Derecho laboral 800x411 1

Derecho del trabajo en el tiempo

  • 20,000 BCE

    PERIODO PALEOLÍTICO

    PERIODO PALEOLÍTICO
    El Paleolítico se define como la Edad Antigua de la Piedra y abarca el tiempo comprendido entre el inicio de la vida humana y el final de la era glaciar en la Tierra.
    Las personas eran nómadas y empezaron a ser uso de herramientas como madera y rocas para el trabajo.
    Recolectan frutos y cazan como medio de alimentación.
    Descubren y hacen uso el fuego
  • 6000 BCE

    PERIODO NEOLÍTICO

    PERIODO NEOLÍTICO
    Es la última etapa de la Edad de Piedra, también conocida como la etapa final de evolución cultural. La caza fue su medio de alimentación.
    Se empieza a notar la división natural de trabajo.
    Se descubre la agricultura y comienzan a domesticar animales.
    Hacen uso de la piedra como herramienta.
    Construyen megalitos
    Alfarería
    Inventan la Textilería y hacen uso de la Cerámica
  • 4000 BCE

    MESOPOTAMIA

    MESOPOTAMIA
    La Mesopotamia es considerada la cuna de la civilización por ser la región en la que se desarrollaron los primeros asentamientos humanos permanentes. Se encontraba situada en lo que hoy conocemos como Oriente Próximo, ocupando parte de Irak, Turquía y Siria, entre los ríos Tigris y Éufrates, Cultivaban cebada, trigo, hortalizas.
    Su arquitectura eran zigurats, polis
    Numeración sexagesimal.
  • 3500 BCE

    CIVILIZACIÓN EGIPCIA

    CIVILIZACIÓN EGIPCIA
    Destacaba la jerarquía social, los esclavos eran obligados a realizar trabajos forzosos, consistentes en la obligación de trabajar en grandes obras de infraestructuras, tales como el mantenimiento de los canales de irrigación o la construcción de grandes edificios monumentales, durante el período en que la crecida del río Nilo impedía los trabajos agrícolas.
    La forma del trabajo era dada por el faraón, quien repartía tierras para trabajar, las ganancias eran repartidas a las clases altas
  • 3300 BCE

    CIVILIZACIÓN DE INDIA

    CIVILIZACIÓN DE INDIA
    Existía gran variedad de trabajos, entre ellos:
    *La agricultura como principal medio de vida, logrando cultivar cebada, trigo, legumbres, sésamo, melones y dátiles, aparte del arroz en ciertas zonas específicas cerca de los ríos Ganges.
    * La ganadería, para lo cual domesticaron una gran variedad de animales de carga.
    *Arte de la hilandería, la lana y algodón.
    *Metalurgia con materiales como el cobre para la construcción de armas, además del estaño y el plomo.
  • 3000 BCE

    CÓDIGO DE MANÚ

    CÓDIGO DE MANÚ
    DERECHO HINDÚ
    La sociedad estaba divido en cinco categorías jerarquizadas esta organización esta establecida dentro del código Manú, dentro de estas, los Vaisias eran los que se dedican al comercio y agricultura, los sudras eran los esclavos y los Parias, personas dedicadas a la limpieza.
  • 2100 BCE

    CÓDIGO UR NAMMU

    CÓDIGO UR NAMMU
    DERECHO MESOPOTAMICO
    Primer código jurídico escrito que se conoce. Se basaba en un sistema jurídico que establecía jueces especializados, el testimonio bajo juramento y la facultad de los jueces de ordenar al culpable la indemnización de perjuicios.
    *Protección a viudas y huérfanos
    *Castigo al rico que explote al pobre
    *Ordalía fluvial al que sea acusado de brujería
    *Recompensa a quien entregue al esclavo fugado
    *Compensación pecuniaria a quien sea víctima de lesiones temporales
  • 1700 BCE

    CÓDIGO HAMMURABI

    CÓDIGO HAMMURABI
    DERECHO MESOPOTAMICO
    Escrito por Hammurabi,
    En sus leyes las más relevantes eran:
    *Contratos, compre-venta, donación, préstamo, depósito, hipoteca, etc.
    *Normas sobre Derecho Penal.
    *Matrimonio como contrato.
    *Divorcio.
    *Esclavitud.
    *Ley del Talión.
    *Patriarcado en la familia.
  • 1600 BCE

