Antecedentes del Derecho Mexicano del Trabajo

  • 1910 BCE

    El periodo precolonial

    El periodo precolonial
    existían algunas otras formas de servidumbre entre los aztecas, mencionando Castorena a los esclavos, aunque con más derechos que los que tenían de acuerdo a la concepción europea del término; a los mayeques, que eran trabajadores agrícolas, y a los tlamemes, dedicados a la carga, ante la ausencia de otros medios de transporte. Finalmente, existían también pueblos tributarios, respecto de quienes en diversos grados pesaban obligaciones de efectuar trabajos forzados.
  • 1 CE

    De la Constitución de 1857 a la época prerrevolucionaria

    De la Constitución de 1857 a la época prerrevolucionaria
    Si bien es cierto que en la Constitución de 1857 propiamente no se consagraron derechos concretos relativos a los trabajadores, también lo es que en el seno del Congreso Constituyente sí fueron discutidos temas directamente relacionados con el derecho del trabajo. Al respecto, “en dos ocasiones se propuso al Congreso la cuestión del derecho del trabajo, pero no se logró su reconocimiento.
  • 1 CE

    El periodo colonial

    El periodo colonial
    Dos son los ordenamientos que se citan en este periodo de la historia de México, que tienen alguna relación con el fenómeno de la prestación de servicios: las Leyes de Indias y las Ordenanzas de Gremios.
  • 1 CE

    los anteceDentes Del Derecho mexicano Del trabaJo De 1810 a 1910

    los anteceDentes Del Derecho mexicano Del trabaJo De 1810 a 1910
    el lapso de cien años antes referido es susceptible de dividirse en varios periodos: el que va de 1810 a 1821, que corresponde propiamente a la guerra de independencia, pero durante el cual fueron expedidos diversos documentos de gran importancia; el comprendido de 1821, aunque tal vez más propiamente de 1824, año en que se expide la primera Constitución realmente vigente.
  • 1 CE

    los antecedentes Del Derecho mexicano Del trabajo De 1810 a 1910

    los antecedentes Del Derecho mexicano Del trabajo De 1810 a 1910
    hasta 1857 en que se expide la segunda Constitución Federal, periodo durante el cual se suscitan múltiples movimientos políticos y militares, así como documentos jurídicos de interés; finalmente, el que comprende de 1857 a 1910, en que se inicia la Revolución Mexicana, periodo dentro del cual se producen acontecimientos de gran trascendencia, tales como la Guerra de Reforma, la llamada “intervención francesa”.
  • 1 CE

    El periodo 1810-1824

    El periodo 1810-1824
    En este lapso, independientemente de los acontecimientos de orden estrictamente militar, se produjeron importantes documentos políticos, en la mayoría de los cuales ciertamente no se tocaron aspectos laborales, pero de cualquier manera es conveniente hacer mención de ellos. El llamado Bando de Hidalgo, expedido por don Miguel Hidalgo y Costilla en Guadalajara, Jalisco, el 6 de diciembre de 1810, incluyó entre sus disposiciones la abolición de la esclavitud.
  • 1 CE

    El periodo 1824-1857

    El periodo 1824-1857
    Posteriormente, ni el Acta Constitutiva de la Federación del 31 de enero de 1824 ni la Constitución Federal del 4 de octubre del mismo año contienen disposiciones que se ocupen de las cuestiones laborales, lo cual se explica, pues la principal definición política de este documento constitucional fue la adopción de la forma federal de gobierno.
  • 1 CE

    el Congreso Constituyente de 1916-1917 conducirla a la redacción del artículo 123

    el Congreso Constituyente de 1916-1917 conducirla a la redacción del artículo 123
    Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales, sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento. La Ley no puede autorizar ningún contrato que tenga por objeto la pérdida o el irrevocable sacrificio de la libertad del hombre, ya sea por causa de trabajo, de educación o de voto religioso. Tampoco puede autorizar convenios en que el hombre pacte su proscripción o destierro.
  • 1 CE

    el artículo 32 consignó

    el artículo 32 consignó
    “Se expedirán leyes para mejorar la condición de los mexicanos laboriosos, premiando a los que se distingan en cualquier ciencia o arte, estimulando el trabajo y fundando colegios y escuelas prácticas de artes y oficios”.
  • 1 CE

