-
JOHN LOCKE
Conservar la propiedad mediante una estructura de un parlamento en la que no intervienen hombres sin riqueza ni tierras, ya que no poseían nada. -
FISIOCRATAS
La propiedad no es otra cosa que el derecho de gozar.
Atacar la propiedad es atacar la libertad y alterar la libertad es alterar la propiedad. -
REVOLUCION INDUSTRIAL DE INGLATERRA
La revolución Industrial sustituyó de manera definitiva los talleres artesanales y el trabajo a domicilio por las manufacturas y luego por las grandes fábricas. -
ASAMBLEA NACIONAL DE FRANCIA
Ratificaron las ideas de Locke y los Fisiócratas en la declaración de los derechos humanos.
* Libertad
* Igualdad
* Propiedad -
LEY DE CHAPELIER
La ley de chapelier fue la declaracion de guerra que lanzo el estado individualista y liberal burgues a los trabajadores.
En Febrero de 17 D´Allarde condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones. La huelga caía dentro de los actos delictivos. -
EDAD HEROICA DEL MOVIMIENTO OBRERO
Reconocimiento Constitucional de los Derechos Colectivos del Trabajo.
En esta época surgen sucesos importantes como la revolucion francesa de 1848, los obreros logran que la comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición huelga y asociación sindical. -
INDIVIDUALISMO Y LIBERALISMO EN LA HISTORIA DE MÉXICO
Constitución de 1857.En esta constitución Ponciano Arriaga en el artículo 4 consagró la libertad al trabajo.
En el artículo 5 dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
Articulo 9. A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto licito. -
REVOLUCION DE 1910
Durante el siglo XIX se suscitaron en México eventos importantes como la huelga minera en chihuahua, la huelga de los mineros de cananea (1906), el conflicto textil en puebla (1907) que tuvo como consecuencia benéfica la prohibición de que los menores de 17 años trabajaran. La declaración de los derechos sociales de 1917 y el derecho colectivo del trabajo. En 1970 surge la ley federal del trabajo -
LA DECLARACIÓN DE DERECHOS SOCIALES DE 1917 Y EL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO
La ley de Agustín Millán (6 Octubre 1915) la primera que reconoció el estado de Veracruz la legitimidad de las asociaciones obreras.
La facultad de asociarse esta reconocida como un derecho natural del hombre.
Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelgas.
Todos los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia. -
DECLARACION DE DERECHOS SOCIALES
La Declaración de Derechos Sociales de 1917 y el Derecho Colectivo del Trabajo .
Artr. 123 constitucional, XVI Derechos Colectivos
Agrupaciones, Huelga Autoridades Laborales. -
LEY FEDERAL DE TRABAJO
Es presentada la segunda Ley Federal del Trabajo Art 56. nos dice que “las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley.” -
EL DERECHO COLECTIVO ES DERECHO DE LOS TRABAJADORES Y SUS GRUPOS SINDICALES.
La libertad sindical como un derecho (Art 123, fracción XVI)
Sindicatos que dan origen a una existencia y realidad propia.
El derecho individual es un derecho de los grupos sindicales porque su aplicación es un asunto colectivo, de donde nace el derecho de huelga. -
MOVIMIENTO OBRERO O SINDICAL
El Movimiento Sindical o Movimiento Obrero, nació como protesta de los trabajadores por las condiciones de trabajo, salarios y su salud. Aunque en todo el siglo XX se consiguieron mejoras en todos los aspectos, tanto en el salarial, salud, tiempo de trabajo, Protagonismo Sindicalismo Internacional.