Antecedentes del Derecho a la Seguridad Social. Alumno: Alvarez Giles Brandon Saul
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1700 BCE
Código de Hammurabi
El Código consigna sistemas de ayuda mutua, como indemnizaciones por accidentes de trabajo entre profesionales de un mismo sector. -
Period: 1550 BCE to 1070 BCE
Imperio nuevo, también llamado Reino Nuevo o Imperio egipcio
En esta época Egipto es acosado por sequías, hambre, disturbios sociales y, lo más grave, la corrupción oficial, angustias de los trabajadores y padecimientos de los mismos. Los trabajos rudos del campo se confían a los esclavos. -
Period: 753 BCE to 674 BCE
Segundo Rey de Roma Numa Pompilio
La manera de trabajar varió, se integraron colegios de oficios, artesanos y operarios, como los orfebres, carpinteros, zapateros, curtidores, etc. -
476
Inicio de la Edad Media
Durante la Edad Media se emiten órdenes para proporcionar atención a las personas carentes de seguridad social, sobre todo a los enfermos y desvalidos; además, se establecen las bases le gales para el funcionamiento de los seguros. -
Jun 18, 1349
Ordenanza de Trabajadores
Eduardo III expidió una Ordenanza de trabajadores, para atender a la población afectada por la epidemia de peste negra. En este documento se impuso un aumento a los salarios. -
1516
Utopía de Tomás Moro
Analiza la problemática de la seguridad social. Sus enseñanzas van a inspirar los movimientos socialistas y, eventualmente, a establecer principios que brinden al trabajador y a su familia, así como los servidos y apoyos necesarios ante el Infortunio. -
1555
Cortes de Valladolid
Además de Inglaterra, en España Carlos I y Felipe II dictaron leyes sobre mendicidad. Las cortes solicitaron al rey, leyes sobre mendigos donde crearan en todos los pueblos un Padre de Pobres, encargado de buscar una ocupación remunerada a quienes careciesen de ella. -
Period: to
Primera Revolución Industrial
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The Equitable Liefe Assurance Society
La primera compañía de seguros sobre la vida, se funda en Inglaterra -
Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano
Este documento consigna los derechos fundamentales de los ciudadanos franceses y acabó con los principios, las instituciones y las prácticas del Antiguo Régimen. -
Grandes Huelgas en Paris
Los tipógrafos y los carpinteros fueron los que intervinieron más activamente, por ser los más organizados, pero también participaron mas trabajadores. Isaac René Guy Le Chapelier, miembro de la Asamblea Nacional y autor de la ley que lleva su nombre, estableció en esta la libertad de empresa y desapareció los gremios existentes; además, prohibió la asociación con castigos en el Código Penal. -
Código Civil Francés o Código de Napoleón
El Código Civil tiene importancia para nuestra materia porque consigna tres libertades: individual, de trabajo y de conciencia. -
Asociación de trabajadores en sindicatos o uniones
El Parlamento inglés aceptó la asociación de los trabajadores en sindicatos o uniones. -
Tercera petición al Parlamento Ingles
Los cartistas se reúnen y presentan la tercera petición al Parlamento, en la que ratifican la reducción de la jomada laboral a 10 horas. -
Asociación de Trabajadores de Londres
En una primera carta dirigida al Parlamento, la Asociación exige el sufragio universal. -
Period: to
Prohibición de trabajo a menores de 8 a 10 años
Alemania y Francia, prohíben el trabajo a menores, especialmente en las minas y en la industria de la lana, así como el trabajo nocturno de los jóvenes. Se estableció el domingo como día de descanso obligatorio. -
Ley de Protección a la Infancia
Francia promulgó la Ley de Protección a la Infancia, donde se redujo la edad mínima para trabajar a 8 años y se establecieron las jornadas de 8 horas para los menores de 8 a 12 años de edad y de 12 horas para los de 12 a 16 años; también se prohibió el trabajo nocturno para los menores de hasta 13 años. -
Seguro contra las enfermedades
Bismarck adecúa los principios de los seguros privados para implantar a favor de los trabajadores el seguro contra las enfermedades, a las que con mayor frecuencia estaban expuestos los obreros y sus familias. -
Period: to
Segunda Revolución Industrial
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Ley de seguro de accidentes de trabajo de los obreros y empleados de las empresas industriales
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Ley de seguro obligatorio de invalidez y de vejez.
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Seguros sociales alemanes
En 1900, los seguros sociales alemanes se enfocan con mayor amplitud, en 1905 se extiende a tres aspectos: accidentes, enfermedad e invalidez. -
Congreso Internacional Socialista
En el Congreso Internacional Socialista, reunido en Ámsterdam en agosto de 1904, se acordó la resolución siguiente: Los trabajadores de todos los países deben exigir instituciones propias para prevenir, en cuanto sea posible, la enfermedad, los accidentes y la invalidez. -
Ley de Accidentes de Trabajo del Estado de México
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Ley sobre Accidentes de Trabajo del estado de Nuevo León
Reconocía, por primera vez en el país, la obligación para los empresarios de atender a sus empleados en caso de enfermedad, accidente o muerte, derivados del cumplimiento de sus labores. -
Promulgación del Código Federal de Seguros Sociales y la Ley de Seguros de Empleados Particulares en Alemania
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Artículo 123 de la Constitución
En 1929 se plasmó en el artículo 123 de la Constitución la necesidad de una Ley del Seguro Social -
El Plan Beveridge
William Henry Beveridge, director de la Escuela de Economía de Londres, elaboró un Proyecto de Seguro Social obligatorio en Inglaterra. Se establece que todo ciudadano en edad laboral debía pagar una cuota social para tener derecho a prestaciones por enfermedad, desempleo y jubilación. -
Ley del Seguro Social
Fue hasta 1943 cuando se promulgó la Ley del Seguro Social. Con esta Ley se creó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que se convierte en la institución más importante en materia de salud y de seguridad social. -
Ley de Retiros
Comprendía la protección de la salud, préstamos y pensiones por vejez, inhabilitación y muerte. -
Evolución de la seguridad social en México
En la Undécima Conferencia Interamericana de Seguridad Social re vela tendencias y logros en la búsqueda de mecanismos que permitan la incorporación voluntaria de sectores de la población con capacidad contributiva.