    CIVILIZACIÓN CHINA

    CIVILIZACIÓN CHINA
    La civilización China se dividió en las clases Shi; gente educada, Nong; personas que cultivaban y Gong; personas con talento para producir algo.
    En la cabeza el emperador con autoridad absoluta, después los señores que disputaban el dominio de las tierras, inferiormente estaban los comerciantes y artesanos, sujetos a las ordenes del emperador y por ultimo los campesinos y esclavos que trabajaban la tierra cultivando cereales como arroz y soya.
  • 1209 BCE

    CIVILIZACIÓN DE ISRAEL

    CIVILIZACIÓN DE ISRAEL
    En Israel estaban regidos por el pentatetuco los cuales son cincos libros que servían como normas para el pueblo de Israel.
    En este compilado por primera vez se estableció el derecho laboral del descanso sabático que un principio se manejaba como forma de descansar la tierra después fue tomando forma de un descanso obligatorio.
    Trabajaban la: Agricultura: El cultivo característico era el olivo, también obtuvieron legumbres y lenteja.
    Agrícola: pastoreo de ovejas,caballos y camellos.
    Cerámica.
  • 1200 BCE

    CIVILIZACIÓN GRIEGA

    CIVILIZACIÓN GRIEGA
    La civilización griega estaba compuesta por pequeñas aldeas que evolucionaron en polis (ciudades-estado). Entre las polis más importante se destacaron Atenas y Esparta. Cada una tenía su propia legislación y organización interna, hasta que surgió el sistema democrático de gobierno.
    Los trabajos se dividían en: Campesinos, Alfareros y herreros.
    * Derecho: práctico y codificado.
    *Los hombres libres eran pagados con dinero.
    *A los esclavos se les pagaba con alimento.
    *Jerarquías sociales
  • 753 BCE

    CIVILIZACIÓN ROMANA

    CIVILIZACIÓN ROMANA
    En la antigua roma se puede señalar las primeras nociones de trabajo por cuenta ajena, libre y retribuido.
    Diseñaron el contrato "locatio conductio operarum", por el cual el locador estaba obligado a obedecer al conductor, este contrato civil era utilizado en aquellos casos en los que el interés del contratante se trataba en la propia actividad del que prestaba su trabajo.
    Después se tipifica un contrato distinto el "locatio conductio operis" cuyo objeto era el aprovechamiento de tipo artesanal
  • 451 BCE

    LEY DE LAS XII TABLAS

    LEY DE LAS XII TABLAS
    Contenía normas para regular la convivencia del pueblo romano.
    *Tablas I, II, III: Derecho procesal civil: El procedimiento que regulan es el de las acciones de la ley.
    *Tablas IV, V: Derecho de familia y de sucesiones: Tutela, curatela, Divorcio, Emancipación y sucesiones.
    *Tablas VI, VII: Derechos de obligaciones y derechos reales: capital, trabajo, esclavos, animales de tiro y carga,
    *Tablas VIII, IX: Derecho Penal.
    *Tablas X: Derecho Sacro
    *Tablas XI, XII: Tablas de los injustos.
  • Period: 476 to

    EDAD MEDIA

    La Edad Media o Medievo es el período histórico de la civilización occidental comprendido entre el siglo V y el XV. Su inicio se sitúa en el año 476, el año de la caída del Imperio romano de Occidente, y su final en 1492, año en el que Colón llegó a América. Esta es la división temporal más extendida, pero también se fecha como año final de la Edad Media 1453, año que cayó el Imperio bizantino, Gutenberg inventó la imprenta y acabó la Guerra de los Cien Años.
  • 801

    FEUDALISMO

    FEUDALISMO
    Fue un sistema social, político y económico que predominó durante la Edad Media desde el siglo IX al XV.
    Existían las jerarquías sociales, inician los oficios, tala de arboles, no había oportunidad de estudiar.
    -El feudo: contrato entre dos personas: el señor feudal y el vasallo.
    En este pacto se establecían relaciones mutuas, el vasallo recibía una tierra donde habitar y protección militar a cambio de una relación de dependencia con el señor feudal, el vasallo debía pagar tributo de su cosecha
  • Period: 1492 to

