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Mar 2, 1000
Edad Antigua
De la edad antigua, Roma reviste la mayor importancia para la materia laboral. Aquí se encuentran (en forma superficial y abstracta), disposiciones que regulan la prestación del trabajo. Al trabajo se le encuadró dentro del derecho civil, bajo las figuras de arrendamiento y de la compraventa. ; su objeto eran los esclavos, las bestias y demás implementos de trabajos. -
Sep 3, 1001
Edad antigua
Ante el aumento de la población y al no poderse allegar de más esclavos, los hombres libres se vieron en la necesidad de ofrecer sus servicios en arrendamiento. Así surgieron nuevas instituciones contractuales: locatio conductio operis y locatio conductio operarum. La primera era realización de una determinada obra, y la segunda la prestación de un servicio. -
Mar 23, 1440
Edad Media
Las corporaciones de oficios nacen, el siervo y el artesano rompen con el señor feudal yy se refugian en las ciudades, en donde pasan, al dedicarse a una determinada actividad, a engrosar las filas de los gremios que, con el tiempo, se erigen en verdaderas empresas monopolistas, -
Jul 23, 1542
Las ordenanzas
Parte integrante del régimen fue la reglamentación rigurosa de los oficios, por medio de las ordenazas de los gremios, sistema corporativo de la organización del trabajo.
En la colonia existieron los gremios, regulados por las Ordenazas y fueron instituciones que controlaban mejor las actividades de los hombres, bajo el marco de un gobierno absolutista. La organización gremial era un instrumento por el cual se disminuía la producción, en beneficio de los comerciantes de España. -
Leyes de Indias
Buscaban proteger a los aborígenes americanos. Aseguraban a los indios la percepción efectiva de su salario, jornada de trabajo, salario mínimo, prohibición de las tiendas de raya, etc. Son posiblemente, los ordenamientos más importantes de los Reyes Católicos. -
Culminación de los gremios
El proceso de los gremios culminó con el Edicto de Turgot, que fue una simple constancia de un hecho consumado. -
Época moderna
Con las declaraciones francesas y mexicana, se elevó la doctrina liberal a la categoría de derechos universales del individuo. Esta corriente pugnaba porque se dejara al hombre el campo totalmente libre, sin trabas ni sujeciones, en el desempeño de sus actividades, porque el hombre es, a decir de sus pensadores, un ser por naturaleza libre; quedaba a cargo del Estado, como facultad exclusiva, garantizar el ejercicio de aquella libertad; el papel del Estado-policía. -
Ley Chapellier
Fue la primer ley como instrumento legal de la burguesía e el poder para detener el nacimiento de la fuerza organizada del proletariado. -
Época contemporánea
El derecho del trabajo nace en el siglo XX a causa de la profunda división que entre los hombres produjo el sistema económico liberal, agrupándolos esencialmente en dos sectores irreconciliables entre sí. -
Creación de la propiedad privada
Antes de inciarse la revolución de independencia en México en 1810, la pequeña y mediana burguesía industrial feudal, aspiraba a lograr un cambio que le asegurase el establecimiento de la propiedad privada, frente al monopolio de la propiedad territorial detentada por la Corona Española. -
Abolición de la esclavitud
El primer acto trascendental de los insurgentes, fue la abolición de la esclavitud decretada por don Miguel Hidalgo y Costilla en Valladolid, el día 19 de octubre de 1810, por medio de un bando que cumplimenta el intendente de la provincia, don José María Anzorena. -
Desaparición de los gremios
Desaparecieron los gremios por declaración de la Ley de 8 de junio de 1813, que autorizó a todos los hombres avecindados en las ciudades del reino, a establecer libremente las fábricas y oficios que estimaran convenientes, sin necesidad de licencia o de ingreso de un gremio.
