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La Era de la Tolerancia Inglaterra 1824
Fue una era en Inglaterra que pasó de la prohibición a la tolerancia de la asociación profesional y la huelga. -
La Revolución de 1848 (huelga y asociación sindical).
Los obreros lograron que durante la Revolución de 1848 la Comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical). -
Individualismo y liberalismo en Mexico
Se consagra la libertad del trabajo, nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento, a nadie se le prohibe el derecho de asociarse lícitamente. -
Ley Ollivier
Se suprimen los delitos de coalición y huelga por la Ley del 25 de mayo de 1864. -
La Era de la Tolerancia Francia 1864
Se derogaron las normas que sancionaban la creación de asociaciones profesionales y las huelgas. -
Ley de Sindicatos Profesionales (Trade Unions)
La Gran Bretaña abrogó en 1824 la Combination Acts de 1799 y 1800 sin ser plenamente legales los sindicatos sino hasta después del voto. -
Ley General de Asociaciones (Francia)
En la Ley General de Asociaciones de 1901 las asociaciones pudieron contar con plena personalidad jurídica. -
Ley Millán
Fue la primera Ley que reconoció en el estado de Veracruz la legitimidad de las asociaciones obreras. -
La Declaración de Derechos Sociales en 1917 y el Derecho Colectivo del Trabajo
Inició el derecho de agruparse, la huelga, y las autoridades laborales además de los Derechos Colectivos. -
La Era de la Reglamentación (México, Art. 123)
Se inicia a partir de la Constitución de 1917 donde el derecho del trabajo se constituye como una parte de las garantías sociales de los hombres. -
La Constitución alemana de Weimar
Es una Ley que consagra un capítulo al derecho del trabajo constituyéndose en la primera Constitución que en Europa contenía un capítulo de tal magnitud. -
La Ley Federal del Trabajo de (México)
Se reconoce y reglamenta el derecho a un trabajo con una remuneración justa, derecho a la estabilidad laboral, el derecho a poder formar coaliciones o sindicatos, el derecho de negociar colectivamente y el derecho a la huelga.