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MEDIOS ALTERNOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

  • Period: 3200 BCE to 31 BCE

    ANTIGUO EGIPTO

    En Deir el-Medina se han encontrado hasta 284 textos con contenido jurídico escritos en papiros y ostraca (fragmentos de piedra o cerámica sobre los que se escribía). En ellos se da cuenta de numerosos conflictos juzgados en la misma localidad: altercados, disputas entre vecinos, malversaciones, robos y diversos episodios de violencia e intimidación.
    Existían órganos encargados de solucionar estos conflictos pero en casos especiales el Faraón fungía como mediador.
  • 1200 BCE

    CIVILIZACIÓN GRIEGA

    CIVILIZACIÓN GRIEGA
    En la antigua Grecia, los antecedentes de la conciliación son narrados en la Enciclopedia Espasa, de la siguiente manera: “La conciliación estaba regulada por la ley, teniendo los Temostestes el encargo de examinar los hechos, motivos de litigio y procurar convencer a las partes de que debían transigir equitativamente sus diferencias”.
  • 479 BCE

    CHINA - EL GRAN PENSADOR CONFUCIO

    CHINA - EL GRAN PENSADOR CONFUCIO
    También influyó enormemente en el modo de actuar del pueblo chino, él expresó: “La resolución óptima de una desavenencia se logra a través de la persuasión moral y el acuerdo, no bajo la coacción”.
  • 120 BCE

    ANTIGUO JAPÓN

    ANTIGUO JAPÓN
    Tanto en la ley como en las costumbres, existía las figuras de la conciliación y la mediación a cargo de un líder que tenía la responsabilidad de ayudar a los miembros de la población a resolver sus desavenencias.
  • 450

    ANTIGUA ROMA

    ANTIGUA ROMA
    El derecho romano facilita la posibilidad del acuerdo entre las partes, y lo hace de manera activa, tanto en la propia estructura del procedimiento como mediante mecanismos tales como la In Iure Cessio o la Confessio Iuris, y con la In ius vocatio.
  • Period: to

    CONCILIACIÓN

    Es una figura antigua, sus antecedentes históricos son reconocidas en la antigua Grecia y en Roma, que recibió un nuevo impulso con el advenimiento del cristianismo.
    Se considera que en España surge en el Fuero Juzgo y aparece en las Siete Partidas mediante la institución de los amigables componedores, consolidándose en Francia y España en los siglos XVIII y XIX.
  • CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ DE 1812

    CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ DE 1812
    La figura de la conciliación se introdujo en forma permanente en España y México con esta Constitución.
  • LEY PARA EL ARREGLO DE LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES ANTE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DE DISTRITO Y TERRITORIOS

    LEY PARA EL ARREGLO DE LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES ANTE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DE DISTRITO Y TERRITORIOS
    En la conciliación incluyó un juicio verbal con la obligación (art. 10) de exhortar a las partes a una composición amigable y demás (art. 26) estableció una instancia de conciliación obligatoria, al disponer que ninguna demanda, fuese civil o criminal sobre injurias puramente personales.
  • CONCILIACIÓN VOLUNTARIA

    CONCILIACIÓN VOLUNTARIA
    Esta inicio en 1893; la radical reforma que trae este Código de Procedimientos Civiles, consiste en que se suprimió la conciliación obligatoria.
    Luego aparecen las ediciones de 1904, 1917, 1926 y 1947 que esa vigente en estos días, en los cuales la conciliación, como acto previo a la demanda conserva su naturaleza de acto preparatorio, procede a la voluntad de las partes, y es esencialmente renunciable.
  • TRATADO DE ARBITRAJE OBLIGATORIO

    TRATADO DE ARBITRAJE OBLIGATORIO
    Celebrado por Argentina, Bolivia, República Dominicana, Guatemala, El Salvador, México, Paraguay, Perú y Uruguay, reunidos en la Ciudad de México.
    Las Altas Partes Contratantes se obligan á someter á la decisión de árbitros todas las controversias que existen o lleguen á existir entre ellas y que no puedan resolverse por la vía diplomática.
  • CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL DISTRITO FEDERAL DE 1932

    CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL DISTRITO FEDERAL DE 1932
    Actualmente en vigor, al regular la justicia de paz obliga al juez (art. 20, fracción VI) a exhortar a las partes, antes de pronunciar fallo, a una composición amigable y en 1986, se reforma dicho Código siguiendo modelos extranjeros para introducir una audiencia previa y de conciliación que no ha dado resultado en la práctica.
  • BUENOS OFICIOS

