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Constitución de 1824
Aprobada el 3 de octubre de 1824, gira en torno a la organización y división del poder del Estado, señala que la soberanía radica en la nación, adopta una República representativa, popular y federal. El poder se divide en Ejecutivo, Legislativo y Judicial. -
Siete Leyes Constitucionales de 1836
Bajo la influencia de los conservadores y la Iglesia católica, se abroga la legislación anterior y se estructura al Estado en una República centralista. Reconoce los derechos de los ciudadanos aunque limitados, y la religión católica como única. -
Constitución de 1843
Las bases orgánicas de 1836 vendrían a robustecer un tanto los señalados desde 1936. El territorio se divide en departamentos, cada uno con un gobernador elegido por el presidente. Se condiciona la existencia de la ciudadanía al goce de una determinada renta anual. -
Constitución de 1857
Se recupera una filosofía liberal, de clara que son garantías del individuo la libertad de industria, trabajo y profesión, la extinción de monopolios y la abolición de todo contrato en que el hombre pierda su libertad. -
Leyes de Reforma 1859-1860
Se establece el principio de independencia entre la Iglesia y el Estado, se declara la nacionalización de los bienes eclesiásticos. Se declara la Ley de secularización de los cementerios, la Ley del Matrimonio civil y la Ley de Libertad religiosa. -
Constitución de 1917
Señala que la soberanía reside esencial y originalmente en el pueblo, se consagran las garantías individuales de los derechos del hombre, se establece el derecho a la educación laica y gratuita, el derecho de los pueblos indígenas, el derecho a la salud, al trabajo digno y se sientan las bases de la reforma agraria.