    EDAD MODERNA

    Desde el descubrimiento de América hasta la Revolución Francesa
  • Oct 12, 1492

    CRISTÓBAL COLÓN LLEGA A AMÉRICA

    CRISTÓBAL COLÓN LLEGA A AMÉRICA
  • 1512

    LEYES DE BURGOS

    LEYES DE BURGOS
    Se expidieron en el siglo XVI las denominadas Leyes de Burgos, que entre otras cosas prohibieron el trabajo a menores de ocho años y de mujeres embarazadas.
    Ademas abolió la esclavitud indígena y organizó la conquista de América
  • 1521

    ENCOMIENDAS DE REPARTOS

    ENCOMIENDAS DE REPARTOS
    El Repartimiento era la asignación de indígenas como fuerza de trabajo gratuito para los encomenderos de la América española o para la corona y la encomienda Consistía en el reparto de tierras que se efectuaba entre los conquistadores y colonos españoles, entendidas como una recompensa a las personas que habían participado en batallas y conquistas de pueblos originarios, la encomienda era una institución fundamental en la primera parte de la etapa colonial, económica, social y religiosa.
  • LEYES DE LAS INDIAS

    LEYES DE LAS INDIAS
    Tuvieron el propósito de proteger al Indio de América , y a impedir la explotación.
    Regularon el contrato de trabajo sobre la base de reconocer y sancionar la libertad de trabajo de los indígenas de protegerlos, de limitar la edad de admisión en el trabajo, de obligar al trato humano a quien los ocupaba y de limitar la duración del trabajo al periodo de un año enfocado en los tratos hacia los indios: jornadas de trabajo de 8 horas, salario obligatorio y protección a mujeres embarazadas
  • PRIMERA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

    PRIMERA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL
    El tránsito del taller a la fábrica.
    En la producción de la fábrica se amontonaban decenas o centenares de obreros, esas aglomeraciones se rebelaron contra la injusticia, consecuencia del murmullo y de las conservaciones y de la contemplación de accidentes, cuya causa eran las maquinas.
    Esto trajo la unión de los hombres para luchar por condiciones mas seguras y humanas para la prestación de los servicios.
  • ORDENANZAS DE GREMIOS 1775-1813

    ORDENANZAS DE GREMIOS 1775-1813
    Las Ordenanzas y la organización gremial en Nueva España, fueron un acto de poder de un gobierno absolutista para controlar mejor la actividad de los hombres. Este ordenamiento dejó de tener vigencia aun antes de la independencia, cuando las Cortes establecieron la libertad de trabajo y de industria.
  • Period: to

    EDAD CONTEMPORÁNEA

    desde la Revolución Francesa hasta la actualidad.
  • REVOLUCIÓN FRANCESA 1789- 1799

    REVOLUCIÓN FRANCESA 1789- 1799
    Inicia con la caída de la Bastilla y finaliza con el golpe de Estado de Napoleón Bonaparte.
    Desaparecen las antiguas leyes de trabajo dejando paso al liberalismo y comunismo.
  • DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO

    DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y DEL CIUDADANO
    La finalidad de cualquier asociación política es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del Hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión. El principio de toda Soberanía reside esencialmente en la Nación.
    Reconoce la igualdad de derechos ante la ley, y establece la separación de poderes.
  • LEY CHAPELIER

    LEY CHAPELIER
    Expresaba que era ilegal que los obreros pudieran formar gremios, sindicatos y huelgas.
  • EDAD HEROÍCA 1801 - 1823

    EDAD HEROÍCA  1801 - 1823
    La edad heroica del movimiento obrero y del derecho del trabajo, una denominación para la lucha sindical. Se luchaba por el derecho del trabajo, y por las libertades sindicales de huelga, negociación y contratación colectiva. Esta lucha tuvo lugar como primer escenario a Inglaterra. Termino con el reconocimiento de las libertades de coalición y asociación sindical
  • CÓDIGO CIVIL DE NAPOLEÓN

    CÓDIGO CIVIL DE NAPOLEÓN
    Se recoge la primera reglamentación de las relaciones laborales, con algunos principios básicos: libertad de trabajo, autonomía de la voluntad e igualdad de las partes en la celebración de los contratos. Esta igualdad recogida en el código civil francés y posteriormente en el de otros países será ampliamente cuestionada -ya que la igualdad entre 'empresario' y 'trabajador'.
  • ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD, MÉXICO.

