Acceso

Derecho de acceso a la información pública en México

  • Primera manifestación en una Real Ordenanza

    Primera manifestación en una Real Ordenanza
    Sobre libertad de prensa.
  • La declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

    La declaración Universal de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
    La cual expresa en su artículo 11 que la libre comunicación de pensamientos y opiniones es uno de los derechos más preciosos de los hombres.
  • Declaración del Hombre

    Declaración del Hombre
    En la Declaración del Hombre en su Artículo 17 encontramos antecedentes del concepto básico de la naturaleza de la comunicación
  • Reconocimiento y protección a la libertad de expresión

    Reconocimiento y protección a la libertad de expresión
    Se generaliza el reconocimiento y protección la libertad de expresión y sus manifestaciones más importantes, se prohibió la censura previa en varios documentos constitucionales, las libertades debían ser compatibles con otras como la vida privada, los derechos de terceros, etcétera, y que había una remisión general a leyes específicas para la reglamentación de las libertades y derechos.
  • Artículos 6º y 7º

    Artículos 6º y 7º
    Los artículos 6º y 7º constitucionales, no fueron reformados estos se refieren a las libertades de expresión y de prensa, respectivamente.
  • Derecho a la información

    Derecho a la información
    El derecho a la información aparece por primera vez en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre,
    Aprobada por la Organización de las Naciones Unidas. Su artículo 19 disponía: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión".
  • Países incorporaron a su legislación los contenidos del derecho a la información

    Países incorporaron a su legislación los contenidos del derecho a la información
    Muchos países incorporaron a su legislación interna ya sea a nivel constitucional o legal los contenidos del derecho a la información en su triple vertiente. México no lo hizo, por lo que presenta un retraso de varias décadas en el campo del derecho a la información.
  • Primera ley sobre acceso a la información

    Primera ley sobre acceso a la información
    La primera ley sobre acceso a la información se sanciona en los EE.UU. Se trata de la "Freedom of Information Act", según la cual toda agencia gubernamental debe responder a cualquier pedido específico de información sobre los archivos, fichas, informes, etc. dentro de un período limitado de tiempo.
  • La Asamblea General de las Naciones Unidas.

    La Asamblea General de las Naciones Unidas.
    La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyo artículo 19.º establece lo siguiente: “Artículo 19: 1. Nadie podrá ser molestado por causa de sus opiniones. 2. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole.
  • Convención Americana Sobre Derechos Humanos de la OEA

    Convención Americana Sobre Derechos Humanos de la OEA
    De en San José de Costa Rica conocido como Pacto de San José define de manera clara los conceptos Democratización y regulación del derecho de acceso a la información que en México refieren a la libertad de expresión, derecho a la privacidad, derecho a la información y derecho de réplica”.
  • Las constituciones

    Las constituciones
    Las constituciones de Grecia (1975) Portugal (1976) y España (1978) son las primeras en incorporar el derecho de libre acceso a la información a sus textos. Este derecho fue consagrado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
  • Reforma política

    Reforma política
    Con la reforma política del Presidente López Portillo, que se adicionó la parte final del artículo 6º para incluirle una nueva oración: "El derecho a la información será garantizado por el Estado".
  • Intentos por actualizar nuestra legislación.

    Intentos por actualizar nuestra legislación.
    1980, 1995 y 1998 Se iniciaron los sucesivos intentos por reglamentar esta disposición constitucional y actualizar nuestra legislación en materia de información y comunicación social. En los tres intentos se optó por el camino de la expedición de una ley marco (ley federal de comunicación social).
  • Unión europea

    Unión europea
    En la unión europea se dicto una directiva que regulara el acceso a la información ambiental para el conjunto de los países que la componen.
  • Se crea la Comisión Especial de Comunicación Social.

    Se crea la Comisión Especial de Comunicación Social.
    Se crea la Comisión Especial de Comunicación Social en la Cámara de Diputados, con el Centro de Documentación, Información y Análisis Servicios de Investigación y Análisis Política Interior 8 propósito de presentar iniciativas de ley para actualizar la legislación en materia de comunicación social.
  • Constitución e Información en México.

    Constitución e Información en México.
    El ámbito mexicano, realiza a nivel constitucional, en materia de información la “Constitución e Información en México Las libertades de expresión, de escribir y de publicar fueron recogidas y protegidas en México desde los orígenes de su derecho constitucional.