La inclusión

Evolución política en el marco de la educación inclusiva en el contexto internacional y nacional

  • Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial

    Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial
    Articulo 7:
    Los Estados partes se comprometen a tomar medidas inmediatas y eficaces, especialmente en las esferas de la enseñanza, la educación, la cultura y la información, para combatir los prejuicios que conduzcan a la discriminación racial y para promover la comprensión, la tolerancia y la amistad entre las naciones y los diversos grupos raciales o étnicos
  • Fundación Saldarriaga Concha

    Fundación Saldarriaga Concha
    La FSC es una organización de la sociedad civil creada en 1973 que trabaja para transformar a Colombia en una sociedad para todos. Para lograr contribuir una transformación cultural en la que primen el respeto por el otro y la solidaridad, en donde se asegure la inclusión social mediante el cumplimiento efectivo de derechos y deberes por parte del Estado y de los ciudadanos
  • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

    Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
    Artículo 10
    Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer, a fin de asegurarle la igualdad de derechos con el hombre en la esfera de la educación y en particular para asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres.
  • Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.

    Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.
    Los principios que inspiran la presente Ley se fundamentan en los derechos que el artículo cuarenta y nueve de la Constitución reconoce, en razón a la dignidad que les es propia, a los disminuidos en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales para su completa realización personal y su total integración social, y a los disminuidos profundos para la asistencia y tutela necesarias.
    Educación 23-31
  • Constitución Política de la República Federativa del Brasil, 1988

    Constitución Política de la República Federativa del Brasil, 1988
    208 de la Constitución del Brasil establezca entre los deberes del Estado con la educación la garantía de una lll.- atención educacional especial a los portadores de deficiencias, preferentemente en el sistema ordinario de enseñanza.
  • DECLARACION DE CARTAGENA DE INDIAS SOBRE POLITICAS INTEGRALES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL AREA IBEROAMERICANA

    DECLARACION DE CARTAGENA DE INDIAS SOBRE POLITICAS INTEGRALES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL AREA IBEROAMERICANA
    Contribuir a que las personas con discapacidades alcancen las mayores cotas posibles de autonomía personal y lleven una vida independiente, de acuerdo con sus propios deseos, haciendo efectivo el derecho a la propia identidad, a la intimidad personal, al respeto por el ejercicio responsable de sus libertades
  • Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad

    Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad
    Los Estados deben velar por que los programas de educación pública reflejen en todos sus aspectos el principio de la plena participación e igualdad.
  • Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad 1999

    Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad 1999
    Articulo III
    Medidas para eliminar progresivamente la discriminación y promover la integración por parte de las autoridades gubernamentales y/o entidades privadas en la prestación o suministro de bienes, servicios, instalaciones, programas y actividades, tales como el empleo, el transporte, las comunicaciones, la vivienda, la recreación, la educación, el deporte, el acceso a la justicia y los servicios policiales, y las actividades políticas y de administración.
  • la Ley 1098 de 2006 el Congreso de Colombia aprobó el Código de Infancia y Adolescencia

    la Ley 1098 de 2006 el Congreso de Colombia aprobó el Código de Infancia y Adolescencia
    En cuanto a los niños y las niñas con discapacidad, en el artículo 36 del Código se consagró que además de los derechos incluidos en la Constitución y en los tratados y convenios internacionales, los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad tienen derecho a gozar de una calidad de vida plena y a que se proporcionen las condiciones necesarias por parte del Estado para que puedan valerse por sí mismos e incluirse en la sociedad.
  • Plan Nacional Decenal de Educación 2006 -2016

    Plan Nacional Decenal de Educación 2006 -2016
    Inclusión, diversidad, diferencia, identidad y equidad. Diseñar y aplicar políticas públicas articuladas intra e intersectorialmente que garanticen una educación en y para la paz, la convivencia y la ciudadanía, basadas en:
    • Enfoque de derechos y deberes.
    • Principios de equidad, inclusión, diversidad social, económica, cultural, étnica, política, religiosa, sexual y de género.
  • LEY 1145 DE 2007

    LEY 1145 DE 2007
    Las normas consagradas en la presente ley, tienen por objeto impulsar la formulación e implementación de la política pública en discapacidad, en forma coordinada entre las entidades públicas del orden nacional, regional y local, las organizaciones de personas con y en situación de discapacidad y la sociedad civil, con el fin de promocionar y garantizar sus derechos fundamentales, en el marco de los Derechos Humanos.
  • LEY 1346 DE 2009

    LEY 1346 DE 2009
    "Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad", adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006.
    Artículo 24
    Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a la educación. Con miras a hacer efectivo este derecho sin discriminación y sobre la base de la igualdad de oportunidades, los Estados Partes asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles así como la enseñanza a lo largo de la vida
  • Ley 1448 de 2011

    Ley 1448 de 2011
    ARTÍCULO 51. MEDIDAS EN MATERIA DE EDUCACIÓN. Las distintas autoridades educativas adoptarán, en el ejercicio de sus competencias respectivas, las medidas necesarias para asegurar el acceso y la exención de todo tipo de costos académicos en los establecimientos educativos oficiales en los niveles de preescolar, básica y media a las víctimas señaladas en la presente ley.
  • LEY 1618 DE 2013

    LEY 1618 DE 2013
    Artículo 7. El Ministerio de Educación Nacional definirá la política y reglamentará el esquema de atención educativa a la población con necesidades educativas especiales, fomentando el acceso y la permanencia educativa con calidad, bajo un enfoque basado en la inclusión del servicio educativo.
  • DECRETO 1421 DE 2017 (agosto 29) por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad.

    DECRETO 1421 DE 2017  (agosto 29)  por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad.
    La atención educativa a la población con discapacidad se enmarca en los principios de la educación inclusiva: calidad, diversidad, pertinencia, participación, equidad e interculturalidad, establecidos por la Ley 1618 de 2013 en concordancia con las normas que hacen parte del bloque de constitucionalidad, así como en los fines de la educación previstos en la Ley 115 de 1994.