Los Antecedentes del Derecho Civil

  • 700 BCE

    Etapa Romana

    Etapa Romana
    Tiene como punto de partida la fundación del Estado Romano (753 a.C.), culminando con la compilación de Justiniano (534 d.C.). La característica más relevante reside en la Constitución y Evolución del Derecho civil, como una forma de ordenamiento ciudadano.
  • 700 BCE

    Documentos

    Documentos
    Las primeras manifestaciones del derecho civil se encontraron a través de "La Ley de la XII tablas" redactadas por los decenviros, "Corpus Iuris Civilis" cuerpo integrado por un código, un digesto ordenamiento, instituciones y la novela o constituciones, compilación dado por justiniano, y por último " instituta de Gayo".
  • Period: 700 BCE to 534 BCE

    "ius" "civile" "ius quiritio"

    "Ius" es el término del derecho romano que se refiere al conjunto de reglas y normas que conforman un ordenamiento jurídico.
    "Ius Civile" fue todo aquel derecho que los romanos aplicaban solo así mismos, se aplicaba exclusivamente a los miembros de la sociedad civil romana, es decir a sus ciudadanos.
    "Ius quiritio" los ciudadanos romanos fueron conocidos en la antigua roma como "los quirites" por lo cual "ius civile" también es conocido como derecho quiritiano.
  • Period: 1500 to 1521

    Organización Jurídica en la Época prehispánica

    En el estudio Jurídico de algunas culturas se encuentran indicios del derecho civil.
    Cultura Maya; la organización familiar era estable ligada a ritos religiosos, se contemplaba matrimonio monogámico y la herencia era repartida para la descendencia masculina.
    Cultura Azteca; se manifiesta un derecho consuetudinario en donde las costumbres eran ampliamente conocidas y no necesitaban estar en un documento para hacerlas valer, se tocaban temas como: régimen de la propiedad, matrimonio y divorcio.
  • Period: 1521 to

    Llegada del derecho civil a México

    Tras la conquista de América, los españoles necesitaban justificar todos sus actos para que no fueran denominados como usurpadores, de esta forma introdujeron a México nuevas costumbres con incentivos tanto positivos como negativos. El derecho indiano desplazo las normas que ya existían en la época prehispánica, que, aunque no estaba consolidado en documentos, esté existía.
    Durante este periodo prevaleció el Derecho Español, el Derecho Indiano y el Derecho Novohispano.
  • Period: to

    Edad Media

    Durante la edad media las tradiciones del derecho romano perduraron durante algún tiempo. En Dinamarca, la codificación se produjo en 1683, en Noruega en 1687, en Suecia-Finlandia en 1734 y en Prusia en 1794. Las codificaciones napoleónicas de la gran novedad se lograron gracias a las codificaciones napoleónicas del derecho privado y penal de Francia, especialmente su pieza central, el código civil de 1804 que llegó a ser conocido como el Código napoleónico.
  • Primera Codificación del mundo: Código Civil de los franceses

    Primera Codificación del mundo: Código Civil de los franceses
    Francia desarrollo normas tendientes a equilibrar la convivencia social tomando en cuenta el derecho romano, el primer código y más importante fue el "Código civil" de 1804, también conocido como "El Código de Napoleón", gracias a Napoleón Bonaparte quien gobernaba en ese entonces. Posteriormente se crearon más códigos como el "Código de procedimientos civiles" en 1806, "Código de comercio" en 1807, "Código de instrucción criminal" en 1808 y por último el "Código penal" en 1810
  • Código Civil Frances

    Código Civil Frances
    El Codigo Civil Frances fue divido en un "Titulo Preliminar" y 3 libros; "Libro Primero: de las personas y de la familia", "Libro Segundo: Bienes, cosas, propiedad y servidumbre", "Libro tercero: modos de adquirir la propiedad".
    Mismos que fueron elaborados con un lenguaje claro y preciso con la finalidad de que cualquier ciudadano pudiera entenderlo y conocer sus derechos y obligaciones legales.
  • Period: to

    El Derecho Civil tras la Independencia de Mexico

    Gracias al cura Miguel Hidalgo, México logro independizarse de la corona española, después del movimiento liberal, la actividad legislativa se centró en el derecho constitucional y administrativo.
    repecto al derecho civil se modificó ante la igualdad de los habitantes, la abolición de la esclavitud, de fueros y de privilegios con forme a la propia declaración de independencia.
  • Decreto después de la independencia