    De la revolución a la constitución De 1917

    De la revolución a la constitución De 1917
    Este periodo es el que transcurre desde la renuncia del general Porfirio Díaz plasmada en los convenios de Ciudad Juárez, Chihuahua, del 21 de mayo de 1911, a la expedición de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 1917.
  • 1 CE

    la constitución De 1917

    la constitución De 1917
    El 14 de septiembre de 1916, Venustiano Carranza convocó a elecciones de representantes a un Congreso Constituyente que determinara el contenido futuro de la Constitución, precisándose en su exposición de motivos que “...si bien la Constitución de mil ochocientos cincuenta y siete fijó el procedimiento para su reforma, esa norma no podía ser un obstáculo para que el pueblo «titular esencial y originario de la soberanía»”
  • 1 CE

    el Periodo De 1917 a 1929

    el Periodo De 1917 a 1929
    el Congreso de la Unión no pudo legislar para el Distrito Federal, porque siempre intervinieron consideraciones de orden político. Por otra parte, en aquellos años se carecía de experiencia y se ignoraban las verdaderas condiciones de la República. Era pues, más sencillo y práctico encomendar a los Estados la expedición de las leyes, ya que era más fácil conocer las necesidades reales de cada región que las de todo el país”
  • 1 CE

    la federalización De la legislación laboral y la ley federal Del trabajo De 1931

    la federalización De la legislación laboral y la ley federal Del trabajo De 1931
    El 6 de septiembre de 1929 se publicara la reforma constitucional a los artículos 73, fracción X, y 123 en su párrafo introductorio. Desde entonces corresponde al Congreso de la Unión expedir la legislación reglamentaria en materia laboral, con lo cual quedó derogada la legislación que habían expedido las legislaturas de las entidades federativas, pero se dividió la aplicación de la ley entre las autoridades federales y las locales.
  • 1 CE

    el Periodo De 1931 a 1970

    el Periodo De 1931 a 1970
    Las casi cuatro décadas que transcurren entre la expedición de la primera Ley Federal del Trabajo y la que aún se mantiene vigente es de particular importancia para el derecho mexicano del trabajo, ya que en ese lapso el país experimenta un considerable desarrollo económico; con ello se consolida la industrialización y por tanto México deja de ser un país preponderantemente rústico para pasar a ser principalmente urbano.
  • 1 CE

    el Periodo De 1970 a 2012

    el Periodo De 1970 a 2012
    A casi cuarenta y tres años de su expedición, la Ley Federal del Trabajo de 1970 continúa vigente. En esas cuatro décadas el país ha experimentado importantes cambios políticos, sociales, económicos y jurídico
  • 1 CE

    la reforma laboral De 2012

    la reforma laboral De 2012
    La “reforma laboral de 2012” comprende propiamente, como lo indica la denominación del decreto respectivo, reformas, adiciones y derogaciones que afectaron preceptos que se ocupan de los principios generales del derecho del trabajo, del derecho individual del trabajo, del derecho colectivo del trabajo, del derecho administrativo del trabajo, del derecho procesal del trabajo y de las normas de previsión social.
  • 1 CE

    El periodo colonial

    El periodo colonial
    las disposiciones más importantes, desde el punto de vista laboral, contenidas en las Leyes de Indias, las relativas a la idea de la reducción de las horas de trabajo; la determinación específica de la jornada de ocho hrs (Ley VI del título VI del libro III de 1593); los descansos semanales; el pago del séptimo día; la protección al salario de los trabajadores y, en especial, con respecto al pago en efectivo, oportuno e íntegro, la fijación de un salario mínimo para los indios en labores y minas
  • 1 CE

    la ley federal Del trabajo De 1970

    la ley federal Del trabajo De 1970
    .consulta y discusión públicas con las fuerzas activas de la vida nacional, trabajadores, patronos y sindicatos, escuelas de derecho e institutos jurídicos y económicos, autoridades del trabajo y, en general, con los representantes de los intereses nacionales, constituyen una auténtica consulta y un debate con el pueblo, un procedimiento que de continuarse en ocasión de otras leyes, producirá una legislación cada vez más próxima a la conciencia del pueblo, titular único de la soberanía
  • Jan 1, 1521

    El periodo colonial

    El periodo colonial
    De acuerdo con lo que se ha expuesto, este periodo comprendería de 1521 a 1821, año en que se consuma la independencia. A diferencia del periodo anterior, en éste los autores son acordes en la existencia de un amplio material de consulta sobre la vida política, económica y social. Lo que ocurre, sin embargo, es que los acontecimientos no arrojan datos específicamente vinculados a las instituciones laborales, simplemente en razón de que las circunstancias de la época no se prestaban.
  • los anteceDentes anteriores a 1810

    los anteceDentes anteriores a 1810
    el derecho mexicano del trabajo tiene sus antecedentes específicos en el siglo XX, inmediatamente antes y después de la Revolución de 1910, habiéndose conformado plenamente en la Constitución de 1917, a partir de la cual la legislación ha desarrollado sus instituciones hasta alcanzar las características que ahora tiene.