    ABOLICIÓN DE LA ESCLAVITUD, MÉXICO.
    En el año de 1810 Miguel Hidalgo promulgó, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, un decreto por el cual se abolió la esclavitud y se eliminaron los tributos que pagaban los indígenas a la Corona española, además se fincaron las bases para la repartición de tierras conforme a los ideales de José María Morelos y Pavón
  • SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN MEXICANA

    SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN MEXICANA
    Presentado por Morelos al congreso de Anáhuac, reunido en la ciudad de Chilpancingo, en el parrado doce menciona: Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que diste nuestro Congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia y de tal suerte se aumente la jornada del pobre, que mejore sus costumbres, aleje de la ignorancia, la rapiña y el hurto.
  • DECRETO CONSTITUCIONAL DE APATZINGÁN

    DECRETO CONSTITUCIONAL DE APATZINGÁN
    El Decreto Constitucional para la libertad de la América Mexicana, también conocida como Constitución de Apatzingán, fue la primera redactada en México, promulgada por el Congreso del Anáhuac, a sugerencia por José Maria Morelos y Pavón.
    En su artículo 38 "ningún género de cultura, industria o comercio puede ser prohibido a los ciudadanos, excepto los que forman la subsistencia pública".
  • LA ERA DE LA TOLERANCIA 1823-1872

    Siglo XIX, el reconocimiento de las instituciones y de los principios fundamentales del derecho del trabajo por la legislación ordinaria.
    Los trabajadores pudieron asociarse libremente, sin temor a ser perseguidos y sin que el estado pudiera estorbar su formación
  • FRANCIS PLACE

    FRANCIS PLACE
    Logro que en el año 1824 que el parlamento aprobara una ley que derogaba las prohibiciones de las leyes 1799 Y 1800. LIBERTAD PARA FORMAR SINDICATOS
  • CONSTITUCIÓN BELGA

    CONSTITUCIÓN BELGA
    En el articulo 20 menciona que "los belgas tienen el derecho de asociarse sin someterse a ninguna medida preventiva"
    Esto es un precedente de la liberta sindical.
  • GUERRA CARTISTA

    GUERRA CARTISTA
    En virtud de la carta- petición en la que solicitaban del parlamento una estructura democrática que permitiera al trabajo hablar dentro de las tribunas del gobierno.
    Movimiento que expresaba la agitación de la clase obrera, debido a los cambios derivados de la Revolución Industrial, la coyuntura económica y las leyes promulgadas por el Parlamento.
  • MANIFIESTO COMUNISTA

    MANIFIESTO COMUNISTA
    Se publicó en Londres, al que pertenece el título del documento del siglo, llamado así porque es la palabra que despertó de su sueño al proletariado, y su publicación determinó el curso de la historia. Contiene un lenguaje claro y sencillo, y se compone de numerosos principios e ideas como la explicación materialista de la historia, teoría de la revolución, visión de la sociedad socialista del futuro, y uno de los mas importantes: "Proletarios de todos los pueblos, uníos".
  • REVOLUCIÓN DE AYUTLA, MÉXICO

    REVOLUCIÓN DE AYUTLA, MÉXICO
    La segunda de las tres grandes luchas en México, para integrar su nacionalidad y conquistar su independencia y la libertad y la justicia para sus hombres, representa el triunfo del pensamiento individualista y liberal, ya que lo mas importante era poner fin a la dictadura de Santa Anna y conseguir el reconocimiento de las libertades consignadas en las Declaraciones de Derechos
  • PARTIDO OBRERO SOCIAL DEMÓCRATA

