-
paso 1
art 1 - ley 11.687-ambito de aplicación -
paso 2
art 2 - ley 11687 publicación en el Boletin Oficial por el termino de 5 dias -
paso 3
art 3 - ley 11.687 se entregara al presunto adquirente nota firmada con los siguientes datos créditos adeudados con nombre y domicilio de los acreedores, importe de los mismos, fecha de vencimientos. -
paso 4
art 4 - ley 11.687 desde la publicación en el Boletín Oficial los acreedores tendrán 10 días desde la última publicación para oponerse a la transmisión reclamando la retención de las sumas necesarias para poder cobrar lo adeudado. -
paso 5
art 4 - ley 11.687 si hay oposición de acreedores deberán retenerse y depositarse en el banco las sumas adeudas -
paso 6
art 5- ley 11.687 una vez que las sumas adeudadas fueron retenidas y depositadas los acreedores tienen 20 días para trabar embargo judicial -
paso 7
art 6- ley 11.687 En los casos en que el crédito del oponente fuera cuestionable, con autorización del juez, el anterior propietario puede ofrecer caución -
paso 8
art 4 - ley 11.687 solo puede firmarse después de transcurridos los 10 días desde la última publicación y sin mediar oposición -
paso 9
art 7 - ley 11.687 transcurrido el plazo de 10 días, sin mediar oposición podrá otorgarse el documento de venta. -
paso 10
art 7 - ley 11.687 una vez entregado el documento de venta, deberá extenderse por escrito e inscribirse dentro de los 10 días en el Registro Público de Comercio o en un registro especial creado al efecto.