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Linea de timepo analisis de casos

  • ACTIVIDAD 1 LíNEA DEL TIMEPO

    ACTIVIDAD 1 LíNEA DEL TIMEPO
    Materia: Analisis de casos terminal en derecho penal.
    Alumno: Alejandro Fuentes Montero.
    Matricula: 201853336
  • ¿QUÉ ES UN CASO?

    ¿QUÉ ES UN CASO?
    Un caso es un problema práctico, generalmente una persona C (el cliente), que se encuentra en circunstancias H (hechos), desea obtener un resultado R (un cierto estado de cosas).
  • Algunos resultados (R) que busca el cliente. (C)

    Algunos resultados (R) que busca el cliente. (C)
    Salir absuelto de una causa penal.
    • Hacer un testamento.
    • No pagar un dinero que otro le reclama.
    • Divorciarse.
    • Formar una sociedad apta para ciertos fines.
    • Obtener una reliquidación de los impuestos.
    • Conseguir la libertad de un amigo o familiar detenido.
  • EL SILOGISMO JURÍDICO Y LA LÓGICA JURÍDICA.

    EL SILOGISMO JURÍDICO Y LA LÓGICA JURÍDICA.
    El oficio del Abogado es técnico, el procedimiento judicial es un silogismo práctico en el que la premisa mayor es una norma que asigna una consecuencia jurídica (C) a un supuesto de Hecho (H) y la premisa menor es el enunciado resultante de una inferencia.
  • EL DEBATE EPISTEMOLÓGICO.

    EL DEBATE EPISTEMOLÓGICO.
    Aristóteles distinguió tres grandes tipos de raciocinio: la deducción, la inducción y la abducción.
    Para Popper el conocimiento racional se desarrolla por medio de intentos explicativos y contraargumentaciones, como un proceso inacabado de búsqueda de la verdad a través de la formulación de hipótesis y conjeturas que luego son sometidas a refutación y discusión crítica
  • ARGUMENTACIÓN CINETíFICA

    ARGUMENTACIÓN CINETíFICA
    1.- La explicación: hipótesis generales, las condiciones iniciales o las leyes universales.
    2.- La predicción: anticipar o deducir un pronóstico y conseguir
    así una información nueva.
    3.- La experimentación: en este caso, consideramos alguna
    de las premisas (leyes universales, hipótesis generales o condiciones iniciales), como problemáticas y el pronóstico como algo que se ha de comparar con los resultados de las pruebas
  • EL LENGUAJE NATURAL EN LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA.

    EL LENGUAJE NATURAL EN LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA.
    La argumentación jurídica apunta a establecer y fundamentar la solución autorizada en una controversia o divergencia de interpretaciones y posiciones. El argumento judicial es un instrumento de justificación legal.
  • LA NUEVA RETÓRICA.

    LA NUEVA RETÓRICA.
    Según Perelman la nueva retórica pretende ser una reivindicación de la retórica antigua, el arte de persuadir por medio del discurso, y en ese sentido se la puede considerar como un neoaristotelismo.
  • EL DISCURSO JURÍDICO.

    EL DISCURSO JURÍDICO.
    Habermas propone que todo agente que actué comunicativamente tiene que agenciar, en la ejecución de cualquier acto comunicativo, pretensiones universales de validez consta de elementos;
    1.- Verdad.
    2.- Rectitud.
    3.- Veracidad.
    4.- Inteligibilidad.
  • PRAGMÁTICA Y ARGUMENTACIÓN.

    PRAGMÁTICA Y ARGUMENTACIÓN.
    Para Carrió, el lenguaje del derecho (el de las normas jurídicas) es lenguaje natural, contrario al lenguaje formal de la lógica. Los lenguajes naturales poseen expresiones ambiguas, vagas y exhiben una textura abierta.