    PARTIDO OBRERO SOCIAL DEMÓCRATA
    Ferdinand Lassalle colaboró con el movimiento obrero y los sindicatos y fue uno de los fundadores de la Asociación General de Trabajadores de Alemania (ADAV, en sus siglas en alemán) en 1863.
    En 1875, durante el congreso de Gotha, la ADAV se unió con los marxistas agrupados en el Partido Social demócrata Obrero de Alemania para formar el Partido Obrero Socialista de Alemania, que luego pasó a llamarse Partido Socialdemócrata de Alemania (SPD).
  • FRANCIA, DEROGACIÓN DE NORMAS PENALES

    FRANCIA, DEROGACIÓN DE NORMAS PENALES
    Francia, esperó hasta el año 1864 la derogación de las normas penales que sancionaban la formación de los sindicatos y las huelgas.
  • DEROGACIÓN DE LEY CHAPELIER

    DEROGACIÓN DE LEY CHAPELIER
  • ESTATUTO PROVISONAL DEL IMPERIO, MÉXICO

    ESTATUTO PROVISONAL DEL IMPERIO, MÉXICO
    Maximiliano de Habsburgo expidió una legislación social que representa un esfuerzo generoso en defensa de los campesinos y de los trabajadores; en sus artículos 69 y 70 incluidos en el capítulo de "Las garantías individuales", prohibió los trabajos gratuitos y forzados, previno que nadie podía obligar sus servicios sino temporalmente y ordeno de los padres o tutores debían autorizar el trabajo de los menores.
  • LEY DEL TRABAJO DEL IMPERIO, MÉXICO

    LEY DEL TRABAJO DEL IMPERIO, MÉXICO
    Se expide la ley del trabajo del imperio, que daba libertad a los campesinos para separarse en cualquier tiempo de la finca donde prestaban sus servicios, jornada de trabajo de sol a sol con dos horas intermedias de reposo, descanso hebdomadario, pago del salario en efectivo, reglamentación de las deudas de los campesinos, libre acceso de los comerciantes a los centros de trabajo, suspensión de cárceles privadas y de castigos caporales, inspección del trabajo, etc...
  • SE PROMULGO DIE GEWERBEORDNUNG

    SE PROMULGO DIE GEWERBEORDNUNG
    Fue la primera ley reglamentaria de las relaciones de trabajo del siglo XIX
  • CÓDIGO CIVIL DE 1870, MÉXICO.

    CÓDIGO CIVIL DE 1870, MÉXICO.
    Procura dignificar el trabajo declarando que la prestación de servicios no podía ser equiparada al contrato de arrendamiento porque el hombre no es ni podía ser tratado como las cosas; el mandato, el ejercicio de las profesiones y el contrato de trabajo, formaron un solo título, aplicable en todas las actividades del hombre.
  • COMUNA DE PARÍS

    COMUNA DE PARÍS
    Por primera vez el proletariado se sublevó y fue capaz de derrocar el poder establecido, formar sus propios órganos de gobierno y reemplazar al Estado monárquico, burgués y capitalista.
  • ALEMANIA, LIBERTAD DE SINDICATOS

    ALEMANIA, LIBERTAD DE SINDICATOS
    Alemania fue más difícil de acceder a la libertad de sindicatos, una ley en 1872 formada por el imperio generalizo las libertades
  • PROGRAMA DE GOTHA

    PROGRAMA DE GOTHA
    Bebel y Liebknecht en unión de los lassallianos aprobó el Programa de Gotha, dicho programa era de defensa de los derechos del trabajo; cooperativas socialistas de producción
  • LEY ANTISOCIALISTA

    LEY ANTISOCIALISTA
    Bismarck lanza la ley antisocialista, que prohibió la formación de asociaciones que tendieran a la transformación del régimen social, económico y político,
  • INSTITUCIÓN DE LOS SEGUROS SOCIALES

    INSTITUCIÓN DE LOS SEGUROS SOCIALES
    Guillermo I de Alemania anunció la institución de los seguros sociales.
  • LEY DE ACCIDENTES DE TRABAJO, FRANCIA

    LEY DE ACCIDENTES DE TRABAJO, FRANCIA
    Se contemplaba la necesidad de proteger a los obreros víctimas de un accidente de trabajo. Responsabilidad del patrono
  • LEY SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO, MÉXICO

