Los antecedentes del Derecho Civil.

  • 753 BCE

    Ius Civile

    En otro sentido del anteriormente apuntado, y por oposición al Derecho de gentes, el Derecho civil comprende las normas jurídicas exclusivas de cada pueblo o Estado, por ejemplo el Derecho civil de los Atenienses. Bajo esta óptica, los jurisconsultos entienden por Derecho civil las instituciones jurídicas propias de los ciudadanos romanos (ius propium civium romanorum), hablándose entonces de Derecho civil romano.
  • Period: 753 BCE to 432

    Ius Gentium

    En sentido amplio, el derecho de gentes (o de los "pueblos") es aquél que se observa uniformemente entre todos los pueblos sin distinción de nacionalidades. En sentido estricto, el Derecho de gentes es aquel conjunto de normas comunes tanto a los ciudadanos romanos como a los extranjeros. Desde el punto de vista amplio la noción de Derecho natural se aproxima a aquélla del Derecho de gentes, pero no deben confundirse de ninguna manera, pues la esclavitud.
  • Period: 750 BCE to 476

    Imperio Romano

    Los primeros acontecimientos historicos del Derecho civil, se remontan al Imperio Romano en donde nacen los terminos FAS y IUS. Siendo FAS el derecho sagrado, esto es, la lex divina; y el IUS siendo la lex humana, elaborada por el hombre, pero con el paso del tiempo la línea que dividía a estos dos términos se fue desvaneciendo hasta solo utilizar IUS para referirse al Derecho en general.
    Más específicamente el termino IUS se utiliza para referirse tanto al derecho objetivo.
  • 462 BCE

    La Ley de las XII tablas.

    La Ley de las XII tablas.
    Se considera que fue en esta Ley donde surge el Derecho Civil, no es una ley meramente proveniente del Derecho Romano, ya que los romanos se inspiraron en la Leyesgriegas para crearla, pero se debe mencionar que contiene un carácter esencialmente romano yque no es una copia simplemente de las leyes griegas.
    El Derecho Civil insertó en la Ley de las doce tablas; fue objeto de una interpretación que llevarona cabo durante el imperio romano los jurisconsultos.
  • Period: 467 to 485

    Codigo de Eurico

    Eurico hizo codificar las costumbres
    bárbaras por que se regían los conquistadores visigodos. No ha
    llegado hasta nosotros ejemplar alguno del Código de Eurico.
  • Period: 506 to 654

    Código de Ahinco ó Breviario de Amano.

    Alarico II, hijo y sucesor de Eurico, ordenó que se compila
    sen en un Código las leyes romanas por que debían regirse los
    antiguos pobladores de las provincias españolas y galas sometidas á su cetro.
    Se compone de: dieciséis libros del Código Teodosia.
  • Period: 529 to 565

    Recopilacion de Justiniano

    es una recopilación de constituciones imperiales promulgada por el emperador Justiniano, en una primera versión, el 7 de abril de 529 El Código justificiliano no fue la primera obra elaborada dentro del proceso recopilador de deberes romanojustificilianos. Esta obra sí se ha conservado, salvo un fragmento del índice. Fue preparado por una comisión de juristas
  • Period: 565 to 565

    Corpus Iuris Civilis

    El Corpus Iuris Civilis es una Recopilación de constituciones imperiales y jurisprudencia romanas de hasta 565 llevado a cabo entre los años 528 y 565 de nuestra era por Triboniano bajo la orden Justiniano I, emperador del imperio romano de oriente.
  • Period: 646 to 677

    Fuero Juzgo

    Se divide en doce libros, cada libro en 12 títulos y cada título en leyes. Comienza el Código por un proemio intitulado: de eleclione prhu-ipum, en que se consignan los principios fundamentales del derecho público visigodo acerca de la elección de reyes, y acertadas disposiciones para la seguidad del monarca y su familia, harto amenazadas en aquella \época por las frecuentes rebeliones y disturbios promovidos por los nobles.
  • Period: 1254 to 1255

    El Fuero Real

    Con más de veinticinco ciudades, con las aldeas dependientes, y aún provincias enteras, como Extremadura, llegando de esta manera á ser el Código General de Castilla, y se le conoció con los nombres de Fuero delLibro, Fuero de los Concejos de Castilla, Fuero de Castilla y otros.
  • Period: 1256 to 1257

    El Espéculo.

