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Period: 3300 BCE to 476
Edad antigua
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Period: 753 BCE to 510 BCE
Monarquía (Roma)
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700 BCE
"Ius civile" e "ius gentum"
Ius civile: las normas e instituciones jurídicas que regían en los ciudadanos romanos. Ius gentum: normas e instituciones jurídicas que regían en los extranjeros. -
Period: 510 BCE to 27 BCE
República (Roma)
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470 BCE
La jurisprudencia en el Derecho romano
La Jurisprudencia como fuente del Derecho era entendida como la "ciencia del saber del Derecho", una diferencia de hoy en el día donde el eje principal de la jurisprudencia son las sentencias y resoluciones judiciales. -
464 BCE
Ley de las XII tablas
La Ley de las XII Tablas, llamada así porque estaba escrita en doce tablas, es el código más antiguo de derecho romano. Se estableció para aplacar las demandas de los plebeyos. Fue la primera compilación de nuestra tradición jurídica. Por ejemplo: las leyes I y II hablan del procedimiento judicial y la ley III mencionan a los deudores insolventes. -
287 BCE
Ley Hortensia
Fue una ley de la República romana promulgada durante el conflicto entre patricios y plebeyos, para que éste se solucionara. -
Period: 200 BCE to 324
Transición del Derecho civil como Derecho privado
Esto sucedió tras realizar la romanización del imperio por la concesión de la ciudadanía a sus habitantes, la codificación de Justiniano y la aceptación de la personalidad de la iglesia romana -
Period: 27 BCE to 1453
El imperio (Roma)
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Period: 27 BCE to 284
Principado
Fue una monarquía colegiada a la cual sucede el Dominado que se va a caracterizar por ser una monarquía absoluta sin asociados al gobierno (democracia autoritaria) -
150
Constituciones de Gayo (Gaii Instituta)
Constituyeron el primer sistema o plan de organización del derecho civil conocido en la tradición jurídica romana. -
150
Emilio Papiniano
Juristaconsulto de la antigua Roma. quien redactó dos obras, de adulteriis, dos libros de Definiciones y un texto en griego en el que expuso las obligaciones de los magistrados y de los funcionarios de la policía urbana de aquellos tiempos. -
211
Domicio Ulpiano
Fue un jurista romano de origen fenicio, magister libellorum, su mayor logro fue la recopilación y el ordenamiento del derecho clásico, destacando sus comentarios «Ad Edictum» y «Ad Sabinum». -
Period: 284 to 1453
Imperio absoluto
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324
Aprobación de la iglesia romana
Mediante lineamientos del derecho civil, roma concedió carácter jurídico a la iglesia romana. -
426
Ley de Citas
Fue una norma redactada en Rávena por el emperador de occidente Valentiniano III que regulaba la recitación de las obras de los juristas romanos ante los tribunales, es decir, establecía qué juristas podían ser invocados y los criterios para la decisión del juez cuando sus opiniones eran diversas. -
Period: 476 to 1492
Edad media
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529
Codificación de Justiniano
es una recopilación de constituciones imperiales promulgada por el emperador Justiniano, en una primera versión, el 7 de abril de 529, y en una segunda, el 17 de noviembre de 534. Este último forma parte del denominado Corpus Iuris Civilis. -
Period: 1101 to 1200
Surgimiento de nuevas formas de regulación jurídica
En base a las reglas compiladas en el Corpus Iuris Civilis se desarrolló un "derecho gremial" para el intercambio de bienes y servicios, que dio lugar al derecho mercantil; un "Ius Canonici" en todo lo relativo al derecho familiar y un "sistema de propiedad de la tierra" con base en los fueros feudales. -
Period: 1140 to 1503
Composición de El Corpus Iuris Canonici
Es una colección de normas canónicas de la Iglesia católica, formada a su vez por varias colecciones, unas de autores privados y otras oficiales -
1300
El Renacimiento
Este movimiento cultural se produjo en Europa e influyó a la recuperación de materia para el derecho civil que le restado la iglesia y los gremios, con sus fueros y privilegios. -
Period: 1492 to
Edad moderna
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1521
Sistema jurídico mexicano
Este sistema se origina en la cultura europea que trajeron los conquistadores españoles, en la influencia cultural que se remota al sistema jurídico romano-canónico, en las leyes españolas y en las disposiciones canónicas de la iglesia romana: posteriormente se basó en el sistema del Código Napoleónico, que se extendió por la Europa continental de culturas latinas, como España y sus colonias en América. -
Period: 1523 to
Época colonial en México
Durante esta época se promulgaron la "Recopilación de las Leyes de Indias" y la "Real Ordenanza de Intendentes", con aplicación exclusiva en las colonias españolas. -
Corpus Iuris Civilis
Es la más importante recopilación de derecho romano y el texto jurídico más influyente de la historia. Este código se compiló por orden del emperador bizantino Justiniano. La gran codificación de las reglas de derecho existente consta de un compendio de cuatro colecciones: el código, el digesto, las instituciones y las novelas. -
Jean Domat