    LEY SOBRE ACCIDENTES DE TRABAJO, MÉXICO
    A solicitud del gobernador José Vicente Villada, la legislatura del Estado de México, declaró que en los riesgos de trabajo debe el patrono prestar atención medica necesaria y pagar el salario hasta por tres meses.
    El gobernador de Nuevo León fija indemnizaciones equivalentes a dos años de salario para el incapacitado permanente.
  • REGLAMENTO DE FÁBRICA, MÉXICO

    REGLAMENTO DE FÁBRICA, MÉXICO
    Se inicia movimiento en la industria textil porque empresarios de Puebla, impusieron el reglamento de fábrica, donde se destruye la libertad y dignidad de los hombres, se decreta un paro general por parte de las empresas, y se dirigieron al general Díaz donde los obreros sólo logran la prohibición del trabajo a los menores de 7 años.
  • HUELGA DE CANANEA, MÉXICO

    HUELGA DE CANANEA, MÉXICO
    Los obreros mineros de cananea declararon la huelga para obtener mejores salarios, suprimir los privilegios que la empresa otorgaba a los empleados norteamericanos.
  • PROGRAMA DEL PARTIDO LIBERAL, MÉXICO

    PROGRAMA DEL PARTIDO LIBERAL, MÉXICO
    El partido liberal publica un manifiesto y programa, documento pre-revolucionario más importante en favor al derecho del Trabajo; en el están delineados los principios e instituciones de nuestra declaración de los derechos sociales. El Partido Liberal recalcó la necesidad de crear las bases generales para la legislación humana del trabajo: igualdad de salario para nacionales y extranjeros, prohibición del trabajo a menores de 14 años, jornada máxima de 8 hora, fijación de salarios mínimos, etc.
  • HUELGA DE RIO BLANCO, MÉXICO

    HUELGA DE RIO BLANCO, MÉXICO
    En la fábrica de hilados y tejidos ubicada en la localidad de Río Blanco, Veracruz, se produjo por el tipo de régimen laboral al que fueron sometidos los obreros.
    Demandaban por la mejora de las condiciones laborales, la obtención de un salario más digno y la regulación del trabajo infantil, entre otras, mediante el Círculo de Obreros Libres, organización que los representaba.
  • PLAN DE SAN LUIS, MÉXICO

    PLAN DE SAN LUIS, MÉXICO
    Expedido por Francisco I. Madero, donde se desconoce el régimen porfirista y convoca al pueblo al restablecimiento de la constitución y la introducción del principio de no reelección, hace referencia al problema agrario que con el tiempo seria el punto de partida para la revolución social,
  • REVOLUCIÓN MEXICANA

    REVOLUCIÓN MEXICANA
    La primera revolución social del siglo XX
  • EL PLAN DE GUADALUPE, MÉXICO

    EL PLAN DE GUADALUPE, MÉXICO
    Condensó lo propósitos, de la lucha por el restablecimiento de la vigencia de la Constitución violada, en él, el ejercito del pueblo se llamo constitucionalista. Nombraba a Venustiano Carranza Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Carranza se encargaría interinamente del Poder Ejecutivo y convocaría a elecciones. El objetivo del Plan era esencialmente político: restablecer el orden constitucional. Del nace la constitución de 1917.
  • PRIMERA GUERRA MUNDIAL 1914- 1918

    PRIMERA GUERRA MUNDIAL 1914- 1918
    Se inició la transformación de las bases de la sociedad individualista y liberal burguesa.
    Nacimiento a un derecho económico activo que puso punto final al laisser-faire, laisser-passer de la economía liberal.
  • CARTA INTERNACIONAL DEL TRABAJO

    CARTA INTERNACIONAL DEL TRABAJO
    Los trabajadores de los Estados en guerra lanzaron la idea de que necesitaban un tratado que pusiera fin a la lucha, donde se incluyeran las normas fundamentales para la protección futura de los trabajadores. Esta idea finalizo con la propuesta del secretario francés Justin Godard, para que se redactara una carta internacional del trabajo.
  • DERECHO SOCIAL