En el Decreto Constitucional de Apatzingán se estableció en el artículo 38 que: "Ningún género de cultura, industria o comercio, puede ser prohibido a los ciudadanos, excepto los que formen la subsistencia pública". -
Justicia Social
José María Morelos encauzó hacia la verdadera liberación de México, una revolución democrática. Sentó bases fundamentales para estructurar al naciente Estado mexicano con 23 puntos para la constitución. Su concepción de la justicia social la plasma en el punto 12 de este modo:
"12° Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, que se aumente el jornal del pobre." -
Crisis
Por lo que se refiere a crisis en 1815, se produce la primera; miles de trabajadores son arrojados a la calle ante el temor de manufactureros ingleses que vieron repletos sus almacenes de mercancías. En 1818 se produce la segunda crisis, y en 1825 la tercera, que provoca la quiebra de setenta bancos provinciales, Los efectos de estos fenómenos cada vez so mas graves y abarcan mayores extensiones. -
La constitución de 1824
La independencia política en nada mejoró las condiciones de vida y trabajo de campesinos y obreros. La constitución dejó intocado el problema social. En 1823, la jornada de trabajo había aumentado a 18 horas y los salarios habían sido rebajados a tres reales y medio, de cuatro reales que eran para el mismo periodo; las mujeres obreras y niños percibían un real diario en la industria textil. -
Pensadores Socialistas
Gran influencia tienen los pensadores socialistas que, en los alemanes Carlos Marx y Federico Engels, tienen a sus más genuinos representantes. La corriente que logró mayor trascendencia fue la doctrina de Marx y de Engels, que marcó una nueva etapa en la lucha de los trabajadores por su reivindicación; es la esencia de uno de los sistemas sociales que movieron a la humanidad. -
El estatuto orgánico de Comonfort
Don Ignacio Comonfort expidió el Estatuto Orgánico Provisional de la República Mexicana. Pero a decir verdad aquello resultó una legislación todavía menor que las Leyes de Indias y de un carácter meramente civilista. -
Constitución de 1857
La Revolución de Ayutla persiguió como objetivo fundamental, derrocar a la dictadura de Santa Anna, con la finalidad de obtener el reconocimiento de los derechos fundamentales del hombre. Una vez que fue depuesto Sana Anna, se convocó a un Congreso Constituyente que dio por resultado la Constitución de 1857. Tuvo importantes disposiciones relativas al trabajo; los artículos 4° y 5° consignaron las libertades de profesión, industria y trabajo, y que nadie puede ser obligado a prestar trabajo. -
Ley del Trabajo del Imperio
Maximiliano de Habsburgo expidió una ley a la que se le ha llamado Ley del Trabajo del Imperio, que consignó la libertad de los campesinos de separarse en cualquier tiempo de la finca a la que prestaran sus servicios; una jornada de trabajo de sol a sol con dos horas intermedias de reposo; descanso semanal; pago de salarios en efectivo; supresión de castigos corporales. -
Legislación de Maximiliano de Habsburgo
Maximiliano de Habsburgo elaboró una legislación social tendiente al desarrollo de la Nación, pero no sobre la base de explotación del hombre, sino buscando proteger a campesinos y trabajadores. -
Código Civil de 1870
El Código Civil de 1870 trató de dignificar el trabajo al establecer que la prestación de servicios no era equiparable al contrato de arrendamiento, pues el hombre no es igual a una cosa. En un solo título aplicable a todas las actividades del hombre se agruparon las fiiguras del mandato, el ejercicio de las profesiones y el contrato de servicios. A pesar de ello, la situación de los trabajadores siguió igual en términos generales. -
Ley del Estado de México
El legislador del Estado de México, a proposición del gobernador José Vicente Villada, dictó una Ley el 30 de abril de 1904, en la que se establecía la obligación de prestar atención médica requerida y pagar el salario a los trabajadores, hasta por tres meses, en caso de accidentes por riesgos de trabajo. -
Influencia de Flores Magón
Ricardo Flores Magón, presidía el programa del Partido Liberal, en el cual se analizó la situación del país en esa época y las condiciones de los obreros y campesinos y se propusieron reformas de fondo a los programas políticos, agrarios y del trabajo. Contiene además, algunos principios e instituciones que fueron consagrados en la Declaración de Derechos Sociales de la Constitución de 1917: mayoría de trabajadores mexicanos;prohibición de trabajo de menores de 14 años; jornada máxima de 8 horas -
Huelga de Cananea
En la Huelga de Cananea, los trabajadores exigían la obtención de mejores salarios y la supresión de los privilegios que se otorgaban a los empleados norteamericanos por parte de la empresa. La huelga fue aplastada con lujo de violencia con intervención de tropas norteamericanas. -
Ley del Estado de Nuevo León
Se expidió en el Estado de Nuevo León, el 9 de noviembre de 1906; definió el único riesgo de trabajo que contemplaba y que era el accidente de trabajo, como "aquel que ocurre a los empleados y operarios en el desempeño de su trabajo o en ocasión de él" y fijó indemnizaciones que alcanzaban, en caso de incapacidad permanente, el importa hasta de dos años de salario. -
Huelga de Puebla