    BUENOS OFICIOS
    También usual en el campo del derecho internacional público, ante una controversia entre las partes un tercero ofrece su intervención amistosa para evitar un deterioro de la situación y persuadirlas para que acepten un medio pacifico de solución.
    Ejemplos:
    1. Primera Convención de La Haya de 29 de julio de 1899.
    2. Tratado de Arbitraje Obligatorio, de 29 de enero de 1902.
    3. Tratado Interamericano sobre Buenos Oficios y Mediación, de 23 de diciembre de 1936.
  • INVESTIGACIÓN (SURVEY)

    INVESTIGACIÓN (SURVEY)
    Las partes pueden reducir sus desavenencias mediante la aclaración del hecho en cuestión, encomendando su investigación a un tercero independiente ("surveyor"), que puede ser una persona física, una institución o una comisión.
  • TRATADO AMERICANO DE SOLUCIONES PACÍFICAS

    TRATADO AMERICANO DE SOLUCIONES PACÍFICAS
    El objetivo es imponer una obligación general a los signatarios para resolver sus conflictos a través de medios pacíficos. También se les obliga a agotar los mecanismos regionales de solución de los asuntos antes de acudir al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
  • CENTRO INTERNACIONAL PARA EL ARREGLO DE CONTROVERSIAS SOBRE INVERSIONES (CIADI)

    CENTRO INTERNACIONAL PARA EL ARREGLO DE CONTROVERSIAS SOBRE INVERSIONES (CIADI)
    Ofrece reglas procesales especializadas en materia de arbitraje, conciliación, comprobación de hechos y mediación. Estas son las reglas procesales más comúnmente utilizadas en el arreglo de diferencias entre inversionistas y Estados.
  • NATIONAL ADVERTISING REVIEW BOARD (NARB)

    NATIONAL ADVERTISING REVIEW BOARD (NARB)
    En el campo de las empresas privadas, las industrias de seguros, publicidad y valores de los Estados Unidos de América han adoptado reglas uniformes para el arbitraje de ciertos tipos de controversias, para realizar ciertas investigaciones sobre publicidad engañosa o fraudulenta y resolver ciertos asuntos mediante un panel de tipo arbitral, con resoluciones no obligatorias.
  • NATIONAL ASSOCIATION OF SECURITY DEALERS

    NATIONAL ASSOCIATION OF SECURITY DEALERS
    La industria de valores, es mediante esta organización que cuenta con un procedimiento arbitral para resolver controversias entre corredores y clientes y entre corredores.
  • OYENTE NEUTRAL (NEUTRAL LISTENER)

    OYENTE NEUTRAL (NEUTRAL LISTENER)
    Las partes escogen a una persona cuya confianza, méritos y experiencia sean reconocidos por ellas, a la que cada una de las partes hace llegar su mejor propuesta, que analiza el oyente neutral, para determinar si ambas propuestas están lo bastante cercanas como para celebrar reuniones de negociación.
    (Tiene algunas semejanzas con la mediación).
  • DETERMINACIONES POR EXPERTO NEUTRAL O "NEUTRAL EXPERT FACT FINDING"

    DETERMINACIONES POR EXPERTO NEUTRAL O "NEUTRAL EXPERT FACT FINDING"
    Casos en que las partes tienen discrepancias sobre cuestiones de índole técnica, pueden acordar la intervención de un experto que emita un dictamen que pueda o no ser obligatorio.
    El papel del experto, se limita al análisis de los hechos desde un punto de vista estrictamente técnico, hasta emitir un falle que, desde luego, no es obligatorio, salvo que lo hubieren acordado.
    La Cámara Internacional de Comercio cuenta con un Centro Internacional de Peritaje Técnico, para prestar servicios.
  • DECISIÓN NO OBLIGATORIA O "NON BINDING EX-PARTE ADJUDICATION OF PATENT DISPUTES OR TRADE SECRET MISAPPROPRIATION"

    DECISIÓN NO OBLIGATORIA O "NON BINDING EX-PARTE ADJUDICATION OF PATENT DISPUTES OR TRADE SECRET MISAPPROPRIATION"
    Consiste en un acuerdo mediante el cual las partes confían la resolución sobre su discrepancia en materia de patentes o secretos industriales o comerciales, a un tercero llamado "adjudicador", quien analiza la información proporcionada por las partes y emite una opinión desde el punto de vista estrictamente técnico, para resolver la cuestión objeto de discrepancia en forma no obligatoria.
  • PEQUEÑO JUICIO O MINI TRIAL