    DERECHO SOCIAL
    Los trabajadores se impusieron al estado y lo obligaron a superar la legislación obrera, lo que produjo un derecho del trabajo de nuevo cuño, ya no pertenecía al derecho publico, ni al derecho privado ahora daba paso al "derecho social del provenir" ya que su importancia era de régimen social, económico y jurídico mas justo.
  • CONSTITUCIONALISTAS INICIAN LA CREACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO, MÉXICO

    CONSTITUCIONALISTAS INICIAN LA CREACIÓN DEL DERECHO DEL TRABAJO, MÉXICO
    -08 de agosto- en Aguascalientes se decreto la reducción de la jornada a 9 horas, descanso semanal y se prohibió la reducción del salario.
    -15 de septiembre en San Luis Potosí se decreta los salarios mínimos.
    - 19 de septiembre en Tabasco: se decreta 8 horas de jornada laboral, salarios mínimos y se cancelan las deudas de los campesinos.
  • PRIMERA LEY DEL TRABAJO DE LA REVOLUCIÓN CONSTITUCIONALISTA, MÉXICO.

    PRIMERA LEY DEL TRABAJO DE LA REVOLUCIÓN CONSTITUCIONALISTA, MÉXICO.
    Aguirre Berlanga publica el decreto sustituido y superado por el de 28 de diciembre de 1915; jornada de 9 horas, prohibición del trabajo a menores de 9 años, salarios mínimos en el campo y en la ciudad, protección de salarios, reglamentación de trabajo etc.,
  • LEY DEL TRABAJO DEL ESTADO, MÉXICO.

    LEY DEL TRABAJO DEL ESTADO, MÉXICO.
    Cándido Aguilar en Veracruz expidió dicha ley, que tuvo gran resonancia en toda la republica: jornada máxima de 9 horas, descanso semanal, salario mínimo, teoría de riesgo profesional, escuelas primarias sostenidas por empresarios, reorganización de justicia obrera.
  • LEY DE LAS CINCO HERMANAS, MÉXICO.

    LEY DE LAS CINCO HERMANAS, MÉXICO.
    Reformas conocidas como las cinco hermanas, en el Estado de Yucatán por el general Salvador Alvarado eran: La Ley Agraria, la del Catastro, la Fiscal, del Trabajo y la del Municipio Libre.
  • LA DECLARACIÓN DE DERECHOS SOCIALES DE 1917, MÉXICO

    LA DECLARACIÓN DE DERECHOS SOCIALES DE 1917, MÉXICO
    Es fuente del derecho agrario y del derecho del trabajo, como un grito de rebeldía del hombre que sufría injustas en el campo, en la minas, en las fabricas y en el taller,
  • NACE EL DERECHO DEL TRABAJO

    NACE EL DERECHO DEL TRABAJO
    nació con la Constitución de Querétaro del 5 de febrero de 1917, con la constitución mexicana y su visión social.
  • CONSTITUCIÓN MEXICANA DE 1917

    CONSTITUCIÓN MEXICANA DE 1917
    En México se operó una transformación colosal en el derecho del trabajo y derechos sociales, se convierte en la primera constitución social del mundo.
    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante la cual se estableció el Art.123, que señaló lo siguiente: a) Jornada de trabajo de ocho horas.
    b) Protección al trabajo de mujeres y menores.
    c) Protección de menores y mujeres
    d) Retribución justa al trabajo.
    e) Se faculta al Congreso de la Unión el Legislar en materia Laboral.
  • ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

    ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO
    Creación de la OIT, en el Tratado de Versalles, se opero una transformación colosal en el derecho del trabajo.
    En dicho tratado de señalan tres razones principales que motivaron a la creación de la OIT, como es 1) La sociedad de las naciones unidas tiene como objeto paz universal, basada en la justicia social. 2) Mejorar las condiciones de trabajo. 3)La no adopción por una nación cualquiera de un régimen de trabajo humano, es un obstáculo a los esfuerzos de los pueblos.
  • CONSTITUCIÓN DE WEIMAR

    CONSTITUCIÓN DE WEIMAR
    La constitución alemana es la primera de Europa que dedico un capitulo a los derechos del trabajo.
  • DECRETO CREADOR DE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, MÉXICO.