    El Espéculo se formó de acuerdo con loa prelados, ricoshombres y
    doctores en derecho, tomando muchas leyes de los fueros municipales. Ha llegado hasta nosotros dividido en cin
    con libros ycada libro subdividido en títulos y éstos en leyea.
    En su origen debió componerse de siete libros; pero los dos
    últimos se han perdido.
  • Period: 1256 to 1265

    Las Siete Partidas

    Este Código se llamó primeramente Libro de las leyes ó
    Fuero de las leyes. Por estar dividido en siete partes ó partidos,
    como se decía en aquella época, los jurisconsultos del siglo
    XIV comenzaron á llamarlo Las Partidas ó las Leyes de Par
    tida, nombre que se generalizó desde el Ordenamiento de
    Alcalá
  • Period: 1257 to 1369

    Legislación general

    Los mismos reyes que habían formado Códigos generales
    continuaron también dando fueros y sancionando su observan
    cia, forzados á ello por el espíritu municipal dominante en la
    monarquía. Lo más que podían hacer para procurar la unidad
    legal era conceder á varios pueblos un mismo fuero, como he
    mos visto que lo hizo Alfonso X con el Fuero Real.
  • Period: 1348 to 1480

    Ordenamiento de Alcalá

    entre los Fueros y las Partidas subió al trono Alfonso XI, monarca eminente que pensó también en uniformar la legislación; y en efecto promulgó en las cortes de Alcalá su célebre Ordenamiento.
  • Period: 1485 to 1496

    Ordenamiento de Montalvo

    El Dr. Montalvo su obra, á la cual dio el título de Ordenanzas reates de Costilla, pero vulgarmente conocida con el nombre de Ordenamiento de Montalvo. Dividióla en ocho libros, 115 títulos y 1163 leyes. Trata el libro primero del derecho eclesiástico.
  • Period: 1496 to 1523

    Leyes de Toro

    Eruto de esta labor fueron las ochenta y tres Leyes de Toro, así llamadas porque se publicaron en las cortes de Toro, celebradas en 15115, para jurar la reina Doña Juana la Loca, en cuyo nombra se publicaron, aunque sus autores habían sido los reyes católicos Don Fernando y Doña Isabel.
  • Period: to

    Recopilación de Indias.

    Esta legislación se formó por las reales cédulas y provisiones que en grande abundancia se expedían por medio del Consejo de Indias.
  • Period: to

    Ordenanzas de Bilbao

    La comisión presentó un Código dividido en veintinueve capítulos, que fué sancionado por real cédula de Felipe V
  • Period: to

    Código civil de Oaxaca

    Es el primero en Iberoamérica, fue expedido separadamente en tres libros sucesivos por el II Congreso constitucional de dicha entidad federativa
  • Period: to

    Primera República Española.

    Con este nuevo cambio de sistem de gobierno el codigo civil de España tuvo cambios drasticos.
  • Period: to

    Contitucion de 1917

    Nuestro Derecho Civil positivo, sufre al menos en un principio, tranformaciones más importantes negativamente, por segregación; que positivamnete; por adición.
  • Period: to

    Código Civil actual de México

    Este código tiene como influencias al Código de 1884 y a los códigos suizo, español, alemán, francés, ruso, chileno, argentino, brasileño, guatemalteco y uruguayo. 3​ Este código ha servido como fuente para muchos de los códigos de los demás estados que conforman la nación mexicana, aunque estos en pleno uso de su autonomía para legislar sobre esta materia, han realizado diversas modificaciones a las disposiciones de este.