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1946 BCE
Segunda Reforma de Articulo 3ro.
La segunda reforma al artículo tercero llegó el 30 de diciembre de 1946 en el inicio del periodo presidencial de Miguel Alemán Valdés. La reforma de 1946 redefinió los objetivos de la educación y eliminó el término “socialista” en la redacción del párrafo central. -
El artículo 3° estableció la libertad de enseñanza
El artículo 3° estableció la libertad de enseñanza, la laicidad de la educación primaria, la gratuidad de la ofrecida por el Estado, la exclusión de corporaciones y ministros religiosos y la vigilancia estatal sobre la educación privada. Este conjunto de elementos confiere una mayor autoridad al Estado respecto a la Norma de 1857. -
Articulo tercero Constitucional
El articulo tercer de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en el que se encarga de reglamentar la educación. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -Federación, Estados y Municipios impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias. (1916-1917) -
Creación de la Secretaría de Educación Pública (SEP)
Una vez creada en 1921 la Secretaría de Educación Pública (SEP) inicia propiamente el establecimiento de un sistema educativo con carácter unifica al articulo tercero, aun y cuando no se aplicaban cabalmente en lo concerniente a la exclusión del clero en la operación de escuelas. -
Period: to
Guerra Cristera
El Reglamento Provisional de Escuelas Particulares del 22 de febrero, la Ley de Tolerancia de Cultos del 14 de junio y el Reglamento para la Inspección y Vigilancia de las Instituciones Privadas del 22 de julio, expedidos todos en 1926, fueron factores clave para que iniciara una etapa armada que se prolongó hasta 1929, y fue conocida como la Guerra Cristera debido a sus implicaciones religiosas. -
Educación Socialista, Laica contra fanatismo y prejuicios
La educación que imparta el Estado será socialista, y además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social -
Remplazada La educación socialista
“La política educativa nacional sustituyó la educación socialista por la escuela de la unidad nacional, con lo que se cierra el ciclo histórico de esta experiencia educativa". -
Redefinición de objetivos de la educación y eliminación el término “socialista”
La reforma de 1946 redefinió los objetivos de la educación y eliminó el término “socialista” en la redacción del párrafo central. En el nuevo artículo tercero se asentó: La educación que imparta el Estado –Federación, Estados, Municipios– tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. -
Amor a la Patria
Queda Asentado en el articulo 3ro. "La educación que imparta el Estado –Federación, Estados, Municipios– tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia". -
Una educación mexicana apoyada entusiastamente por la ciudadanía
Castrejón (1986, p. 64) señala que con sus acciones había “logrado establecer el principio de un movimiento popular, que debía continuar para lograr el objetivo central, una educación mexicana apoyada entusiastamente por la ciudadanía”. Una vez que fue superado el periodo de confrontaciones, la marcha del sistema educativo –luego de la reforma de 1946– continúa hacia la política de expansión del servicio -
Articulo tercero-1946
1946, establece un humanismo de unidad nacional que ya había sido sancionado en la reglamentación del artículo en 1942, proceso que no rompía con algunos valores del texto de 1934 como la educación racional, expresada con diversa forma y alcance; crea el compromiso de que toda la educación estatal sea gratuita; -
Period: to
Sociedad Rural a Urbana
Las décadas de 1950 y 1960 significaron el tránsito de una sociedad rural a urbana, en donde aumenta la demanda de servicios, mejoran las condiciones de salud, se reduce la mortandad y la población experimenta un aumento acelerado (INEGI, 1996). -
Period: to
La demanda en el nivel primario llevo a la preparación emergente de maestros.
De 1960 a 1980 el crecimiento por década superó los 10 millones de habitantes (tabla 1), lo que obligó a que la política educativa se centrara en atender la demanda en el nivel primario y a la preparación emergente de maestros. -
Carranza auguraba...
Castrejón 1986, señala que de esa manera se hizo realidad lo que Carranza auguraba, “que en el artículo tercero se encontraba el principio de un antagonismo que podría llevar al país a un conflicto social de grandes magnitudes”. -
Period: to
Neoliberalismo. Gobierno de Carlos Salinas
Entrada del neoliberalismo durante el gobierno de Carlos Salinas de Gortari. Se caracterizó por la venta de empresas públicas a la iniciativa privada (banca, siderurgia y telefonía) y por la inserción al capitalismo global. México ingresó a la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y firmó el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN). Este último pretendía la articulación de las economías entre México, Estados Unidos y Canadá -
Educación Universitaria
En el periodo de José López Portillo contemplo las facultades y responsabilidades de la autonomía universitaria en la reforma. Estableció como finalidades de estas instituciones las de educar, investigar y difundir la cultura, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas. -
Quinta Reforma -Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica (ANMEB).
