-
Period: 3500 BCE to 1000 BCE
Pueblos Primitivos
Se presentan rasgos similares de evolución, la administración de justicia está en manos de un jefe, de un consejo de ancianos o de un brujo y que la solución de los litigios tendrá características místicas o mágicas religiosas, los procesos se caracterizan por su formalismo y teatralidad. Estos rasgos podían consistir en gestos, actuaciones, determinadas palabras sacramentales, inclinaciones, etc., sin los cuales los actos procesales carecían de validez. -
2500 BCE
Procesos jurisdiccionales primitivos
Jurista Alemán Kohler "Al confrontar las fuentes históricas europeas y americanas, se observa que el proceso tuvo una formación natural, significando con ello que no se trata del descubrimiento que pueda reclamar pueblo alguno para sí." -
2000 BCE
Etapa de la monarquía
Durante la monarquía, que es una fase primitiva de desarrollo en todos los ámbitos culturales y sociales, tenemos la etapa llamada de las acciones de la ley de orden judicial privado, "acciones de la ley y proceso formulado" -
Period: 1000 BCE to 476
Roma
Antecedente más importante de las construcciones sistemáticas y doctrinales, desarrolló su derecho de forma técnica y sistemáticamente, con carácter militar y jurídico. -
1 CE
Etapa de la República
Durante la república se nos presenta la etapa denominada del proceso formulario, de orden judicial privado, "acciones de la ley y proceso formulado" -
476
Etapa del Imperio
En el imperio surge el llamado proceso extraordinario, de orden judicial público, "proceso extraordinario" -
Period: 476 to 1000
Germánicos
Existía una asamblea del pueblo llamada el Ding, el juez intervenía como instructor, investigador del derecho y un director de los debates. La sentencia era pronunciada por esta asamblea. El proceso, al lado del cual existe aún la autodefensa, es común tanto para las cuestiones civiles como para las penales y su fin es el de obtener una reparación, procurando inicialmente un acuerdo entre las partes y, si éste no se logra, entonces coactivamente el pago de una sanción pecuniaria. -
520
Procesos germánicos
El proceso germánico se ha querido caracterizar como de índole publicista, frente a la tendencia predominantemente privatista del derecho romano, mientras que en determinados enfoques del derecho civil romano prevalece o se protege con mayor rigor el derecho del individuo frente a la colectividad, en el derecho germánico la nota de acentuación es el predominio de los intereses de la colectividad sobre los del individuo. -
Period: 1000 to 1200
Proceso medieval italiano
En Italia se completa la fusión de los procedimientos romano y germano. El fondo de la misma está constituido por el derecho longobardo-franco, que luego evoluciona bajo el influjo de teorías romanas y de las leyes eclesiásticas y estatutarias. La jurisdicción está en manos de los funcionarios, al lado de los cuales se desarrolla la abogacía. -
1050
Proceso Italiano
El proceso comienza con una citación con plazo hecha al demandado, plazo dentro del cual se presenta la demanda. Contra ésta, el demandado puede oponer excepciones impedientes o dilatorias sobre las cuales se ha de decidir de nuevo en otro plazo determinado, La sentencia puede ser impugnada por apelación y, en un grado de desarrollo más avanzado, por medio de la querella nullitatis, por la cual se pide la nulidad de la sentencia, lo que llamamos amparo directo en el sistema jurídico mexicano. -
1100
Juicios de tipo sumario
a) El llamado procedimiento ejecutivo, merced al cual, con base en su misión del deudor o de determinados documentos dotados por la ley de una fuerza ejecutiva, se llega directamente a la ejecución, o a una cognición sumaria.
b) El proceso de mandato condicionado o no condicionado, enlazado aquél con el procedimiento interdictal romano, y éste con el procedimiento monitorio.
c) El procedimiento de embargo que se propone lograr una garantía de la ejecución contra el deudor sospechoso. -
Period: 1200 to
Antiguo enjuiciamiento español
Es muy difícil hacer una referencia correcta que resuma las principales características del antiguo proceso español. Hay varias razones que explican esa dificultad, entre otras la circunstancia de que el proceso español se proyecta históricamente a través de más de 10 siglos y, además, la historia misma de España, que como es bien sabido es una mezcla de influencias célticas, fenicias, griegas, romanas, visigodas y árabes -
Códigos españoles
• Código de las Partidas de 1265
• Ordenamiento de Alcalá de 1348
• Ordenamiento Real de 1485
• Ordenanzas de Medina de 1489
• Ordenanzas de Madrid de 1502
• Ordenanzas de Alcalá de 1503
• Leyes de Toro de 1503
• Nueva Recopilación de 1567
• Novísima Recopilación de las Leyes de España de 1805 -
Period: to
Revolución Francesa y la Codificación
Movimiento social, económico y de contenido filosófico y político de gran trascendencia para toda la humanidad, triunfo de la burguesía sobre la nobleza y sobre el feudalismo. En el aspecto político los principios en la filosofía de la Ilustración y en el pensamiento de grandes filósofos como Rousseau, Montesquieu, etc, se sienta las bases para la creación de los modernos estados de derecho y coloca los cimientos que sostendrán el capitalismo y la Revolución industrial mecánica. -
Period: to
Proceso inquisitorial
El proceso inquisitorial es característico de los regímenes absolutistas anteriores a la Revolución francesa. Aquí, el juez ejerce el poder que le ha sido transmitido o delegado por el soberano, sin ninguna limitación. Además de ser el juzgador, es también un investigador con amplios poderes e inclusive un acusador.