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Los antecedentes del Derecho Civil

  • Period: 753 BCE to 510 BCE

    monarquia

    Fuentes formales del Derecho: la costumbre y las leyyes reales
  • 700 BCE

    “ius” y “civile”

    “ius” y “civile”
    En la antigua roma nacen las voces , “ius”; “civile” las cuales tenian diferentes significados “ius” era la palabra con la que los romanos designaban al derecho y "civile" a quella voz con la que se hacia referencia a los ciudadanos romanos tambien llamdos " Ius quiritio"
  • Period: 700 BCE to

    Los antecedentes del Derecho Civil

  • Period: 510 BCE to 27

    REPUBLICA

    Fuentes formales del Derecho: ley de las XII tablas
  • 464 BCE

    LAS XII TABLAS

    LAS XII TABLAS
    Las XII tablas son el cuerpo normativo màs conocido y probablemente el màs importante, del Derecho de la antigua roma, las tablas estan constituidas de la sigiente manera:
    tablas I,IIy III: Derecho procesal privado
    tablas IV y V: Derecho de la familia y sucesiones
    tablas VI y VII: Derecho de obligaciones y derechos reales
    tablas VIII y IXI: Derecho penal de la epoca
    tablas X : Normas sobre enterramentos, incineraciones y funerales

    tablas XI y XII:Prohibiciòn de contraer matrimonios mixtos
  • Period: 284 BCE to 1453

    IMPERIO ABSOLUTO

    Fuentes formales del derecho: enfoca solo las consstituciones imperiales
  • Period: 200 BCE to 324

    EL DERECHO PRIVADO SE CONVIERTE A DERECHO CIVIL

    Esto sucedió en la romanización del imperio por la concesión de la ciudadanía a sus habitantes, la codificación de Justiniano y la aceptación de la personalidad de la iglesia romana
  • Period: 27 BCE to 1453

    IMPERIO

  • Period: 27 BCE to 284

    PRINCIPADO O DIARQUÌA

  • 25 BCE

    PRINCIPADO O DIARQUÌA

    se conforman clases de constituciones imperiales: edicta, mandata decreta y rescripta
    en cuanto a las de la República siguen siendo las mismas solo se agregaron las constituciones imperiales
  • 100

    ROMANIZACION DEL IMPERIO

    ROMANIZACION DEL IMPERIO
    Por conseciòn de los habitantes y esto dio a que se con este suceso se consideraron aspectos civiles que estaban en contra del "Ius Canonici".
  • 100

    ROMANIZACION DEL IMPERIO

    ROMANIZACION DEL IMPERIO
    En este suceso se consideraron aspectos civiles que estaban en contra del "Ius Canonici".
  • 130

    JURISTA ROMANO GAYO

    JURISTA ROMANO GAYO
    jurista Romano, profesor de Derecho y escritor de diferentes obras, una de las màs famosas titulada "INSTITUTAS" dividida en cuatro libros al igual que los autores comentan que Gayo no estaba muy al tanto de la evolucion doctrinal de su època.
    su fallecimiento y muere despues de el año 178
  • 170

    JURISCONSULTOR ULPIANO

    JURISCONSULTOR ULPIANO
    Juriconsulto romano considerado uno de los màs grandes de la historia.
    sus obras abarcaròn todas las ramas del derecho se le atribuyò la autoria de 287 libros lo que convierte en el jurista màs profilico de su epoca. Entre sus obras destacaron Libri LXXXI ad edictum praetoris y Libri II ad edictum aedilium curulium y muero en roma en el año 228
  • Period: 284 to 1453

    IMPERIO ABSOLUTO

  • 324

    ACEPTACION DE LA IGLESIA

    ACEPTACION DE LA IGLESIA
    Roma consediò la personalidad jurìdica a la iglesia romana mediante lineamientos del derecho civil.
  • 426

    LEY DE CITAS

    LEY DE CITAS
    Esta ley es una norma que regulaba la recitatio de las obras de los juristas romanos ante los tribunales.
    Establecía que exclusivamente podían citarse las obras de Gayo, Papiniano, Paulo, Ulpiano y Modestino.
  • Period: 476 to 1492

    EDAD MEDIA

  • Period: 1001 to 1200

    SURGIMIENTO DE NUEVAS FORMAS DE REGULACION JURIDICA

    En base en el Corpus Iuris Civilis se desarrolló un "derecho gremial" para el intercambio de bienes y servicios, que dio lugar al derecho mercantil; un "Ius Canonici" en todo lo relativo al derecho familiar y un "sistema de propiedad de la tierra" con base en los fueros feudales.
  • 1300

    RENACIMIENTO

    RENACIMIENTO
    En esta etapa, el pensamiento humano evoluciona de tal manera que se dejo de lado el "oscuro" pasado de la Edad Media para volver al clasismo, cultural, politico y literario de las gloriosas èpocas de Roma y Grecia.
    En el campo del Derecho, se atendio a sustituir el abstracto mètodo dialectico de los juristas medievales por una interpretacion fiologica e historica de las fuentes del Derecho Romano por lo que los teoricos renacentistas recusaron pero no anularon la preservacion de la libertad
  • 1469

