Hechos históricos relevantes relacionados con la evolución del derecho laboral en y el movimiento obrero en España.

By JMOS21
  • Primer acuerdo entre industriales y jóvenes obreros. (Legalización de las primeras asociaciones obreras)

    Primer acuerdo entre industriales y jóvenes obreros. (Legalización de las primeras asociaciones obreras)
    El más lejano precedente del sindicalismo en España, es el acuerdo de 2 de julio de 1834, entre los industriales y jóvenes obreros que fija en 33 canas la longitud de la pieza.
  • Se disuelven las asociaciones de obreros.

    Se disuelven las asociaciones de obreros.
    El 17 de marzo de 1840, bajo la inspiración del tejedor Juan Munts, se fundó la Asociación mutua de obreros de la industria algodonera. El 6 de enero de 1841, el Regente, general Espartero, a instancia de los patrones catalanes, disolvió las asociaciones obreras. Los obreros continuaron actuando en la clandestinidad, hasta que las autoridades catalanas publicaron un Decreto autorizando las sociedades mutualistas de los trabajadores.
  • Primera huelga general en España por la disolución de asociaciones obreras.

    Primera huelga general en España por la disolución de asociaciones obreras.
    El lema de aquella primera huelga que tuvo lugar en 1855 fue "asociación o muerte", exigiendo la libertad de asociación, ante la reciente prohibición que para el asociacionismo proletario había impuesto el Capitán General de Cataluña.
  • Se prohíben todas las asociaciones obreras.

    Se prohíben todas las asociaciones obreras.
  • Congreso obrero en Barcelona

    Congreso obrero en Barcelona
    Los congresos obreros en el siglo XIX constituyen un aspecto fundamental de la historia del movimiento obrero español, donde se reunían representantes de sociedades, secciones, sindicatos y federaciones de trabajadores, y donde se discutía de ideología, estrategias sindicales y/o políticas
  • Fundación del PSOE en Madrid

    Fundación del PSOE en Madrid
    El Partido Socialista se fundó clandestinamente en Madrid, el 2 de mayo de 1879, en torno a un núcleo de intelectuales y obreros, encabezados por Pablo Iglesias. El PSOE fue así uno de los primeros partidos socialistas que se fundaron en Europa, como expresión de los afanes e intereses de las nuevas clases trabajadoras nacidas de la revolución industrial.
  • Fundación de la UGT

    Fundación de la UGT
    Se organizó a base de Sindicatos de Oficio y por Federaciones, queda aprobado un programa de fijación de salarios mínimos, y se acuerda la jornada de ocho horas. La cuota de afiliación queda fijada en cinco céntimos. Como órgano directivo entre Congresos actúa el Comité Nacional. Así cumplían los deseos de miles de trabajadores que, tras la I Internacional (1864), venían dirigiendo sus esfuerzos a crear Asociaciones obreras basadas en la solidaridad y estructuradas en agrupaciones de oficios.
  • Ley de accidente de trabajo.

    Ley de accidente de trabajo.
    Ni guantes, ni cascos, ni barreras, ni mascarillas.... Eso cambió en 1900, con la promulgación de la Ley de Accidentes del Trabajo, que se considera la primera norma de seguridad social en España. Uno de sus puntos más novedosos es que responsabilizaba al empresario de los accidentes de sus operarios, que en caso de percance, debían ser indemnizados.
  • Ley de huelga

    Ley de huelga
    Fue una Ley que reconoció la huelga por motivos profesionales y estableció plazos de preaviso y sanciones para los infractores, garantizando la libertad de trabajo de los no huelguistas.
  • Creación CNT en Barcelona

    Creación CNT en Barcelona
    Su fin era encontrar una coordinación que se creía necesaria y beneficiosa para la clase obrera en su lucha contra el capitalismo y por el desarrollo de una nueva sociedad basada en las tesis anarquistas.
  • Su fin era encontrar una coordinación que se creía necesaria y beneficiosa para la clase obrera en su lucha contra el capitalismo y por el desarrollo de una nueva sociedad basada en las tesis anarquistas.