Este jurisconsulto francés precisa la distinción entre derecho público y derecho privado, dando a este último la connotación que llega a nosotros mediante la codificación napoleónica: la del derecho civil con las características de un derecho privado, nacional y común. Es el responsable del movimiento racionalista en la Francia del siglo XVII, y le dará un impulso decisivo. Fue abogado del rey en el présidial de Clermont. -
Recopilación de las Leyes de Indias|
Fue una compilación de la legislación promulgada por los monarcas españoles para regular sus posesiones en América y las Filipinas. Fue realizada por Antonio de León Pinelo y Juan de Solórzano Pereira y aprobada por Carlos II. -
Ordenanza Real de Intendentes y de la provincia de España
El rey Carlos III firmó la Real Ordenanza para el Establecimiento e Instrucción de Intendentes de Ejército y Provincia en el Reino de la Nueva España que creó otras 11 intendencias en el virreinato, reemplazando a los reinos, comandancias, corregimientos y alcaldías mayores. -
Period: to
Edad contemporánea
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Period: to
La Revolución francesa
Este movimiento social trajo consigo verdaderos beneficios para el derecho civil, ya que contribuyó a la recuperación de materias que le fueron restado la iglesia y los gremios. -
Código Civil de Francia (Código Napoleónico)
Este código fue promovido por el emperador francés Napoleón Bonaparte, y se incluyen en la codificación prototipo e integra el derecho consuetudinario francés, los principios del derecho romano y del derecho revolucionario, y pasa a ser antecedente, ejemplo y modelo de casi todos los códigos civiles modernos hasta el código civil alemán de 1900. -
Sistema romano-francés
El llamado plan romano-francés de organización del derecho civil distribuye a la materia en tres libros anteriores de un título preliminar: en el primero trata de las personas y sus relaciones familiares; en el segundo, de las cosas, los derechos reales como la propiedad, como las sucesiones; y en el tercero, de las accione, para establecer o defender los derechos controvertidos. -
Sistema romano-germánico
El plan romano-germánico o plan dogmático aparece en el siglo XIX con el código civil alemán, siguiendo el plan Savigny. -
Friedrich Karl von Savigny
Este profesor de la Universidad de Heidelberg que encabezó la escuela histórica en el siglo XIX, propone el llamado orden dogmático en la sistematización de la materia, tanto para su legislación como para su enseñanza. -
Código Civil de Oaxaca
Primer Código Civil mexicano, creado dentro del sistema federal, se promulgó entre 1827 y 1829. El título preliminar y el libro primero fueron promulgados por decreto núm. 29 del 2 de noviembre de 1827 expedido por el gobernador José Ignacio Morales, dividido en 13 títulos y 389 artículos. -
Leyes de Reforma
Juan Álvarez llegó al poder en 1855 y formó un gabinete de liberales radicales. Durante su gobierno se promulgaron varias leyes:
1. Ley Juárez
2. Ley Lerdo
3. Ley Iglesias
4. Ley Lafragua.
Estas se incorporaron en la Constitución de 1857. -
Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos
La facultad de expedir códigos le correspondía a los estados, fue la federación la que tomo la iniciativa codificadora. Benito Juárez le encarga a Justo Sierra elaborara un proyecto de Código Civil, integrada por 4 libros, contaba con 4126 artículos. Fue terminada en 1860 y fue adoptada por el estado de Veracruz-Llave por decreto el 5 de diciembre de 1861. -
Maximiliano I de México
Maximiliano fue un noble político y militar austriaco-mexicano que aprobó una ley que prohibía el castigo corporal de los trabajadores y limitaba las horas de trabajo. -
Código Corona
Constituye el antecedente de la legislación penal clásica federal y del Distrito consumada dos años después. Fueron los primeros pensamientos avanzados, en el país y en América Latina, sirviendo como un modelo a seguir. -
Difusión del Código Civil en el Estado de México
En este código destacan las disposiciones relativas al matrimonio como contrato civil, la institución del Registro Civil, etc., que antes regularon las Leyes de Reforma.
Fue uno de los códigos más avanzados de su época, inspirado en el proyecto de Justo Sierra O'Reilly, influido por el Código Francés de 1804 y el Proyecto de Código Español de 1851. -
Código Civil en México
El código civil para el Distrito federal vigente se promulgó el 30 de agosto de 1928. por el presidente de la república, Plutarco Elías Calles. -
Ideas para el Código Civil
1 Igualdad juridica del hombre y la mujer
2 Reconoce personalidad juridica a los sindicatos
3 En el hogar el hombre y la mujer tienen autoridad y
consideraciones iguales
4 Exige el certificado medico prenupcial
5 Instituye el patrimonio de familia
6 Reconoce hijos habidos dentro y fuera del matrimonio
7 Reconoce a la sociedad conyugal o separación de bienes como
regimen patrimonial.
8 Concede efectos jurídicos del concubinato.
9 Instituye el divorcio por mutuo consentimiento. -
Movimiento codificador
Con el triunfo liberal y la estabilidad del gobierno, se consolida el movimiento codificador y se da la estabilidad necesaria para poder llevar a cabo la creación de un código civil. -
Publicación de decreto de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
El objetivo de este trabajo, es hacer una referencia a las principales degoraciones , reformas y adiciones el libro primero (de las personas) del Código Civil del Distrito Federal. Ducha publicación entro en vigor el 1 de junio del 2000