Civile

ANTECEDENTES DEL DERECHO CIVIL

  • Period: 753 BCE to 534

    ETAPA ROMANA

    La característica más relevante, reside en la Constitución y Evolución que manifestó el Derecho Civil, como una forma de Ordenamiento Ciudadano
  • 451 BCE

    LAS XII TABLAS

    LAS XII TABLAS
    La elaboración de la Ley de las XII Tablas se produjo hacia mediados del siglo V a.C., cuando el Senado republicano decidió enviar una comisión de tres magistrados a Atenas para conocer la legislación del gobernante griego Solón, inspirada por el principio de igualdad ante la ley. Fueron ratificadas por el Senado y definitivamente aprobadas por las asambleas populares en los comicios centuriados. Resalta la creación de una división del Derecho en Público y Privado.
  • Period: 476 to 1492

    ETAPA MEDIEVAL

    El Corpus Iuris Civilis es una obra que vio la luz por primera vez entre los años 527 y 565, cuando Justiniano, en su afán de formalizar el ordenamiento jurídico del Imperio, llevó a cabo la mayor recopilación del Derecho romano de la época.
  • 483

    JUSTINIANO

    JUSTINIANO
    "Justicia es un firme y constante deseo de dar a cada uno lo que le es debido"
  • 534

    CÓDIGO DE JUSTINIANO

    CÓDIGO DE JUSTINIANO
    Se incorporó al enorme Corpus Iuris Civilis (Corpus de Derecho civil); en él se reunían todas las constituciones de los emperadores romanos desde Adriano (117-138 d.C.) hasta la fecha de su publicación; y fue actualizado mediante la adición de nuevas leyes o Novellae. Las otras dos partes que componían el Corpus eran el Digesto o Pandectas y las Instituciones, manual para estudiantes de derecho.
  • Period: 1000 to 1100

    LIBRI LEGALIS

    Se refiere generalmente a los textos de Justiniano recientemente redescubiertos por el Occidente cristiano medieval durante el siglo XI y también a los cinco tomos medievales en los que se reorganizó el Corpus iuris civilis de Justiniano, según la tradición, obra de Irnerio (1050-1125).
  • 1050

    LOS GLOSADORES

    LOS GLOSADORES
    Desde la segunda mitad del siglo XI se dedicaron al estudio y a la enseñanza del derecho romano en el norte de Italia, en especial a la interpretación de los libros de la compilación justiniana. Sus reflexiones originales se conservan en forma de explicaciones breves, transcritas en los espacios entre líneas (glosas interlineares) o en los márgenes (glosas marginales) de los libri legales.
  • 1050

    IRNERIO

    IRNERIO
    Fue un jurista italiano y fundador de la Escuela de Glosadores; nació en Bolonia alrededor del año 1050; murió allí cerca de 1130. Aunque fue uno de los más famosos juristas de la Edad Media, se sabe muy poco respecto a su vida y obras, y es sólo desde fines del siglo XIX que ha recibido la atención que requieren su influencia en la historia y desarrollo de la jurisprudencia medieval
  • Period: 1250 to 1500

    POST GLOSADORES

    Intentaron adaptar el pensamiento de los glosadores a las necesidades de su época y bajo la aparente interpretación del Derecho romano, trataron además de estudiar y coordinar los derechos estatutarios y consuetudinarios, fundamentalmente con propósitos prácticos, por lo que se consideran como principales continuadores de la evolución del Derecho.
  • Period: to

    EDAD MODERNA

    En esta época el Derecho Civil obtiene su independencia del Derecho romano; además de establecerse el Estado absoluto generando como consecuencia que cada uno de los Estados produjera su propio tipo de Derecho, quedando establecido para cada área geográfica la regulación aplicable en cada caso. Al darse esta independencia existe ya una clara clasificación del Derecho, en Público y privado.
  • Landrecht Prusiano

    Landrecht Prusiano
    Texto elaborado a instancia de Federico II de Prusia (1740-1786), que encargó a Samuel Cocceius, para que formulara un derecho privado alemán que repudiara el derecho romano y se asentara «directamente sobre la razón natural» y las costumbres prusianas. El trabajo de Cocceius lo continuó Carlos Teófilo Suárez a partir de 1780.
  • ALLGEMEINES LANDRECHT

    ALLGEMEINES LANDRECHT
    En 1794, ya muerto Federico II, se publicó el ALLGEMEINES LANDRECHT, que estuvo vigente hasta la publicación del Código Civil alemán en 1900. Entró en vigor el 1 de junio de 1794 y utilizaba la ley romana, la ley natural y estableció las costumbres prusianas. Se introdujeron tres clases sociales, campesinos, burgueses y nobles, implementando así ese concepto de posiciones sociales típico de la cultura germánica.
  • CÓDIGO NAPOLEÓNICO DE 1804

    CÓDIGO NAPOLEÓNICO DE 1804
    El Código Napoleónico o de Napoleón es el primer Código Moderno de la Edad Contemporánea, tiene su origen, durante la Asamblea Constituyente de 1790, en donde se acordó dictar el Código de Leyes Civiles Comunes al Reino. Obedeció a la necesidad de unificar, los dos sistemas jurídicos vigentes en Francia (el Sistema Romano del Sur y el Sistema Germánico del Norte), así como también, el deseo de introducir reformas inspiradas por la Revolución Francesa.