    PEQUEÑO JUICIO O MINI TRIAL
    Consiste en reuniones, generalmente organizadas por los abogados de las partes, en las que se simula en forma abreviada una especie de juicio en el que se exponen y debaten los argumentos e incluso se analizan las pruebas de las pretensiones y defensas de las partes, con el objeto de evaluar sus respectivas posiciones en la controversia, antes de emprender formalmente una acción judicial o un procedimiento arbitral.
    Ejemplo de este tipo de MASC fue el problema entre TRW y Telecredit.
  • ADAPTACIÓN DE CONTRATOS (ADAPTATION OF CONTRACTS)

    ADAPTACIÓN DE CONTRATOS (ADAPTATION OF CONTRACTS)
    Este mecanismo es útil en contratos a largo plazo y en aquellos en que son previsibles cambios drásticos en las circunstancias prevalecientes en el momento de la celebración.
    Permite adaptar los términos de un contrato original mediante la intervención de un tercero independiente, actualizándolo para hacerlo operativo en circunstancias actuales o para llenar ciertas lagunas contractuales.
    El acuerdo para implantar este mecanismo, puede existir en el contrato mismo, o posteriormente.
  • COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL

    COMISIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL
    En el ámbito internacional, la UNCITRAL o CNUDMI, adoptó reglas de conciliación
  • JUICIO PRIVADO O "RENTE UN JUEZ" (RENT A JUDGE)

    JUICIO PRIVADO O "RENTE UN JUEZ" (RENT A JUDGE)
    Las partes seleccionan un abogado, generalmente un juez retirado, que resuelve la controversia en forma privada, aunque obligatoria, aplicando la ley estatal.
    Este MASC, está previsto en la ley del Estado de California como un procedimiento "referido", en el que el asunto es remitido por el juez del conocimiento a un tercero privado, implica para el juez privado facultades similares a las del juez ordinario y la sentencia, que es obligatoria, es apelable ante los tribunales estatales.
  • JUICIO SUMARIO ANTE JURADO O "SUMMARY JURY TRIAL"

    JUICIO SUMARIO ANTE JURADO O "SUMMARY JURY TRIAL"
    Su creación se le atribuye al Juez Thomas Lambros, quien a lo largo de 5 años lo empleó en 200 casos, en los que solamente se llegó a litigio en 7 ocasiones, consiste en la integración de un jurado que oye los argumentos de las partes, generalmente sin recepción de pruebas y sin el examen de testigos, y emite un veredicto no obligatorio, aún cuando al ser designados, los miembros del jurado ignoran que así será.
    Ej: Reclamación de los propietarios de una planta nuclear contra General Electric.
  • ARBITRAJE DERIVADO O "COURT ANNEXED ARBITRATION"

    ARBITRAJE DERIVADO O "COURT ANNEXED ARBITRATION"
    Cualquiera de las partes puede elegir al juez que esté conociendo de un juicio, que el asunto sea derivado o remitido al arbitraje de un abogado que designe el juez del conocimiento, o bien, éste puede referir el asunto a arbitraje, lo cual hace que se considere a este procedimiento, como arbitraje derivado o administrado judicialmente.
    La resolución que se dicte es apelable ante los tribunales ordinarios y, conforme a ciertas legislaciones, esta forma de arbitraje puede ser obligatoria.
  • CENTER FOR PUBLIC RESOURCES

    CENTER FOR PUBLIC RESOURCES
    En los Estados Unidos de América, consistente en la suscripción de una declaración (no obligatoria) por parte de sus adherentes, en virtud de la cual, en caso de enfrentar situaciones controversiales se comprometen a explorar vías de resolución de las mismas por medios distintos al litigio, tales como la mediación y el pequeño juicio.
  • REGLAMENTO DE CONCILIACIÓN FACULTATIVA DE LA CCI

    REGLAMENTO DE CONCILIACIÓN FACULTATIVA DE LA CCI
    Vigente a partir del 1º de enero de 1988, ha sido reemplazado por el Reglamento ADR. De este modo, si se presentara una demanda de conciliación ante la CCI en virtud del antiguo Reglamento de Conciliación, la CCI invitará a las partes a reformular su demanda de acuerdo con las disposiciones del nuevo Reglamento.
  • ACTA DE MEJORA JUDICIAL DE 1990

