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John Locke en la propiedad privada
Él es el creador de la teoría del estado de derecho individualista y liberal, esta teoría buscada preservar la propiedad con la ayuda de un parlamento, en este parlamento solo participaban los que contaran con tierras y riquezas y es así como surge la siguiente división:
*Poseedores de tierra y riqueza.
*Hombre sin tierra y riqueza. -
Fisiócratas en la propiedad privada
Mercier de la Rivière, dijo: “.. La propiedad no es otra cosa que el derecho de gozar... Atacar la propiedad es atacar la libertad y alterar la libertad, es alterar la propiedad..” La propiedad privada ahora considerada como Derecho Natural fundamental de la vida en propiedad. -
Declaración de los Derechos del Hombre
Las ideas anteriores se ratificaron en esta declaración por la Asamblea Nacional de Francia, y de acuerdo a Rabaut de Saint – Etienne, los derechos fundamentales son:
*Libertad
*Propiedad
*Igualdad -
Ley de Chapelier
Proclama la libertada para dedicarse al trabajo que se crea conveniente y suprime los beneficios de las corporaciones, prohíbe las instituciones del derecho colectivo trabajo incluyendo huelgas, asociaciones profesionales (art. 2) y la fijación de condiciones generales de trabajo (art. 4). -
La Edad Heroica
Se inicia por la Ley Inglesa de Francis Place en 1824, la publicación del Manifiesto del Partido Comunista y la Revolución Francesa de 1848 -
La Era de la Tolerancia
La huelga y la asociación son toleradas luego de que en la revolución de 1848 la Comisión de Luxemburgo las aceptara, sin embargo, no constituían derechos laborales. -
El Reconocimiento de las Instituciones
Se refiere al logro de:
*Luchas del movimiento obrero.
*Fuerza del pensamiento socialista.
*Concepción de una vida social -
Constitución de 1857
En esta se consiguen varios cambios en los siguientes artículos:
*Art. 4: se consagra la libertad de trabajo.
*Art. 5: nadie puede ser obligado a prestar trabajos.
*Art. 9: no se puede prohibir el derecho de asociarse. Estos no eran aplicables a empresas con fuerzas políticas por lo que surgieron distintas huelgas y conflictos. -
Ley Millán
Primer ley en reconocer la legitimidad de las asociaciones obreras, en el estado de Veracruz, en la que se reconocía la libertad de asociarse como un derecho natural del hombre. -
Declaración de Derechos Sociales de 1917
La Constitución de 1917 establece los derechos sociales y de esta forma las bases para el derecho laboral de nuestro país, en su artículo 123 fracción XVI se establecen los derechos colectivos como el de agruparse, de huelga y las autoridades laborales.