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La propiedad privada principio fundamental de la vida social, económica y política presente en los siglos XVII y XVIII
John Locke y los Fisiócratas -
La Asamblea Nacional de Francia ratificó las ideas de Locke y de los Fisiócratas
En el debate de la Declaración de los Derechos del Hombre:
Rabaut de Saint – Etienne afirmó:
Que los derechos fundamentales de cada hombre eran:
- La Libertad
- La Igualdad
- La Propiedad -
La Ley de Chapelier
En Febrero de 1791 D´Allarde condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones.
- La mas cruel expresión del propósito de la burguesía de explotar al hombre.
- Esta ley prohibió todas las instituciones del derecho colectivo del trabajo -
La edad heroica del movimiento obrero al reconocimiento constitucional de los derechos colectivos del trabajo
Siglo XIX – se dieron tres momentos importantes.
La edad heroica
La era de la tolerancia
El reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria. -
La Edad Heroica
- La lucha se inicio gracias a :
- La ley Inglesa de Francis Place (1824)
- Publicación del Manifiesto del Partido Comunista
- Revolución Francesa de 1848. +Sucesos importantes que detonaron la lucha:
- Ley de Chapelier.
- Un cambio de pensamiento.
- La lucha se inicio gracias a :
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La Era de la Tolerancia
- Fue en la revolución de 1848 , que los obreros lograron que la Comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical).
- La huelga y asociación profesional quedaron toleradas, sin embargo NO constituían derechos de los trabajadores.
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Individualismo y Liberalismo en la Historia de México
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Constitución de 1857
La Constitución de 1857.
- Art 4. Consagró la libertad del trabajo.
- Art 5. Dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
- Art 9. A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito.
- Ponciano Arriaga; en el discurso de presentación se inclinó por la doctrina de los derechos naturales del hombre. -
El Reconocimiento de las Instituciones por la legislación ordinaria
- Constituyo básicamente el logro de :
- Las luchas del movimiento obrero.
- La fuerza del pensamiento socialista.
- Concepción de una vida social.
- Constituyo básicamente el logro de :
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Lo anterior no aplicaba para empresas que disponían de fuerzas políticas.
Huelgas mineras en Chihuahua 1883 que fueron destruidas con un numero alto de obreros muertos. -
Más Disturbios Minero
Huelga de mineros en Cananea, en Junio de 1906. -
Conflicto textil en Puebla
Que concluyó con el laudo inhumano del Presidente Porfirio Díaz en enero de 1907.
El cual solo tuvo como consecuencia la prohibición del trabajo a niños menores de 7 años. -
Explota la Revolución
Nadie pensó en la defensa de los derechos del trabajo, hasta que explotó la revolución de 1910 y transcurriera el siglo XIX -
Ley Millán
- La ley de Agustín Millán (6 de octubre 1915) fue la primera que reconoció, en el estado de Veracruz, la legitimidad de las asociaciones obreras.
- La facultad de asociarse estaba reconocida como un derecho natural del hombre.
- Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelgas.
- Todos los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia.
- La ley de Agustín Millán (6 de octubre 1915) fue la primera que reconoció, en el estado de Veracruz, la legitimidad de las asociaciones obreras.
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Declaración de Derechos Sociales de 1917 y el Derecho Colectivo del Trabajo
- 123 constitucional, XVI.
- Derechos Colectivos
- Agruparse, Huelga, Autoridades laborales.