Desarrollo de la seguridad social en México y el mundo

  • 2635 BCE

    Egipto

    Egipto se crearon las instituciones de defensa y de ayuda mutua, que prestaban auxilio en caso de enfermedad, como el servicio de salud pública, financiado con un impuesto especial.
  • 2000 BCE

    Babilonia

    En Babilonia se obligaba a los dueños de los esclavos al pago de los honorarios a los médicos que los atendían en casos de enfermedad.
  • 1200 BCE

    Grecia

    En Grecia, los ciudadanos que por sus limitaciones físicas no podían subvenir a sus necesidades eran auxiliados, y educados los hijos de quienes habían perecido en defensa del Estado. Las "erans" consistían en asociaciones de trabajadores con fines de ayuda mutua. Las "hetairas" tuvieron también existencia en Grecia, cuando el trabajo estuvo a cargo exclusivo de esclavos.
  • 753 BCE

    Roma

    En Roma surgieron los "collegia corpora oficie", asociaciones de artesanos con propósitos mutuales, religiosos y de asistencia a los colegiados y a sus familiares, que asumían la obligación de atender a sus funerales. Los "collegia" subsistieron hasta la caída de Roma como resultado de las invasiones de los bárbaros.
  • 800

    Imperio Carolingio

    En el siglo VIII, Carlomagno dictaminó que cada parroquia debía sostener a sus pobres, viejos, enfermos sin trabajo y a los huérfanos, cuando no contaban con ayuda familiar.
  • 1001

    Alemania

    En Alemania aparecen las Guildas, que son organizaciones sociales encargadas de brindar comida a los pobres, de auxiliarse mutuamente en caso de enfermedades y de defenderse de sus agresores.
  • 1271

    Italia

    En Italia surgen las cofradías, organizaciones de artesanos que realizan su oficio de forma colectiva y practican un mismo culto, y que entregan a los socios pobres y enfermos una parte de sus rentas en forma de subsidios.
  • Period: 1309 to

    Seguro Privado

    Edad Media (1309) aparece el primer seguro privado. Y en el siglo XIX, como un contrato de derecho privado, con objeto de cubrir ciertos riesgos y contingencias sociales, mediante el convenio de su propósito, aleatorio y por consiguiente de naturaleza mercantil, en virtud del cual, mediante el pago de una prima estimada en función del riesgo asumido por la aseguradora, ésta se obligaba al pago del capital del seguro, al producirse el evento incierto y futuro materia de la convención.
  • 1501

    Edad Moderna

    En el siglo XVI, Tomás Moro escribe su obra La utopía, en la cual propone la abolición de la propiedad privada, la abolición del dinero, una jornada máxima de trabajo de seis horas, división del trabajo, la libertad de creencias y una forma de gobierno monárquica con elección del monarca por el pueblo, mediante procedimiento indirecto.
  • Inglaterra, Dinamarca y Suecia

    En Inglaterra (1601) se estableció un impuesto obligatorio a nivel nacional, para cubrir la asistencia parroquial (cada parroquia debía sostener a sus pobres, viejos, enfermos sin trabajo y a los huérfanos, cuando no contaban con ayuda familiar) y, dos siglos más tarde, Dinamarca y Suecia adoptan medidas similares, para asegurar de esta manera la responsabilidad de la comunidad.
  • Period: to

    Cajas de Ahorros

    Las cajas de ahorros se crean hacia el siglo XVII. En 1778 se sitúa la constitución de la caja de ahorros de Hamburgo. En 1786 se crea la de Oldemburgo, a la que siguen las de Berna, Basilea, Zurich, Altona y Gotinga. Inglaterra instituye una para los niños en 1798. En Suecia se funda otra en 1807; en Edimburgo, en 1815 y se instituye otra en Londres, en 1816.
  • Liberalismo

    Para el siglo XVIII habían desaparecido ya las guildas, las cofradías y los gremios. Se fueron creando algunos servicios de beneficencia: asilos, hospitales, centros psiquiátricos, hospicios, y el Estado comenzó a imponer medidas de higiene industrial, de prevención de accidentes limita las jornadas de trabajo y prohibió las actividades peligrosas, así como el trabajo por razón de edad.
  • Mutualismo

