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LA CONSTITUCION DE 1886
Que incorpora los Derechos Civiles y Garantías Sociales como:
-Libertad laboral
-Derecho de reunión
-Derecho de asociación
-Personería Jurídica -
Pensiones de Jubilación
El Consejo Nacional Legislativo, aprobó Ley 50 de Nov. 11/86, donde se reconocía las pensiones de jubilación. Era puramente alimenticia y por tanto no podía exceder de $80 “para los de más importancia” y $16 para “los menores o de importancia relativa”. -
Accidentes de Trabajo
La ley que define reparaciones por accidentes de trabajo. Se entendían como aquellos sucesos imprevistos y repentinos que pudieran sobrevenir “por causa u ocasión del trabajo”. -
Ley de contratación colectiva y derechos de huelga
Se reconoció el derecho “sobre huelgas”, y se introdujo el concepto de la contratación colectiva. -
Arreglo directo, conciliación y arbitraje
La ley 21 de Octubre 4 de 1920 introdujo estos criterios en los conflictos del trabajo. -
Protección de menores
los Inspectores de Trabajo se les impuso la obligación de cumplir con la funciones de un “protectores de menores”:
a) Colocar al menor desprotegido en un establecimiento de educación o en uno de beneficiencia pública.
b) Buscarles colocación y vigilarlos cuidadosamente.
c) “Colocar” a los menores responsables de delitos, luego del cumplimiento de la pena. -
Descanso Dominical
estableció este beneficio; de la prohibición se exceptuó a aquellas labores que no fueran susceptibles de interrupción. -
Ley sobre sindicatos
reconoció a los trabajadores el derecho de asociación libre para la defensa de sus intereses, formando sindicatos, asociaciones profesionales, etc. -
Pago personal de sueldos y salarios a menores y mujeres
Con la incorporación de mujeres y menores al mundo laboral se busca abolir la costumbre de que los sueldos y salarios no se pagaban directamente a tales trabajadoras o menores, sino a sus padres, esposos o representantes legales. -
Ratificación de Convenios de la OIT
Colombia adhirió a los siguientes convenios:
-1/19 -8/20 -16/21 -25/27
-2/19 -9/20 -18/21 -26/28
-3/19 -10/21 -19/21 -29/30
-4/19 -11/21 -21/26
-5/19 -13/21 -22/26
-6/19 -14/21 -23/26
-7/20 -15/21 -24/27 -
Jornada laboral de ocho horas (48 semanales)
Se dicto la Resolución No. 1 de 1934, con el objeto de fijar la jornada máxima de trabajo, pues ya se habìa incorporado a la legislación colombiana el Convenio 1 de la OIT.La resolución dispuso que las horas de trabajo de las personas empleadas en cualquier establecimiento industrial, público o privado no podría pasar de ocho horas al día, ni de 48 horas en la semana.
Se autorizaron entones las horas extras. -
REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1936
La reforma de 1936 estableció expresamente:
“El trabajo es una obligación social y gozará de la especial protección del Estado”
El trabajador no es titular del derecho, sólo tiene deberes y obligaciones, y se garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos. -
Protección a la maternidad
Ley 53 que reconoció por primera vez en Colombia la protección de la maternidad de las mujeres trabajadoras en oficinas y empresas de carácter oficial o particular.
Con ocasión del parto de adquirió el derecho a una licencia remunerada de ocho semanas. Y además se prohibió el despido durante el embarazo -
Régimen contractual y prestacional de los servidores del Estado
Esta ley fija las bases para la organización de las instituciones de la seguridad social. Se adopta mediante la Ley 6a. de 1945 y su Decreto reglamentario 2127 del mismo año. -
Adopción del Código Sustantivo del Trabajo
Se estable mediante los Decretos 2663 y 3743 de 1950, decretos de Estado de Sitio que fueron ratificados por la Ley 141 de 1961 como legislación permanente. -
Reforma a la legislación laboral
Se expide el Decreto 2351, previa concertación con la UTC y la CTC. donde se presentan avances en la legislación relacionada con la retroactividad del auxilio de cesantía, los contratos indefinidos, el monto de las tablas de indemnización, entre otras -
Reforma a legislación laboral
Se expide la Ley 50, la cual acaba con la retroactividad de la cesantía, modifica lo relativo al pago de indemnizaciones por despido injusto y modifica las condiciones de la contratación. retorno al pasado de las relaciones de trabajo y entroniza la flexibilización laboral. -
Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales
La ley 278 de 1996 establece la concertación del Art. 56 de la Constitución, como un fenómeno de carácter permanente.
(objetivos específicos de la ley en el link inferior)
http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley/1996/ley_0278_1996.html -
Aprobación del Convenio 151 OIT
LEY 411 DE 1997 por medio de la cual se aprueba el Convenio 151 sobre la protección del derecho de sindicato y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la administración pública. -
Aprobación del Convenio 154
LEY 524 DE 1999 por medio de la cual se aprueba el Convenio Número 154, sobre el Fomento de la Negociación Colectiva.No obstante haberse ratificado “debidamente”, aun no se aplican en su integridad. -
Permisos sindicales en el Sector Público
DECRETO NUMERO 2813 DE 2000, Reglamenta la Ley 584 en lo relativo a los permisos sindicales en el Sector Público.
les reconoce a los representantes sindicales el fuero y las demás
garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión. -
Reforma Laboral
Se expide la Ley 789 que completa el derrumbe de la relación laboral individual, modifica la jornada ordinaria de trabajo y reduce los pagos por trabajo nocturno y dominical, entre otras medidas.
Su justicicacion fue facilitar la contratación de mano de obra barata y atraer inversión extranjera.