    Nicolas Maquiavelo

    Nicolas Maquiavelo
    su actividad dipolamatica desempeño, un papel desicivo en la formaciòn de su pensamiento politico, su principal objetivo politico fue preservar la soberania de Florencia, depues Maquiavelo cayò en desgracia fue acusado de traicion, encarcelado y torturado despues de estar en libertad, construyo una de sus obras mas conocidas el principe
  • Period: 1492 to

    EDAD MODERNA

  • 1521

    SISTEMA JURIDICO MEXICANO

    SISTEMA JURIDICO MEXICANO
    Este sistema se origina en la cultura europea, este sistema lo trajeron los españoles, esta influencia cultural se remota al sistema jurídico romano-canónico, en las leyes españolas y en las disposiciones canónicas de la iglesia romana: posteriormente se basó en el sistema del Código frances (el codigo napoleonico ), que se extendió por la Europa continental de culturas latinas, como España y sus colonias en América
  • Period: 1523 to

    EPOCA COLONIAL EN MÈXICO

    Durante esta época se aplicaron a colonias españolas leyes como: "Recopilaciòn de las Leyes de Indias" y la "Real Ordenanza de Intendentes",
  • Corpus Iuris Civilis

    Corpus Iuris Civilis
    El Corpus iuris civilis (Cuerpo de Derecho civil, en latín) es la más importante recopilación de derecho romano de la historia.es una recopilación de constituciones imperiales y jurisprudencia romanas. Se dividió en doce libros repartidos por títulos en los cuales están colocadas las constituciones según la materia a que pertenecen y puestas por el orden cronológico.
  • REVOLUCION FRANCESA

    REVOLUCION FRANCESA
    fue un conflicto social y político, con diversos periodos de violencia, que convulsionó Francia y, por extensión de sus implicaciones, a otras naciones de Europa que enfrentaban a partidarios y opositores del sistema conocido como el Antiguo Régimen.
  • Period: to

    EDAD CONTEMPORANEA

  • CÒDIGO FRANCES

    CÒDIGO FRANCES
    El Còdigo civil de 1814, tambien conocido como el Còdigo de los franceses y posteriormente como, el Còdigo de Napoleon, este codigo es herencia del Derecho justinaneo.
    esta nueva estructura se conformaba por dos ejes: el primero tenìa por base el Derecho franco-germano, y el segundo lugar la tradiciòn ramanista basada en el corpus Iuris civilies.
  • SISTEMA ROMANO-GERMANICO

    Es en un derivado de aquel sistema apliacado en Europa continental, basado principalmente en la ley esccrita y la doctrina como fuentes del derecho .
  • Period: to

    EPOCA INDEPENDIENTE EN MÈXICO

    el triunfo liberal, con las Leyes de Reforma y la expedición de los códigos civiles y demás ordenamientos legales, que poco a poco, han estructurado el sistema jurídico mexicano.
  • CODIGO CIVIL DE OAXACA

    Aparece el primer Código Civil mexicano, creado dentro del sistema federal, se promulgó entre 1827 y 1829. El título preliminar y el libro primero fueron promulgados por decreto núm. 29 del 2 de noviembre de 1827 expedido por el gobernador José Ignacio Morales, dividido en 13 títulos y 389 artículos.
  • LEYES DE REFORMA EN MEXICO

    LEYES DE REFORMA EN MEXICO
    se remontan a cuando Sebastián Lerdo de Tejada incorporó las Leyes de Reforma a la Constitución de 1857.
    Las Leyes de Reforma fueron: La Ley Juárez (23 de noviembre de 1855), Ley Lerdo (25 de junio de 1856), Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos (12 de junio de 1859), Ley del Matrimonio Civil (23 de julio de 1859), Ley de Creación del Registro Civil (28 de agosto) y la Ley Sobre la Libertad de Cultos (4 de diciembre de 1860).
  • LEY DE LA NACIONALIZACION DE LOS BIENES DEL CLERO

    Estas medidas ponen en relieve que el problema de la propiedad privada en mèxico
  • PRIMERA ETAPA DEL REALISMO JURIDICO

    PRIMERA ETAPA  DEL REALISMO JURIDICO
    Se sugiere que los estudios históricos deben iluminar el realismo jurídico como parte de un cambio intelectual a largo plazo del pensamiento social. Además, en lugar de retratar el realismo jurídico casi exclusivamente como una crítica del formalismo jurídico y el conceptualismo, los historiadores intelectuales deben discutir el realismo jurídico como un antídoto intelectual contra las diversas corrientes intelectuales autoritarias y totalitarias
  • CODIGO CIVIL EN MEXICO

    El Código Civil de México, FUE oficialmente el Código Civil Federal, es el cuerpo legal que regula sustancialmente las materias jurídicas civiles a nivel federal en México. El texto actual que se mantiene vigente fue publicado en el Diario Oficial de la Federación en 1928, durante la administración del presidente Plutarco Elías Calles, entrando en vigor el 1 de octubre de 1932. Su última reforma fue el 19 de enero del 2018.
  • CODIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL

    En el 2000 la ALDF expide un decreto que deroga, reforma y adiciona al Código civil de 1928. Con este decreto se da la separación del Código de 1928, que anteriormente se aplicaba para el Distrito Federal en materia común y para toda la república en materia federal. El Congreso de la Unión decidió, a su vez, dejar la subsistencia del Código de 1928 para la materia federal, dándose de esta forma el Código Civil Federal.