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1 CE
Artículo 2 de la Ley N° 11.687:
Se debe publicar el aviso por 5 días en el Boletin Oficial y en los periodicos locales.
El anuncio debe tener:
-La Clase y Ubicación del Negocio.
-El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
-El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano -
2
Artículo 3 de la Ley N° 11.687
Entregar al comprador una nota firmada con la siguiente información:
-Detalle de los créditos adeudados.
-Nombre y domicilio de los acreedores.
-Monto de los créditos adeudados.
-Fechas de vencimiento -
3
Artículo 4 de la Ley N° 11.687 - Oposiciones:
Los acreedores tienen 10 días para notificar su oposición en la transferencia. -
4
Artículo 5 de la Ley N° 11.687 – Embargo
El acreedor que se opuso tendra 20 días para trabar el embargo judicial. Si esto no pasa, el depositante puede retirar la suma depositada. -
5
Artículo 4 de la Ley N° 11.687 – Otorgamiento del Documento de Transferencia
El documento puede firmarse luego de transcurrido 10 días, si no hay oposición de acreedores, y/o se hayan realizado los depósitos
Para que tenga efecto frente a terceros deberá:
-Extenderse por escrito;
-Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento.