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Constitución política de Colombia de 1991
ART70. El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional. La cultura en sus diversas manifestaciones es fundamento de la nacionalidad.
El Estado reconoce la igualdad y dignidad de todas las que conviven en el país -
Fondo de Créditos educativos condonables para comunidades negras.
Art 40 ley 70 de 1993, a través de los créditos condonables del ICETEX Se facilita el acceso, la permanencia, promoción y la graduación a las comunidades negras (afrocolombiano, raizal y palenquero) que no cuentan con los recursos para hacerlo, esto con el fin de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades. -
ley 70 de 1993.
La Ley 70 de 1993 en su artículo 39 crea la Cátedra de Estudios Afrocolombianos en el área de sociales de los diferentes niveles educativos conforme a los currículos correspondientes. El espíritu de la Cátedra reside en la necesidad de que el país conozca y valore la cultura y el conjunto de aportes de las comunidades afrocolombianas al desarrollo histórico y de construcción de identidad nacional. -
ley 115 1994
ARTICULO 1. Objeto de la ley. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes. -
Decreto 804 de 1995
Artículo 1°. La Educación para grupos étnicos hace parte del servicio público educativo y se sustenta en un compromiso de elaboración colectiva, donde los distintos miembros de la comunidad en general, intercambian saberes y vivencias con miras a mantener, recrear y desarrollar un proyecto global de vida de acuerdo con su cultura, su lengua, sus tradiciones y sus fueros propios y autóctonos. -
La Ley 361 1997
Para la integración de las personas con limitaciones, la asistencia y la protección necesaria, ratifica, en el Capítulo II, el deber del Estado de garantizar el acceso a la educación, en todos los niveles, sin discriminación alguna, en aulas regulares, adoptando las acciones pedagógicas necesarias para su integración social y académica (Congreso de la República de Colombia, 1997). -
Period: to
Plan sectorial de educación 2004-2008
En sus objetivos específicos busca crear relaciones equitativas de genero, étnicas e intergeneracionales que disminuyan y eliminen la discriminación.
En la política publica incorpora el enfoque de genero, la etnoeducacion y fomentara el dialogo intercultural promoviendo espacios sociales y pedagógicos para lograr un país multicultural. -
Period: to
Plan decenal de educación 2006-2016
Pacto social por el derecho a la educación que tiene como camino el desarrollo educativo del país en el próximo decenio.
En algunas de sus acciones pretende consolidar la atención integral con un objetivo intersectorial e intercultural en las que se articule instancias nacional, regional, local, publico y privado.
Orientar a las escuelas que sean coherentes con las necesidades de atención integral a partir del reconocimiento de la interculturalidad, diversidad y la necesidad de inclusión -
Código de infancia y adolescencia ley 1098 de 2006
En las obligaciones del estado en la educación resaltamos:
1Garantizar desde su nacimiento el acceso a la
educación de calidad
2 Asegurar la permanencia en el sistema
educativo y el cumplimiento del ciclo completo
de formación.
3Garantizar la dignidad y los derechos
humanos en el ambiente escolar y
promocionar el buen trato.
4Erradicar las prácticas pedagógicas
discriminatorias o excluyentes y sancionar el
mal trato, menoscabo de la dignidad o la
integridad física, psicológica etc. -
Indice de inclusión para la educacional superior INES
Herramienta que permite a las instituciones educativas realizar un diagnostico de fortalezas y debilidades con relación a la atención de la diversidad que sirve para tomar decisiones que cualifiquen el aprendizaje.
La interculturalidad como una característica de la educación inclusiva promueve dialogo abierto, reciproco, critico y autocritico entre las personas que pertenecen a las diferentes culturas -
Decreto 2500 de 2010
Reconoce la interculturalidad y los derechos que tienen a una educación pertinente los pueblos indígenas.
Así mismo, Reglamenta de manera transitoria la contratación de la administración de la atención educativa por parte de las entidades territoriales certificadas, con los cabildos, autoridades tradicionales indígenas, asociación de autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas para la construcción e implementación del sistema educativo indígena propio. -
Modelo didáctico intercultural en contexto afrocolombiano 2013
El Ministerio de Educación nacional de Colombia (MEN, 1991) define la etnoeducación como un proceso a través del cual los miembros de un pueblo internalizan y construyen conocimientos y valores al desarrollar destrezas de acuerdo con sus necesidades, aspiraciones e intereses que les permiten desempeñarse adecuadamente en su medio y proyectarse con identidad hacia otros grupos humanos. -
Día Nacional de las Lenguas Nativas en Colombia y el Día Internacional de la Lengua Materna.
El día 21 de febrero se conmemora el día nacional de las lenguas Nativas en Colombia y el día Internacional de la Lengua Materna,contamos con 65 lenguas indígenas, 2 criollas, la romani y la lengua de señas Colombiana.
Se tiene en cuenta que la lengua estructura el pensamiento, crea vínculos, relaciones, trasmite tradición y sabiduría.
Tiene como objetivo promover la diversidad lingüística y cultural,al igual que el multilinguismo. -
Incorporacion del enfoque intercultural en los procesos de formacion del talento humano en salud, para el cuidado de la salud de pueblos indígenas en Colombia.
Promueve la inclusión de habilidades y competencias profesionales y laborales en salud relacionadas con lo intercultural , lo cual ayuda a la elaboración de diseños de programas de formación,el desempeño y la gestión del talento humano en salud. -
PROYECTO DE LEY No. DE 2018, 5. Derecho a la etno-educación o educación propia
La educación que se enseñe en el pueblo raizal debe ser trilingue creole, ingles y castellano.
Se debe ademas promover las tradiciones ancestrales, gastronomía, arquitectura,música y danzas y todas las expresiones culturales del pueblo raizal.