    ACTA DE MEJORA JUDICIAL DE 1990
    Bajó la administración del Presidente George Bush, conocida en su idioma original como "Judicial Improvement Act of 1990", promueve y en ocasiones hace obligatorio el empleo de solución alternativa de controversias por tribunales federales.
  • ACTA DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ADMINISTRATIVAS DE 1990

    ACTA DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ADMINISTRATIVAS DE 1990
    Bajó la administración del Presidente George Bush, conocido en su idioma original como "Administrative Dispute Resolution Act of 1990", promueve la utilización de "ADR" por dependencias federales.
  • CONSULTA (CONSULTATION)

    CONSULTA (CONSULTATION)
    Empleado usualmente en el campo del derecho internacional público, las partes consultan entre sí ante un amago de conflicto o bien al surgir cualquier evento o circunstancia, urgente o relevante que pueda afectar las relaciones entre ellas, para la adopción de las medidas pertinentes.
    Las partes pueden convenir en un calendario de consultas periódicas, así como el objeto habitual o permanente de las mismas.
  • ARGENTINA - DECRETO 1489/92

    ARGENTINA - DECRETO 1489/92
    Publicado en el Boletín Oficial Nro. 27.456, de 24 de agosto de 1992 que declaró de interés nacional la institución de la mediación como método no adversarial de solución de conflictos.
    Dicho Decreto, encomendó al Ministerio de Justicia la formulación de proyectos legislativos y el dictado de normas de nivel reglamentario, para la puesta en marcha de dicha institución.
  • CHANNEL TUNNEL GROUP LIMITED V. BALFOUR BEATTY CONSTRUCTION LIMITED AND OTHERS

    CHANNEL TUNNEL GROUP LIMITED V. BALFOUR BEATTY CONSTRUCTION LIMITED AND OTHERS
    La Cámara de los Lores resolvió que los tribunales ingleses tenían la facultad de abstenerse de aplicar las medidas precautorias, por ser éstas violatorias de un convenio entre las partes para resolver sus controversias por un medio distinto del litigio, independientemente de que dicho medio no constituyese arbitraje
  • CORTE DE NEW YORK

    CORTE DE NEW YORK
    Sobre este tipo de justicia restaurativa, consideramos acertado mencionar como un antecedente al respecto, lo que refiere Pacheco García, quien menciona el caso de Nueva York, el cual ha mostrado distintos cambios en su política criminal, los cuales han ido desde la instauración
    de modelos de cero tolerancia y maximización del sistema penal, hasta los community courts que actualmente resuelven miles de casos por año, sin necesidad de juicio alguno.
  • TRATADO DE LIBRE COMERCIO PARA AMÉRICA DEL NORTE (TLCAN O NAFTA)

    TRATADO DE LIBRE COMERCIO PARA AMÉRICA DEL NORTE (TLCAN O NAFTA)
    Contempla en su Capítulo XX, artículo 2022, el compromiso de los tres países de promover y facilitar el recurso al arbitraje y a otros tipos de medios alternativos para la solución de controversias comerciales internacionales entre particulares en la zona de libre comercio.
  • PROYECTO DE ARTERIA/TÚNEL CENTRAL DE BOSTON

    PROYECTO DE ARTERIA/TÚNEL CENTRAL DE BOSTON
    Dada la interdependencia de dichos contratos se diseñó un complejo sistema de "MASC", compuesto de cuatro tipos de procedimientos para fungir como "filtros" que evitasen llegar a litigio.
    1. Invitación a los contratistas.
    2. Presentación de la reclamación objeto de controversia a un representante autorizado.
    3. Designación de un Consejo de Revisión de Controversias cada vez que se adjudicase un contrato.
    4. Mediación o mecanismo de ADR equivalente.
  • ARGENTINA - RESOLUCIÓN NO. 62/94

    ARGENTINA - RESOLUCIÓN NO. 62/94
    Con la disidencia del Ministro Dr. Carlos Santiago Fayt, la Corte Suprema de la Nación expidió esta resolución, de 11 de febrero de 1994, mediante la cual declara de interés la experiencia piloto de creación de un Centro Judicial de Mediación.
  • ARGENTINA - LEY DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN, NO. 24.573