    Decreto después de la independencia
    Después del movimiento de independencia en 1814 se aprobó el decreto constitucional para la libertad de América latina (Constitución de Apatzingán), ya que la abolición del sistema jurídico que se utilizaba anteriormente hubiera provocado la anarquía.
  • Declaración de acta de Independencia

    Declaración de acta de Independencia
    En 1821 se proclama el acta de independencia, donde se establecía que durante 300 años la nación mexicana no tuvo libertad propia ni libre uso de la voz, salía de la opresión en la que había vivido.
  • Primer Codigo Civil de Mexico

    Primer Codigo Civil de Mexico
    Después de la independencia México tuvo que crear su propia legislación, Benito Juárez logro separar la iglesia del estado en donde todas las cuestiones concernientes a la organización civil le correspondían a este.
    La constituciones de 1824 no plasmo la facultad para la federacion de dictar la codificacion civil, los primeros códigos en surgir fueron los codigos de Oaxaca y Zacatecas.
    El codigo Civil de Oaxaca es el primero en iberoamerica quien tomo el modelo del Codigo Civil de los franceses.
  • Codigo Civil de 1870

    Codigo Civil de 1870
    En 1870 se promulgo el Código civil para el distrito federal y el territorio de la baja california, el 1 de marzo de 1871 comenzó a regir dicho Código, posteriormente 1882 se creó una comisión para revisión del mismo, respetando en toda la esencia de este último cuerpo legislativo. Introdujo como novedad la libre testamentifacción, aboliendo así el sistema de las legítimas, que establecía el Código Civil cuya revisión llevo al cabo, redujo el número del articulado y simplifico su redacción.
  • Código Civil de 1884

    Código Civil de 1884
    El 31 de marzo de 1884 fue promulgado en México el Código Civil que inicio su vigencia el 1 de junio del mismo año para ser aplicado en el Distrito y Territorios Federales. Sirvió de modelo para que en diversos estados de la federación se promulgaran códigos civiles.
    La comisión redactora del código civil fue integrada por don Manuel Yáñez, don José María Lacunza, don Isidro Montiel y duarte, don Rafael Dondè y don Joaquín Eguía Liz. Todos ellos juristas de reconocido prestigio.
  • Period: to

    Revolución Mexicana

    La Revolución Mexicana tuvo como objetivo derrocar del poder al General Porfirio Diaz ya que gobernaba con tiranía y se apreciaba una mala distribución de la riqueza, así como la prolongación en el poder.
    El 5 de octubre de 1910 surgió el primer documento para promover el movimiento difundido por Francisco I. Madero.
    El 5 de febrero de 1917 se proclamó La constitución, dando un cambio a la ley, ya que esta tomaba en cuenta a los derechos humanos e incorpora demandas reales de la población.
  • Derecho Civil en la Revolución Mexicana

    Derecho Civil en la Revolución Mexicana
    En 1913 Venustiano Carranza desconoce al general Victoriano Huerta como presidente, proclamó el Plan de Guadalupe designándose como primer jefe del ejército mexicano,
    En 1914 crea la ley del divorcio vincular, el 9 de abril de 1917 expide la ley sobre Relaciones Familiares, donde establece la igualdad entre mujeres y hombres en el matrimonio, divorcio por mutuo consenso, regulación sobre paternidad, filiación, adopción, patria potestad, alimentos tutela, patrimonio familiar entre otros.
  • Codigo Civil de 1928

    Codigo Civil de 1928
    El código civil actual elaborado de fines de 1926 a principios de 1928; publicado entonces como proyecto y promulgado en agosto del mismo año, no entro en vigor sino el 1 de octubre de 1932, este fue elaborado por una comisión presidida por Francisco Ruiz,
    Además, incorporó nuevos temas de cortes social como el matrimonio, concubinato divorcio, adopción igualdad entre hombres y mujeres, y la igualdad entre patrón y trabajador.
  • Period: to

    Código Civil Vigente

    Los principios básicos de la nueva codificación y como novedades de indudable trascendencia, es preciso señalar la equiparación de los derechos del hombre y la mujer, a impulso del movimiento feminista mundial; la ampliación de las leyes mexicanas, sin limitación alguna a todos los que hallen en la república; la aplicación de esa leyes, con definido criterio nacionalista; la protección expresa de los desvalidos e ignorantes, en sentido socialista típico, aun ante convenios legalmente celebrados.