    Su fin era encontrar una coordinación que se creía necesaria y beneficiosa para la clase obrera en su lucha contra el capitalismo y por el desarrollo de una nueva sociedad basada en las tesis anarquistas.
  • Ministerio del trabajo

    Ministerio del trabajo
    El Ministerio de Trabajo de España fue un departamento ministerial con competencias en trabajo, existente durante tres períodos diferentes del siglo xx. Adquiría las competencias de Comercio e Industria.
  • Dictadura de Primo de Rivera

    Dictadura de Primo de Rivera
    En esta república se recoge por primera vez en una Constitución 31 determinantes derechos del trabajador, tanto colectivo como individual.
  • Segunda república (constitucionalización del derecho del trabajo)

    Segunda república (constitucionalización del derecho del trabajo)
    En esta república se recoge por primera vez en una Constitución 31 determinantes derechos del trabajador, tanto colectivo como individual.
  • Franquismo (fuero del trabajo)

    Franquismo (fuero del trabajo)
    El fuero de trabajo fue un movimiento político que tuvo cierta influencia en la cuestión laboral y los medios durante la guerra y la dictadura, y entre sus principales puntos se cuenta la regulación de la jornada laboral y del descanso, y la creación de la Magistratura del Trabajo y los sindicatos verticales.
  • Huelga general del 1 de mayo en Vizcaya

    Huelga general del 1 de mayo en Vizcaya
  • Creación de la ley de convenios colectivos.

    Creación de la ley de convenios colectivos.
    Los Convenios Colectivos Sindicales tienden a fomentar el espíritu de justicia social y sentido de unidad de producción y comunidad de trabajo, así como la mejora del nivel de vida de los trabajadores y la elevación de la productividad.
  • Constitución española.

    Constitución española.
    El texto constitucional recoge contenido directamente relacionado con el trabajo como los derechos laborales específicos.
  • Estatuto de los trabajadores.

    Estatuto de los trabajadores.
    En esta ley se ha contemplado toda la base de la normativa laboral española, que posteriormente sería regulada en las normas que para cada materia fuera procedente, y con el paso del tiempo en virtud de la situación socioeconómica del país ha venido sufriendo múltiples modificaciones.
  • Ley liberal sindical.

    Ley liberal sindical.
    Uno de los principios jurídicos fundamentales en que se basa el actual sistema de relaciones laborales en España es el contenido en el artículo 28, 1, de la Constitución española de 1978, el cual reconoce el derecho a la libertad sindical como un derecho fundamental de «todos a sindicarse libremente»
  • Prevención de riesgos laborales.

    Prevención de riesgos laborales.
    Determina el cuerpo básico de garantías y responsabilidades preciso para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo.
  • Ley orgánica de protección integral contra la violencia de género.

    Ley orgánica de protección integral contra la violencia de género.
    La exposición de motivos de esta ley manifiesta que la violencia de género «se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de libertad, respeto y capacidad de decisión». Aprobada por unanimidad con todos los votos a favor en el Congreso de Diputados, convirtiéndose en la primera y única ley integral contra la violencia de género en Europa.
  • Ley general de seguridad social.

    Ley general de seguridad social.
    Uno de los principios jurídicos fundamentales en que se basa el actual sistema de relaciones laborales en España es el contenido en el artículo 28, 1, de la Constitución española de 1978, el cual reconoce el derecho a la libertad sindical como un derecho fundamental de «todos a sindicarse libremente»
  • Real decreto legislativo

    Real decreto legislativo
    Su misión es regular las relaciones laborales estableciendo un marco mínimo por el que se rijan las relaciones entre el empleador y el empleado y donde se establecen las obligaciones y los derechos de ambas partes.
  • JOSE MANUEL ORDUÑA SELMA