Los trabajadores de la industria tetil en Puebla, se declararon en huelga por la imposición de un reglamento de fábrica, que pasaba sobre la libertad y la dignidad de los trabajadores. Dicha huelga no tuvo buenos resultados, pues los patrones de la industria decretaron un paro general y entonces el Presidente Porfirio Díaz, lo que hizo fue apoyar a los empresarios y sólo accedió a prohibir el trabajo de los menores de 7 años. -
Plan de San Luis
Francisco I. Madero expidió el Plan de San Luis Potosí. Desconoce al régimen porfirista y convoca al pueblo al restablecimiento de la Constitución y a la lucha por el principio de la "No Reelección". -
Plan de Guadalupe
La legislatura de Coahuila y el gobernador Carranza, negaron legitimidad al usurpador y convocaron a las Entidades Federativas por la defensa de la Constitución. El plan de Guadalupe sintetizó los ideales del pueblo. Los hombres armados recibieron el nombre de Ejército Constitucionalista. De este movimiento nació la Constitución de 1917 con la consagración de los derechos sociales de los trabajadores. -
Lucha social de Carranza
Carranza, en su discurso de Hermosillo dijo: "Terminada la lucha armada a que se convoca el Plan de Guadalupe, tendrá que principar formidable y majestuosamente la lucha social, la lucha de clases." -
General Huerta
El general Huerta abandona el poder. -
Ley del Estado de Aguascalientes
En Aguascalientes se decretó la reducción de la jornada de trabajo a ocho horas, se implantó el descanso semanal y se prohibió la reducción de salarios. -
Ley de San Luis Potosí
En San Luis Potosí, un decreto de 15 de septiembre de 1914, fijó los salarios mínimos. En Tabasco sucedió lo mismo, además de que se redujo a ocho horas la jornada de trabajo y se cancelaron las deudas de los campesinos. -
Ley del Estado de Veracruz
En Veracruz, el 4 de octubre de 1914, Manuel Pérez Romero implantó el descanso semanal, y el 19 del mismo mes y año se expidió la Ley del Trabajo del Estado, por Cándido Aguilar, que estableció la jornada máxima de nueve horas, el descanso semanal, el salario mínimo, el riesgo profesional, las escuelas primarias sostenidas por los empresarios, la inspección del trabajo, la organización de la justicia obrera. -
Ley del Estado de Jalisco
En Jalisco, el gobernador Manuel M. Diéguez, expidió un decreto sobre la jornada de trabajo, descanso semanal obligatorio y vacaciones. -
Decretos y adiciones al Plan de Guadalupe
Venustiano Carranza, da el Decreto de Adiciones y Reformas del Plan de Guadalupe, en el que ofrece: "Leyes agrarias que favorezcan la formación de la pequeña propiedad, disuelvan los latifundios y restituyan a los pueblos las tierras de que fueron injustamente despojados." -
Proyecto Ley del Contrato de Trabajo
En la capital de la República existió un proyecto de Ley del contrato de trabajo, en abril de 1915, para regular los contratos individuales y colectivos de trabajo; a éstos últimos se les concibió como contratos normativos. -
Asociaciones Profesionales
Agustín Millán promulgó la primera Ley de asociaciones profesionales de la República. -
Accidentes del Trabajo
En Coahuila, en 1916, el gobernador Gustavo Espinoza Mireles, expidió un decreto en el mes de septiembre, por el cual se creó, dentro de los departamentos gubernamentales, una sección de trabajo, y al mes siguiente expidió una Ley sobre accidentes de trabajo. -
Ley de las "Cinco Hermanas"
En Yucatán, Salvador Alvarado expidió las leyes llamadas "Las Cinco Hermanas". Reconoció y estableció algunos de los principios básicos, que posteriormente integrarían el artículo 123 constitucional, como son: el derecho del trabajo tiene como fin dar satisfacción a los derechos de una clase social; el trabajo no es una mercancía; el conjunto de normas de la ley sirven para hacer más fácil la acción de los trabajadores organizados en su lucha contra los patrones. -
Artículo 123
Victoria se encuentra la idea del artículo 123, o sea, que la Constitución debía señalar las bases fundamentales para que las legislaturas de los Estados expidieran las leyes del trabajo, para que de este modo, los derechos de los trabajadores no pasaran inadvertidos.
Von Versen dijo que la clase obrera debía tener todo tipo de garantías y tener asegurado su porvenir. Froylán C. Manjarrez, mencionó la conveniencia de retirar del artículo 5° todas las cuestiones obreras. -
Artículo 123
Froylán también propuso que se dedicara un capítulo especial dentro de la Constitución a las cuestiones obreras. José Natividad Macías apoyó la idea de consagrar un título de la Constitución a la materia laboral y presentó un proyecto del mismo, que contenía lo que en su concepción debían de constituir las bases del derecho del trabajo. -
La Constitución de 1917 y el Artículo 123
En diciembre de 1916 las diputaciones de Veracruz y Yucatán presentaron dos iniciativas de reforma al artículo 5° con normas concretas a favor de los trabajadores. Hector Victoria fincó las bases de lo que posteriormente fue el artículo 123 constitucional. Propuso: descanso semanario, jornada máxima, salario mínimo, higienización de talleres, fábricas, minas, creación de tribunales de conciliación, seguros e indemnizaciones, etc. -
Aprobación
Después del debate, José Natividad Macías, Pastor Rouaix, Lugo y De los Ríos formaron la comisión redactora del proyecto de nuevo título sobre el trabajo, que fue elaborado tomando como base el proyecto de Macías.
La comisión no hizo modificaciones de fondo y fue así como el 23 de enero de 1917 el artículo 123 fue aprobado por unanimidad de 163 votos de los diputados presentes.