    DECRETO CREADOR DE LA JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, MÉXICO.
    Este decreto es creador de la Junta de Conciliación y Arbitraje y de las Juntas Federales de Conciliación, además, se declaro reglamentario de las leyes de ferrocarriles, petróleo y minería
  • LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1931, MÉXICO

    LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1931, MÉXICO
    Conformada por 685 artículos, derogó todas las leyes y decretos expedidos con anterioridades en materia de trabajo.
    reguló todos los aspectos principales del derecho laboral: los individuales, los colectivos, los administrativos y los procesales.
  • SEGUNDA GUERRA MUNDIAL 1939- 1945

    SEGUNDA GUERRA MUNDIAL 1939- 1945
    El derecho del trabajo y todos los derechos humanos quedaron violentados por todos los sucesos acontecidos y el hecho de que los hombre jóvenes estaban sometidos a la obligación de entrara al ejercito que más bien era esclavitad a la que estaban obligados.
  • DECLARACIÓN DE FILADELFIA

    DECLARACIÓN DE FILADELFIA
    En la etapa de la segunda guerra mundial se dio la división de la humanidad en pueblos ricos y explotadores, así como, pueblos pobres y explotados, se perdieron muchos fines que se habían logrado, sin embargo, hubo documentos que intentaron retomar los derechos esenciales del trabajo, es así como la OIT por medio de su de declaración de Filadelfia, señalo que "una paz duradera y universal sólo puede ser alcanzada cunado está fundamentada en el trato decente de los trabajadores"
  • CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS

    CARTA DE LAS NACIONES UNIDAS
    Promulgada en San francisco, señalo que es deber de la OIT promover niveles de vida mas elevados, trabajo permanente y condiciones de progreso y desarrollo económico y social.
  • CONSTITUCIÓN DE FRANCIA

    CONSTITUCIÓN DE FRANCIA
    En el preámbulo de la constitución de 1946, el pueblo galo ratifico los principios de la Declaración de derechos de 1789 y añadió los derechos de 1789 y añadió los del derechos del hombre a un trabajo libre.
  • CONSTITUCIÓN ITALIANA

    CONSTITUCIÓN ITALIANA
    El pueblo italiano en su Carta Magna declaro que "La Republica reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo y procura las condiciones que lo hagan posible".
  • CARTA DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS

    CARTA DE LA ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS
    Esta carta es muy importante para México porque el canciller logro que se incorporara a la carta un capitulo de Normas Sociales, cuyas ideas cabe destacar están también en la LFT. Posteriormente, en 1967 se reformo la carta donde se le agrego un tercer párrafo, reconociendo que los países miembro dedicarían sus esfuerzos a la aplicación de ciertos principios, como son todos los seres humanos sin distinción de raza tienen derecho al bienestar material y reconocer que el trabajo es un derecho
  • DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE

    DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE
    Esta declaración recogió los principios generales fundamentales del derecho del trabajo, los que servirían para asegurar "al trabajador y a su familia una existencia conforme a la dignidad humana".
  • EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY DE 1970

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY DE 1970
    Hizo un cumplido elogio de su antecesora; "Los autores de LFT pueden estar tranquilos porque su obra ha cumplido brillante y eficazmente la función destinada".
    Agradece que esta ley es una ha cumplido con sus funciones y los beneficios de los trabajadores, así como darles el lugar de trabajadores y trabajadores dentro del ámbito social.
  • LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1970, MÉXICO

    LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1970, MÉXICO
    Es la máxima ley de derecho laboral en México y solo está por encima de ella la Constitución Política, en la cual se consagró el derecho al trabajo en su artículo 123.
    Establece las condiciones mínimas observadas en la relación laboral desde salario, jornada laboral, días de descanso, prestaciones, trabajo de mujeres, menores de edad y extranjeros, capacitación.
  • DECLARACIÓN DE LA OIT, DE LOS DERECHOS DEL TRABAJO

    DECLARACIÓN DE LA OIT, DE LOS DERECHOS DEL TRABAJO
    Relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo y su seguimiento , adoptada en 1998, establece claramente que estos derechos son universales y que se aplican a todas las personas en todos los países - independientemente del nivel de desarrollo económico.