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Period: 4000 BCE to 476
Edad Antigua- Esclavos
El derecho del trabajo se le resto valor, ya que era una actividad impropia para los individuos, por lo que su desempeño estaba a cargo de los esclavos.
En Roma se encuadro dentro derecho civil, bajo figuras de arrendamiento y compraventa: de esclavos y de hombres libres que se arrendaron. -
Period: 476 to 1492
Edad Media- Gremios
En esta época cobra un auge el artesano y surgen los gremios, ellos regulaban condiciones de prestaciones de servicios de sus agremiados y la reciprocidad de la ayuda económica entre ellos, estos estaban formados por maestros, oficiales y compañeros. Estos gremios nacen como emancipación, rompiendo relaciones con el señor feudal y emigrando a las ciudades, donde se dedican a una determinada actividad. -
Period: 1492 to
Época Moderna
En la tercera etapa, rigen los principios de la doctrina liberal individualista, una concepción filosófica de la sociedad y del hombre, se funda en la teoría del derecho natural y los derechos del ser humano.
Básicamente esta corriente pugnaba porque se dejará al hombre el campo totalmente libre, sin trabas ni sujeciones, en el desempeño de sus actividades porque el hombre es por su naturaleza libre y el Estado debe proteger este derecho. -
1512
Leyes de Burgos
Leyes de Burgos, el primer código legislativo establecido por la monarquía española para las Indias.
En el plano teórico, las Leyes de Burgos pretendieron mejorar el tratamiento dado a los indios, suavizar sus obligaciones laborales, regular sus condiciones de vida y velar por su evangelización y enseñanza, sin discutir en ningún momento que los indios eran libres ‘e non sujetos a servidumbre’ como ya se había establecido en 1503. -
Leyes de Indias
Constituyen un verdadero código, pues establecieron derechos que hasta ese momento eran desconocidos en la Nueva España. En uno de sus textos las considera en los términos siguientes: "Algunas de ellas regularon el contrato de trabajo sobre la base de reconocer y sancionar la libertad de trabajo de los indígenas de protegerlos, de limitar la edad de admisión en el trabajo, de obligar al trato humano a quien los ocupaba y de limitar la duración del trabajo al periodo de un año. " -
Period: to
Edad Contemporánea
Nace el Derecho Social, a causa de:
La profunda división que entre hombres produjo el sistema económico liberal, agrupándolas esencialmente en dos sectores irreconocibles entre sí, por un lado, los dueños del capital, y por el otro quienes subsidian mediante alquiles de su fuerza de trabajo en los siglos XVIII y XIX. -
La abolición de la esclavitud- Independencia
La abolición de la esclavitud, por Miguel Hidalgo y Costilla en Valladolid, por medio de un bando que cumplimentaba al intendente de la provincia. Es decir se reconoce un derecho que antes no se reconocía ni la condición humana. -
SENTIMIENTOS DE LA NACION
Morelos convocó al Primer Congreso de Anáhuac a
celebrarse en Chilpancingo.
En la primera sesión, Juan Nepomuceno, en representación de Morelos, presentó el documento llamado “Los Sentimientos de la Nación”, documento que plasma la forma en la que debería de funcionar el México independiente. -
El Plan de Iguala
En sus puntos más importantes declaraba a México como un país soberano e independiente y establecía tres puntos fundamentales: Declaraba la Independencia de México de España. Establecía la Religión Católica como religión oficial y única de la nación. Y apostaba por la Unión de todos, fueran españoles, americanos, africanos o asiáticos. -
Constitución de 1824
La Constitución Federal de 1824 y el Código de las Siete Leyes, omitieron los temas del trabajo y la asociación; ambos fueron retomados por el Constituyente de 1856-1857.
Dos tesis Lucas Alamán infraestructura fabril con apoyo del Estado, y otra Luis Mora, concurrencia libre, iniciativa privada. -
La Constitución de 1857
La revolución de Ayutla buscaba derrocar a Santa Anna y con el fin de reconocer los derechos fundamentales del hombre. Los artículos 4 y 5 consignaron las libertades profesional, industrial y de trabajo. -
Legislación de Maximiliano de Hasburgo
Fue el primer indigenista de México y, quizá, el primer estadista en el mundo que legisló a favor de los trabajadores del país, cuando aprobó una ley que prohibía el castigo corporal de los trabajadores y limitaba las horas de trabajo, que garantizaba el pago de los salarios en moneda de metal, un control sobre los créditos otorgados en las tiendas de raya, además que estipulaba que las deudas contraídas por los padres no podían ser heredadas por los hijos. -
Constitución de 1917
Le correspondió el privilegio histórico de elevar el rango a nivel constitucional del trabajo y su organización, de esta forma, los dos artículos que comprendieron la materia laboral, fueron el 5° y el 123 constitucionales; el 5° consagró la libertad del trabajo y el artículo 123 regula los principios básicos en toda relación laboral como la jornada de trabajo, días de descanso, salario mínimo, riesgos de trabajo, despido de los trabajadores, entre otros. -
Ley Federal del Trabajo de 1931
En el texto original del art. 123 constitucional se otorgaron facultades a la entidades federativas para legislar en materia de derecho laboral, esta facultad fue derogada, es decir, quedó sin efecto por las reformas del 6 de septiembre de 1929, por las que dicha facultad sólo se otorgó a la Federación, culminando con la promulgación de la Ley Federal del Trabajo de 1931, en la
que se fincaron las bases generales de los derechos de los trabajadores. -
Ley Federal del Trabajo de 1970
Entró en vigor el 1° de mayo de 1970. En ella se retoman y conjugan todas las reformas de la ley anterior; asimismo se determina de manera clara y concreta la forma en que deberán ser respetados los derechos de los trabajadores y de los patrones y la forma en que deberán resolverse los conflictos que se susciten entre ellos. Además, se establece una nueva figura jurídica en materia laboral denominada comisiones. -
Reforma procesal de 1980
El 1° de mayo entraron en vigor las reformas sustanciales a la
Ley Federal del Trabajo, en materia procesal, como consecuencia de los cambios que la sociedad demandaba para hacer cada vez más expedita y accesible la impartición de justicia laboral. Dentro de las reformas procesales más importantes se encuentra el fortalecimiento de los principios de concentración e inmediatez, característicos del sistema oral.