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Antecedentes del Derecho Colectivo del Trabajo.

  • 1524

    La asociación de herreros

    La asociación de herreros
    Determinada como una de las primeras ordenanzas
    reguladoras en México, de uno de los gremios de mayor trascendencia.
  • Revolución Industrial

    Revolución Industrial
    Siglo XVIII
    El derecho laboral encuentra su génesis en los “abusos” que durante la Revolución Industrial padecieron los trabajadores en las fábricas inglesas. Desde entonces, los derechos de los trabajadores han sido el principal caballo de batalla de los socialistas para procurar defender al proletariado de las opresoras garras del gran capital.
  • Después de la independencia de México

    Después de la independencia de México
    Y hasta finalizar el siglo, el Estado omitió reglamentar cuestiones de trabajo e incluso prohibió la organización de grupos que se relacionaran con cuestiones de trabajo, en especial a aquellos que tuvieran como finalidad tratar asuntos relativos al incremento en los
    salarios.
  • Sociedad particular de socorros mutuos.

    Sociedad particular de socorros mutuos.
    La represión existente en su momento, los trabajadores se vieron obligados a formar grupos mutualistas, así nació la sociedad particular de socorros mutuos.
  • Círculo de Obreros de México

     Círculo de Obreros de México
    Ante tal ejemplo, ya para 1872 surge una nueva
    agrupación denominada Círculo de Obreros de México, otra denominada Sociedad Mutualista del Ahorro y otra cuya denominación era Circulo de Obreros Libres de
    Orizaba, y finalmente en 1906, la Casa del Obrero Mundial.
  • Las huelgas centenarias de Cananea y Río Blanco

    Las huelgas centenarias de Cananea y Río Blanco
    Donde los trabajadores del norte y del sur, hermanados en la misma lucha solidaria, luchando para que sus condiciones de vida y trabajo mejoraran, para conseguir una disminución en el horario de trabajo, una mejor remuneración, mejores condiciones de seguridad e higiene y la abolición de las famosas listas de raya, fueron la base para que las luchas de los trabajadores se desarrollaran en el país
    y se incorporarán a la Revolución mexicana.
  • Revolución Mexicana

     Revolución Mexicana
    Se distinguen como precursores en el campo ideológico, especialmente por lo que hace a la organización de los trabajadores, a Ricardo Flores Magón y Enrique Flores Magón, así como a Camilo Arriaga, nombres que se mencionan poco en nuestra época revolucionaria.
  • Las leyes del trabajo de Veracruz

    Las leyes del trabajo de Veracruz
    Reconocieron la libertad sindical y
    la normaron señalando que debería registrarse comunicando a la “Junta de Administración Civil” su objeto, condiciones de admisión y separación de sus miembros, la forma de nombrar a su mesa directiva, entre otras cosas.
  • Ley del Trabajo de Veracruz (artículo 45)

    La Ley del Trabajo de Veracruz en su artículo 45
    señalaba como requisito para la creación de un sindicato su inscripción ante la autoridad municipal y el artículo 146 establecía que la solicitud de registro debería ser acompañada con copia del acta constitutiva, copia de la sección en la que se hubiere designado a la mesa directiva, así como una copia de los estatutos, entre
    otras cosas.
  • La Ley del Trabajo de Tamaulipas

    La Ley del Trabajo de Tamaulipas
    antecedente de la primera ley
    de trabajo de 1931, preveía que la organización gremial contaría con la mayoría de los trabajadores que prestaran sus servicios para una misma empresa, además que los estatutos deberían formarse libremente por los asociados, también exigía la aprobación de la Junta de Conciliación y Arbitraje, situación que constituyo una
    de las primeras formas de intervención por parte del Estado en las organizaciones obreras.
  • Marxismo-Leninismo

    Marxismo-Leninismo
    La primera forma de la lucha proletaria fue la lucha económica que se refleja en la defensa de los intereses profesionales (aumentos de salarios, reducción de la jornada, mejoramiento de las
    condiciones de trabajo, etc.)
  • Ley Federal del Trabajo

    Ley Federal del Trabajo
    Donde se especifican y señalan los requisitos de los sindicatos como elemento esencial de su existencia; y en su artículo 242 de la ley obliga a las organizaciones sindicales a registrarse ante la Junta de Conciliación y Arbitraje o ante la Secretaría del Trabajo, de acuerdo con la competencia local o federal.