    ARGENTINA - LEY DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN, NO. 24.573
    Aprobada el 4 de octubre de 1995, conforme a la cual se instituye con carácter obligatorio la mediación previa a todo juicio. El plazo de la mediación será de 60 días.
  • PROGRAMA CENTRAL DEL AEROPUERTO DE HONG KONG

    PROGRAMA CENTRAL DEL AEROPUERTO DE HONG KONG
    Una de las mayores obras de ingeniería civil en el mundo, en el que se implantó un sistema mixto de solución de controversias en:
    1. Sometimiento de la controversia para resolución por un ingeniero.
    2. Mediación.
    3. Adjudicación.
    4. Arbitraje, estipulándose que no se podría instituir acción judicial alguna, sino hasta que fuesen agostadas las fases anteriores.
  • CÁMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL - REGLAMENTO ADR

    CÁMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL - REGLAMENTO ADR
    Ha elaborado el Reglamento ADR de la CCI (en adelante el "Reglamento") para uso de las partes que deseen resolver sus desavenencias o desacuerdos amigablemente con la ayuda de un Tercero neutral dentro de un marco institucional.
  • REFORMA A LA CONSTITUCIÓN MEXICANA

    REFORMA A LA CONSTITUCIÓN MEXICANA
    De acuerdo a lo dispuesto en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual textualmente señala: Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial ...
  • LEY DE MEDIOS ALTERNATIVOS EN MATERIA PENAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA

    LEY DE MEDIOS ALTERNATIVOS EN MATERIA PENAL PARA EL ESTADO DE PUEBLA
    Se expide la Ley de Medios Alternativos en Materia Penal para el Estado de Puebla con 41 artículos.
  • LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA

    LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE CHIHUAHUA
    Artículo 176. El Instituto de Justicia Alternativa es un órgano desconcentrado del Poder Judicial, con capacidad técnica para fomentar y promover los mecanismos alternativos de solución de controversias y la cultura de la paz, así como para otorgar los servicios propios de la materia, solicitados por las personas físicas o morales, o bien, aquellos que le sean encomendados por los órganos jurisdiccionales en materia civil, mercantil, familiar y penal.
  • MEDIACIÓN

    MEDIACIÓN
    El Código de Comercio, en la fracción XIII de su artículo 75, alude implícitamente a la mediación en el sentido de la definición De Pina, al señalar simplemente que "La Ley reputa actos de comercio ... XIII. Las operaciones de mediación en negocios mercantiles" y, en sentido análogo se le encuentra, en forma ocasional y siempre breve, en la doctrina mercantil mexicana, equiparando la mediación mercantil a la correduría.
  • INTERNATIONAL MEDIATION CENTER

    INTERNATIONAL MEDIATION CENTER
    Con sede en Dallas, Texas, en el que participan nacionales de Canadá, Estados Unidos de América y México, donde instituciones domésticas e internacionales, dedicadas tradicionalmente al arbitraje, han expandido el ámbito de su actividad a la mediación.
  • LEY FEDERAL DEL TRABAJO

    LEY FEDERAL DEL TRABAJO
    Prohíbe cualquier interferencia patronal que atente contra el derecho de los trabajadores a decidir quién debe representarlos en la negociación colectiva. Establece la etapa de conciliación, la cual no podrá exceder 45 días, como requisito prejudicial obligatorio para la solución de conflictos.
  • LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL

    LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL
    La junta restaurativa es el mecanismo mediante el cual la víctima u ofendido, el imputado y, en su caso, la comunidad afectada, en libre ejercicio de su autonomía, buscan, construyen y proponen opciones de solución a la controversia, con el objeto de lograr un Acuerdo que atienda las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas, así como la reintegración de la víctima u ofendido y del imputado a la comunidad y la recomposición del tejido social.
  • FORD MOTOR COMPANY

    FORD MOTOR COMPANY
    Cuenta con un procedimiento de solución de controversias, que incluye un órgano privado de apelación para resolver sobre las quejas de sus clientes.
  • CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

    CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
    En el ámbito penal, el Código Nacional de Procedimientos Penales regula los acuerdos reparatorios del artículo 186 al 190, estableciendo su definición, los casos de procedencia- delitos de querella, culposos, patrimoniales sin violencia-, así mismo las causas de improcedencia, la oportunidad para solicitarse, y finalmente su trámite.