    Fue otro de los sistemas de ayuda mutua, mediante la creación de asociaciones entre miembros de determinadas colectividades, para asumir ciertos riesgos y contingencias sociales, como la vejez, invalidez, enfermedad y muerte, a través de las aportaciones de sus miembros. Está ausente el propósito de lucro, inspirándose en el principio de la solidaridad, el cual serviría de base y antecedentes de lo que hoy conocemos como seguridad social.
  • Socialismo

    Con el liberalismo imperaron la propiedad privada y la libre competencia, lo que dio origen a que el trabajador abaratara su mano de obra y redujera su ingreso, en virtud de lo cual no le era posible pagar su propia asistencia médica. Para contrarrestar esta corriente, surgió el socialismo donde los medios de producción pertenecen al Estado y se busca la igualdad, equidad y beneficio colectivo de sus integrantes, cubriendo todas sus necesidades, incluyendo la seguridad social.
  • Period: to

    Alemania

    La primera ley de seguro social fue la del Seguro Obligatorio de Enfermedades, establecida en 1883; la segunda en 1884, relacionada con el seguro de accidentes de trabajo de los obreros y empleados de las empresas industriales, y la tercera en 1889, alude al seguro obligatorio de invalidez y vejez. En 1905 los seguros se extienden a tres ramas: accidentes, enfermedad e invalidez. En 1911 se promulgó el Código Federal de Seguros Sociales y la Ley de Seguros de empleados particulares.
  • Teoría de riesgo profesional

    Defendida en Francia por Salleilles y Josserand (1897), con el propósito de amparar a los trabajadores víctimas de accidentes de trabajo. Esta teoría constituyó un notable avance para su época, porque en lo sucesivo el empresario, que se beneficiaba con los resultados de la negociación, debía asumir el riesgo del daño que sufrían quienes estaban a su servicio. Esta teoría fue el sustento de las leyes sobre accidentes de trabajo, que se difundieron en el mundo entero.
  • Estado de México

    Ley Sobre Accidentes de Trabajo del Estado de México, impulsada por José Vicente Villada, busca el bienestar de los obreros para protegerlos de accidentes laborales y es considerado uno de los primeros antecedentes legislativos en nuestro país sobre seguridad social.
  • Nuevo León

    Ley Sobre Accidentes de Trabajo del Estado de Nuevo León: Segundo antecedente legislativo de la seguridad social en México, en la cual se reconocía, por primera vez en el país, la obligación para los empresarios de atender a sus empleados en caso de enfermedad, accidente o muerte, derivados del cumplimiento de sus labores.
  • Period: to

    Inglaterra

    De 1907 a 1925 surgieron diversas leyes en materia de seguridad social en las que se establecían la atención médica al trabajador, jornada máxima de ocho horas en las minas, casas económicas para obreros y protección en caso de invalidez por enfermedad, asimismo se crearon pensiones de vejez, viudez y orfandad y surgió el seguro de maternidad que consistía en el otorgamiento de una prima equivalente a 13 semanas de salario para las trabajadoras embarazadas.
  • Veracruz

    Ley del Trabajo, Cándido Aguilar. Se establece la asistencia médica a los obreros enfermos, además se dan medios de subsistencia y curación cuando el obrero haya sufrido un accidente.
  • Yucatán

    Ley del Trabajo, Salvador Alvarado. Establece medidas de prevención de accidentes y enfermedades del trabajo. Los talleres deben contar con ventilación iluminación e instalaciones sanitarias. Establece normas de seguridad para el uso de elevadores, maquinaria peligrosa y calderas de vapor.
  • Hidalgo

    Ley Sobre Accidentes de Trabajo, Nicolás Flores. Establece que los patrones podrán sustraerse a la responsabilidad por los accidentes de trabajo, asegurando a los individuos de su dependencia en alguna de las compañías aseguradoras. Es un antecedente del seguro social, en cuanto a que se plantea la posibilidad de sustraer las obligaciones del patrón, respecto de los riesgos laborales.
  • Coahuila

    Ley del Trabajo, Gustavo Espinoza Mireles. Se establece la responsabilidad civil del patrón, de los accidentes con motivos y en ejercicio de la profesión. Esta comprende el pago de la asistencia médica y farmacéutica, así como el salario íntegro del obrero por seis meses. Se habla de incapacidad completa, temporal o perpetua.
  • México

    México tuvo el privilegio de promulgar en 1917, la primera Constitución social, estando a los términos del artículo 123 constitucional, como consecuencia de la revolución agrarista de 1910, anticipándose a la Constitución alemana de Weimar de 1919, y a la de España de 1931. Actualmente algunas Constituciones europeas y todas las americanas
    han seguido el ejemplo y contienen normas expresas sobre seguridad social.
  • Constitución Mexicana

