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El primer programa formal de educación especial en EUA fue el Asilo Americano para la educación de los sordos y los retrasados (American Asylum for the Education of the Deaf and Dumb), en Hartford, Conneticut, establecido por Thomas Gallaude.
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En Francia Surgen las primeras escuelas para personas "deficientes" el abad de l’Épée crea el primer sistema de lenguaje de señas y el Aleman Samuel Heinecke desarrolló una metodología oral para enseñar a las personas sordas a comunicarse de forma verbal.
En 1829 el pedagogo Louis Braille diseña el sistema de lectura y escritura para personas con discapacidad visual. -
Se expande en toda Latinoamérica la educación mixta, es decir la integración de niños y niñas, aunque en Colombia se logra por completo a finales del siglo XX.
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El 15 de Julio se crea y surge el Instituto Nacional Para Ciegos-INCI, el cual ha garantizado los derechos de las personas ciegas y con baja visión de todo el país.
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La unesco hace un llamado a los gobiernos para que desde las escuelas y colegios se brinde igualdad y oportunidad de estudios a toda la ciudadania sin distingo alguno.
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Surge en la década de los 70 del pasado siglo la propuesta pedagógica: Escuela Nueva, pensada para llegar especialmente a la población rural, quienes vivían en medio del conflicto entre grupos al margen de la Ley y las fuerza pública. El objetivo de esta nueva propuesta era el reducir las brechas de desigualdad social y crear sociedad con igualdad de posibilidades, hacer de colombia un pais incluyente desde la educación.
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El congreso de Estados Unidos Aprueba el acta educativa para todos los niños incapacitados. Esta legislación aseguraba educación gratuita y adecuada para todos los niños con discapacidad.
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En esta convención se establecen los drechos educativos que tienen todos los niños y niñas en el mundo y que los gobiernos deben ser garantes.
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Los articulos 67 y 68 son muy claros: el primero establece la educacion como un derecho para todos los colombianos de manera gratuita y el segundo establece la erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.
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Articulo Incluyente.
ARTÍCULO 46.- Integración con el Servicio Educativo. La educación para personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o con capacidades intelectuales excepcionales, es parte integrante del servicio público educativo. -
A pertir de 1996 surgen diferentes leyes en los paises de latinoamerica, que propenden por una educación inclusiva. Los primeros fueron los paises de centroamerica como Costa rica y el Salvador, en 2018, en Perú se sanciona la Ley General de Personas con Discapacidad.
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Se reconoce el derecho que tienen las personas con discapacidad a la educación sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades.
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Ley por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad.
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Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad
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El ministerio de Educación Nacional, expide el documento Inclusión y Equidad: Hacia la construcción de una Politica Educativa de Educación Inclusiva para Colombia.