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Period: to
derecho laboral
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Siglos XVII - XVIII
Propiedad priv. como principio fundamental: El fin principal, conservar la propiedad.// Atacar la propiedad es atacar la libertad y alterar la libertad es alterar la propiedad -
Declaración de los derechos del hombre en Francia
Los derechos fundamentales de cada hombre son: Libertad, Igualdad, Propiedad -
Ley de Chapelier
La más cruel expresión del propósito de la burguesía de explotar al hombre. D" Allarde condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente, suprimió los beneficios de corporaciones. Prohibió todas las instituciones del deracho colectivo y la asociación nacional. la huelga era acto delictivo. -
La edad heroica del movimiento obrero: siglo XIX
Reconocimiento Constitucional de los derechos colectivos del trabajo, se dieron tres momentos:
* La edad heroica
* La era de la tolerancia
* El reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria -
Las corporaciones
Las 2 clases vieron con alegria la desaparición de las corporaciones: * La burguesía, porque les daba libertad de manufactura y comercio.
* Los trabajadores porque rompía las cadenas tendidas por los maestros.
C. Marx en su Manifiesto Comunista nos dice que: "la lucha de las clases es la ley fundamental de la historia.
Los códigos penal y civil rompieron el principio de igualdad de los hombres ante la ley. -
La edad heroica
Sucesos importantes:
¨Industriales textiles de Puebla.
Muro de Berlín
Ley de Chapelier.
La lucha se inicio gracias a:
La ley inglesa de Francis Place
Publicación del manifiesto comunista
Rev. Francesa de 1848 -
La era de la tolerancia
Fue en la revolución de 1848, que los obreros lograron que la comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical)
La huelga y asociación profesional quedaron toleradas, sin embargo no constituían derechos de los trabajadores. -
Individualismo y liberalismo en la historia de México
Constitución de 1857, Ponciano Arriaga, en el discurso de presentación se inclinó por la doctrina de los derechos naturales del hombre.
*Libertad de trabajo
*Nadie puede ser obligado a prestar trabajos sin su consentimiento.
A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito -
Declaración de los derechos sociales
Derecho colectivo del trabajo:
La ley de Agustín Millán (6 de oct. de 1915) la primera que reconoció el Estado de Veracruz la legitimidad de las asociaciones obreras.
La facultad de asociarse está reconocida como un derecho natural del hombre.
Todos los paises civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia
Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patrones no acceden a las huelgas -
Reconocimiento de las instituciones
Constituyó básicamente el logro de :
* Las luchas del movimiento obrero.
* La fuerza del pensamiento socialista
* Concepción de una vida laboral -
Ley de 1970
Ley federal del trabajo:
Los caracteres de la declaración, norma suprema de nuestro país, se transmiten a todas las disposiciones que emanen de ella.
Art. 56 dice: "las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en este ley