    Cuando en 1917 se redactó y se promulgó en Querétaro la Constitución Federal actual, surgió como preocupación especial reflejada en la fracción XXIX, apartado A del artículo 123, la necesidad de establecer un sistema de seguros sociales, que resolviera razonablemente los riesgos laborales de los trabajadores, y encontrara un sustituto del salario, cuando por razones de invalidez o de vejez, éstos dejaran de ser útiles para el servicio.
  • Constitución de Weimar

    Alemania: La Constitución de Weimar de 1918 señala los siguientes principios:
    a) Competencia federal.
    b) Seguros contra todos los riesgos de vida en el trabajo.
    c) Predominio de las prestaciones preventivas.
    d) Intervención de los asegurados en la administración de seguros.
  • Ley General de Pensiones Civiles de Retiro

    En relación a la seguridad social de los trabajadores al servicio del Estado, cabe señalar que en 1925 apareció la Ley General de Pensiones Civiles de Retiro, mediante la cual por primera vez se otorgaron pensiones a los trabajadores que colaboraban en la administración pública y el Estado reconoció su obligación de contribuir al bienestar y la seguridad social de sus trabajadores, durante el mandato de Plutarco Elías Calles.
  • Estados Unidos

    En este país la Ley del Seguro Social fue promulgada en 1935 y entró en vigor en 1939; posteriormente en 1941, el entonces presidente Franklin D. Rooselvelt señaló la importancia de contar con una pensión de vejez y el seguro de desempleo, mediante el cual toda aquella persona que no tenga trabajo recibe una ayuda económica del Estado.
  • La Declaración Universal de los Derechos Humanos

    Aprobada y promulgada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948, la declaración establece en sus artículos 22 y 25 las bases para el establecimiento de la seguridad social en todo el mundo.
  • Ley del Seguro Social

    En 1929 se reformó el artículo 123 y se consideró de utilidad pública la expedición de la Ley del Seguro Social la cual comprendería los seguros de vida, invalidez, vejez, cesación involuntaria de trabajo, de accidentes y enfermedades, así como de otros seguros. Sin embargo, a pesar de esta reforma y de que el seguro social se estableció en la Constitución desde 1917, fue hasta 1943 cuando se promulgó la primera Ley del Seguro Social, durante el mandato de Manuel Ávila Camacho.
  • ISSSTE

    En 1959 apareció la primera Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y en 1984 durante el mandato de Miguel de la Madrid entró en vigor la siguiente.
  • Artículo 123

    En el gobierno del presidente Adolfo López Mateos, se añadió el apartado B. Los apartados A y B del artículo 123 establecen los principios que rigen a las instituciones en materia de seguridad social: Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) y el Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM).
  • Ley del Seguro Social

    La siguiente Ley del Seguro Social que se aplicó en nuestro país, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de abril de 1973, durante el gobierno de Luis Echeverría Álvarez. En dicha legislación, el seguro social se hizo extensivo a no asalariados, ejidatarios, colonos, comuneros, pequeños propietarios, patrones personas físicas y trabajadoras domésticas.
  • Ley del Seguro Social

    La actual Ley del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 1995, entró en vigor el 1º de julio de 1997, durante el periodo presidencial de Ernesto Zedillo.
  • Organización Internacional del Trabajo

    Los convenios que la Organización Internacional del Trabajo ha establecido para solucionar los problemas de enfermedad, invalidez, vejez y muerte, y constituyen verdaderas normas de derecho internacional en el ámbito de la seguridad social. Ejemplos: Convenio 159 relativo a la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas (1983); Convenio 161 relativo a los servicios de salud en el trabajo (1985).
  • Referencias bibliográficas

    Ramírez-Chavero, I. (2009). Antecedentes históricos del seguro social. En Nociones jurídicas de los seguros sociales en México (pp. 27-37). México: Porrúa. Recuperado de http://biblioteca.diputados.gob.mx/janium/bv/ce/scpd/LX/noc_jur_seg_soc.pdf Nugent, R. (1997). La seguridad social: su historia y sus fuentes. En De Buen, N. & Morgado, E. Instituciones de derecho del trabajo y de la seguridad social (pp. 603-622). México: UNAM. Recuperado de http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/1/139/36.pdf