillamente un aditamento para significar que es bueno que solo se trabaje ese número de horas, es para garantizar la libertad de los individuos, es precisamente para garantizar su vida, es para garantizar sus energías, porque hasta ahora los obreros mexicanos no han sido más que carne de explotación. Dejémosle en libertad para que trabaje en así ampliamente, dejémosle en libertad para que trabaje en la forma que lo conciba". -
Título sexto de la Constitución 1917, del Trabajo y la Previsión Social
ARTÍCULO 123.
El Congreso de la Unión y las Legislaturas de los Estado deberán expedir leyes sobre el trabajo, fundadas en las necesidades de cada región, sin contravenir a las bases siguientes, las cuales regirán el trabajo de los obreros, jornaleros, empleados, domésticos y artesanos, y de una manera general todo contrato de trabajo.
Fracción: I.- La duración de la jornada máxima será de ocho horas. -
Puebla Huelga
Huelga de Puebla, por imposición de un reglamento de fábrica indigno. Los patrones decretaron un paro general apoyado por Don Porfirio Díaz. Solo se prohibió el trajo de los menores de 7 años.