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Fundamentos legales y jurídicos que sustentan la educación inclusiva.

  • Jean Itard

    Jean Itard
    Jean Itard crea la primera escuela dedicada a la educación de personas retardadas.
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    Fundamentos legal de la educación inclusiva

    Los principios básicos que deben orientar la política educativa para los niños (as) y los adolescentes con discapacidad son los mismos que orientan la política para cualquier niño.
  • Jean Itard

    Jean Itard
    Jean Itard es nombrado profesor de la escuela para niños anormales de Boston.
  • Se funda la escuela nacional para sordos

    Se funda la escuela nacional para sordos
    Su fundación fue para dar respuesta a las necesidades educativas de las personas con alguna discapacidad, iniciándose formalmente la historia de la educación especial.
  • El primer colegio de educación especial público para alumnos con discapacidad intelectual.

    El primer colegio de educación especial público para alumnos con discapacidad intelectual.
    La Escuela Central de Anormales tiene una trascendental importancia respecto al tratamiento y atención de los menores discapacitados, reconocimiento de derechos y concienciación social, así como respecto al avance de las investigaciones relacionadas con la discapacidad y la educación especial en España.
  • El derecho a la educación

    El derecho a la educación
    La Declaración Universal de los derechos humanos establece que la educación es un derecho humano básico.
  • Frampton y Grand realizan La educación de los impedidos

    Frampton y Grand realizan La educación de los impedidos
    En la “Educación de lo impedidos” plantean desde el punto de vista médico a partir de 1950, se generaliza el término que impide que implica el efecto de una situación mental o física, más bien que el de una enfermedad, deformidad u otra marcada desviación”.
  • Centros de Atención Psicopedagógica de Educación Preescolar (CAPEP).

     Centros de Atención Psicopedagógica de Educación Preescolar (CAPEP).
    Comenzaron a operar en 1965, iniciándose como un proyecto de atención de la Dirección General de Educación Preescolar para los niños de este nivel que, por diversas razones, presentaban dificultades en su desarrollo y aprendizaje.
  • Asamblea internacional protectora.

    Asamblea internacional protectora.
    Se celebra en jerusalem la asamblea internacional protectora de deficientes mentales.
  • UNESCO

    UNESCO
    La UNESCO define el dominio de la educación especial y se hace un llamado a los gobiernos sobre la igualdad de oportunidades para acceder a la educación y para la integración de todos los ciudadanos en la vida económica y social.
  • Derechos

    Derechos
    Se proclaman los derechos del deficiente mental y A fines de 1970, por decreto presidencial, se creó la Dirección General de Educación Especial
  • Dirección General de Educación Especial

    Dirección General de Educación Especial
    A fines de 1970, por decreto presidencial, se creó la Dirección General de Educación Especial con la finalidad de organizar, dirigir, desarrollar, administrar y vigilar el sistema federal de educación especial y la formación de maestros especialistas. A partir de entonces, este servicio prestó atención a personas con deficiencia mental, trastornos de audición y lenguaje, impedimentos motores y trastornos visuales.
  • Derechos de los impedidos

    Derechos de los impedidos
    La ONU declara los derechos de los impedidos, donde se reconoce la necesidad de proteger los derechos de estas personas y asegurar su bienestar y rehabilitación.
  • La escuela ordinaria ante el niño con necesidades especiales

    La escuela ordinaria ante el niño con necesidades especiales
    La escuela ordinaria ante el niño con necesidades especiales
    Miguel Toledo González revisa la historia de la atención a la persona “diferente” para llegar a lo que llama “la era de la normalización”. Expone la ideología de la normalización y algunas líneas generales para la ejecución de un plan de normalización-integración escolar.
  • Ley Orgánica de Educación Intercultural

    Ley Orgánica de Educación Intercultural
    Equidad e inclusión aseguran a todas las personas el acceso, permanencia y culminación en el Sistema Educativo. Garantiza la igualdad de oportunidades a comunidades, pueblos, nacionalidades y grupos con necesidades especiales y desarrolla una ética de la inclusión con medidas de acción afirmativa y una cultura escolar incluyente en la teoría y la práctica en base a la equidad, erradicando toda forma de discriminación.
  • Derechos de la infancia

    Derechos de la infancia
    Se realiza la convención sobre los Derechos de la infancia, en la cual se señala el compromiso por parte de los estados para que haya una mejor calidad de vida en niños y niñas con discapacidad.
  • Declaración Mundial de la Educación para Todos

    Declaración Mundial de la Educación para Todos
    La UNESCO, con el fin de buscar la universalización de la educación reconoció la necesidad de suprimir la disparidad educativa particularmente en grupos vulnerables a la discriminación y la exclusión (incluyó niñas, los pobres, niños/as trabajadores y de la calle, población rural, minorías étnicas, población con discapacidad y otros grupos).
  • Se crean los centros de orientación para la integración educativa (COIE)

    Se crean los centros de orientación para la integración educativa (COIE)
    Con los propósitos de informar y sensibilizar sobre aspectos relacionados con la integración educativa.
  • Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica

    Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica
    Acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica, la reforma al Artículo 3o constitucional y la promulgación de la Ley General de Educación, específicamente en lo referente a los Artículos 39 y 41— se impulsó un importante proceso de reorientación y reorganización de los servicios de educación especial, tuvo dos propósitos principales: por un lado, combatir la discriminación, la segregación y el etiquetaje derivado de la atención a las niñas y los niños con discapacidad.
  • Declaración de Salamanca

    Declaración de Salamanca
    1 de junio de 1994 El concepto de necesidades educativas especiales se difundió en todo el mundo a partir de la proclamación de la Declaración de Salamanca de Principios, Política y Práctica para las Necesidades Educativas Especiales y del Marco de Acción.
Se requieren escuelas adaptadas a los estilos y ritmos de aprendizaje de los alumnos y una buena organización escolar que garantice una enseñanza de calidad.
  • Conferencia Nacional «Atención Educativa a Menores con Necesidades Educativas Especiales:

    Conferencia Nacional «Atención Educativa a Menores con Necesidades Educativas Especiales:
    La Secretaría de Educación Pública y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, convocaron en 1997 a la Conferencia Nacional «Atención Educativa a Menores con Necesidades Educativas Especiales: Equidad para la Diversidad», con el propósito de entablar un diálogo entre diferentes actores educativos, unificar criterios en torno a la atención educativa de la población con necesidades educativas especiales y conocer el estado de la integración educativa en diferentes entidades del país0
  • Ley 42

    Ley 42
    Establece la Equiparación de Oportunidad para las Personas con Discapacidad, Artículo 19: "La persona con discapacidad se incluirá en el Sistema Educativo Regular, el cual debe proveer de los servicios de apoyo y las ayudas técnicas, que le permitirán el acceso al currículo regular y la equiparación de oportunidades. La educación especial será garantizada e impartida a aquellas personas que, en razón de su discapacidad, lo requiera dentro del sistema educativo regular.
  • Creación de centros regionales.

    Creación de centros regionales.
    Se crearon tres Centros Regionales de Recursos de Información y Orientación para la Integración Educativa (CREO).
  • La educación Especial

    La educación Especial
    El Artículo 41 señala la función de la educación especial; es importante mencionar que fue modificado en el año 2000, señala La educación especial está destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas, así como aquellos con aptitudes sobresalientes.
  • Programa Nacional de Educación

    Programa Nacional de Educación
    En el Programa Nacional de Educación 2001 - 2006 (PRONAE) se reconoce a la población que presenta alguna discapacidad como uno de los principales grupos en situación de vulnerabilidad respecto a su acceso, permanencia y egreso del Sistema Educativo Nacional, y se señala la necesidad de poner en marcha acciones decididas por parte de las autoridades educativas para atenderla.
  • OECD

    OECD
    Elaborado entre la Secretaría de Educación Pública y la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para Personas con Discapacidad de la Presidencia de la República, con la participación de las entidades federativas y representantes de distintas organizaciones de la sociedad civil. Su objetivo es garantizar una atención educativa de calidad a los niños, las niñas y los jóvenes con necesidades educativas especiales, otorgando prioridad a los que presentan alguna discapacidad.
  • La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

    La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
    Señala que se entenderá por discriminación toda distinción, exclusión o restricción que tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica y condiciones de salud, entre otras.
  • Programa Nacional para la transformación y fortalecimiento académico

    Programa Nacional para la transformación y fortalecimiento académico
    En el marco del Programa Nacional para la Transformación y Fortalecimiento Académicos de las Escuelas Normales, iniciado hace algunos años, se realizó una Reforma a los Planes y Programas de Estudio de la Educación Especial.
  • La Ley General de las Personas con Discapacidad

    La Ley General de las Personas con Discapacidad
    Publicada en el Diario Oficial de la Federación, constituye, sin lugar a dudas, un paso decidido y fundamental en el reconocimiento de los derechos de las personas con discapacidad en nuestro país. Tiene como objeto establecer las bases que permitan la plena inclusión de las personas con discapacidad en un marco de igualdad, equidad, justicia social, reconocimiento a las diferencias, dignidad, integración, respeto, accesibilidad y equiparación de oportunidades, en los diversos ámbitos de la vida
  • Convención Internacional de los Derechos de las personas con Discapacidad

    Convención Internacional de los Derechos de las personas con Discapacidad
    Entró en vigor la convención internacional de los derechos de las personas con discapacidad.
  • Artículo 1°

    Artículo 1°
    Se reformó en el artículo 1° que el estado deberá promover, proteger y asegurar el pleno ejercicio de los derechos humanos y libertades fundamentales de las personas con discapacidad.
  • Atención inclusiva de la Población

    Atención inclusiva de la Población
    Se establece que principalmente a través de las direcciones generales de la Subsecretaría de Educación Básica se realizarán acciones específicas para apoyar la atención educativa de la población que presenta necesidades educativas especiales, como el diseño y producción de materiales para maestros y alumnos; el establecimiento de lineamientos para desarrollar modelos de gestión institucional en las escuelas de educación inicial, básica y especial.