El ANMEB derivó en una quinta reforma al artículo tercero (5 de marzo de 1993) y en la expedición de la Ley General de Educación. Los cambios más sustanciales fueron la introducción del nivel de secundaria como parte de la educación básica obligatoria, la desconcentración –que transfiere la operación del sistema educativo a las entidades federativas–, la participación de otros sectores sociales en la educación y la revalorización social del maestro. -
Articulo tercero 1992
1992, amplía la libertad de la educación privada y limita la gratuidad a la educación que imparta el Estado, el cual queda obligado a promover y atender otros tipos y modalidades educativos; -
Cuarta reforma al articulo 3ro.
La cuarta reforma al artículo tercero, legalizó una situación que ya se daba en las escuelas particulares: la participación de las corporaciones religiosas y ministros de culto, sino también a las prácticas religiosas. La modificación siguió protegiendo el principio de laicismo en la educación impartida por el Estado, pero dejó abierta la posibilidad para que los particulares intervinieran en los niveles de primaria, secundaria y normal, apegándose a los programas oficiales -
Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica (ANMEB).
Para alcanzar las metas del programa educativo sexenal, el 19 de mayo de 1992 se firmó el Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica (ANMEB). Dicho pacto fue suscrito por el gobierno federal, los gobiernos de las entidades federativas y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE). -
Articulo tercero-1993
1993, afirma el derecho de todo individuo a la educación y establece la obligatoriedad de la secundaria, además de precisar la facultad sobre planes y programas de primaria, secundaria y normal como propia del Ejecutivo Federal, en lugar del Estado. -
Establece la obligatoriedad de los dos niveles –preescolar y educación media superior,
En las reformas de 2002 y 2012 se observa una reglamentación excesiva de la educación, pues primero se establece la obligatoriedad de los dos niveles –preescolar y educación media superior, respectivamente PERO NO SE HACE REALIDAD. -
Articulo tercero 2002
2002, hace obligatoria la educación preescolar y la integra con la primaria y la secundaria para conformar la educación básica -
Sexta modificación al artículo tercero (Preescolar)
El 12 de noviembre de 2002 ocurrió la sexta modificación al artículo tercero que adiciona la educación preescolar en el esquema básico obligatorio y estipula la obligación del Estado de promover la educación inicial, junto con la superior que ya estaba contemplada. -
Articulo tercero-2011
2011, integra a los fines de la educación el de fomentar “el respeto a los derechos humanos” (párrafo 2); -
Séptima modificación al artículo tercero,
En la séptima modificación al artículo tercero, del 10 de junio de 2011, incluyó el respeto a los derechos humanos como aspecto que debe fomentar la educación (DOF, 2011) -
Realidad- obligatoriedad de los dos niveles –preescolar y educación media superior,
En las reformas de 2002 y 2012 se observa una reglamentación excesiva de la educación, pues primero se establece la obligatoriedad de los dos niveles –preescolar y educación media superior, respectivamente– y posteriormente el Estado implementa las acciones para hacerla realidad. -
Octava Reforma al articulo tercero
El 9 de febrero de 2012, octava reforma, que incorporó la educación media superior como obligatoria, aunque su cobertura no sería inmediata. Tanto en la reforma de 2002 del presidente Vicente Fox Quezada, como en la de 2012 de Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, se aprecia una normatividad establecida para un sistema educativo que no avanza en resolver las demandas de fondo (cobertura, calidad, equidad, infraestructura, presupuesto educativo) -
La idoneidad del profesorado
En la reforma de 1993, el Estado asume las fallas e incluye en uno de los cinco ejes la revalorización social del magisterio, mientras que la reforma de 2013 atribuye los resultados educativos –y en concreto la calidad– a la labor desempeñada por los docentes. Es así como la reforma fue enfocada hacia el establecimiento de criterios para alcanzar la calidad a través de la idoneidad del profesorado. -
Articulo tercero-2013
2013, se establecen los medios institucionales para garantizar “la calidad en la educación obligatoria” en términos de alcanzar “el máximo logro de aprendizaje de los educandos” (párrafo 3); -
Política educativa establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018
Política educativa establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 asienta: “Para mejorar la calidad de la educación se requiere transitar hacia un sistema de profesionalización de la carrera docente, que estimule el desempeño académico de los maestros y fortalezca los procesos de formación y actualización” (Gobierno Federal, 2013, p. 61). En la primera visión el maestro figura como aliado y en la segunda como parte del problema. -
La novena reforma al articulo tercero "Pacto por México"
Presidente Enrique Peña Nieto, El Pacto por México comprometió a sus signatarios a “impulsar un conjunto de iniciativas y reformas para realizar acciones efectivas para que nuestro país mejore” (Pacto por México) incluyó un apartado específico titulado “Acuerdos para una sociedad de derechos y libertades” con nueve compromisos, temas que fueron retomados al año siguiente como ejes para someter ante el Congreso de la Unión la novena reforma al artículo tercero. -
Articulo tercero-2016
2016, se incorpora la Ciudad de México como entidad al definir la educación que imparta el Estado