Referentes normativos que desarrollan la etnoeducación en Colombia.

  • 1564

    Centros de enseñanza.

    Centros de enseñanza.
    Venero de Leiva creo centros de enseñanza para hijos de caciques e indios, para apartarlos completamente de sus comunidades.
  • 1580

    Cátedra de lenguas indígenas.

    Cátedra de lenguas indígenas.
    Felipe II implementa la cátedra.
  • Ley 30 sobre Educación Indígena.

    Ley 30 sobre Educación Indígena.
    Se encontraron limitaciones en la ley, frente a la educación de las comunidades.
  • Concordato entre la iglesia católica y el gobierno Nacional.

    Concordato entre la iglesia católica y el gobierno Nacional.
    La iglesia garantiza los procesos educativos.
  • La ley 89 reglamenta la educación primaria y secundaria.

    La ley 89 reglamenta la educación primaria y secundaria.
    Articulando todas las entidades del País y los salvajes que van introduciendo a la vida civil.
  • Respeto hacia las culturas autóctonas.

    Respeto hacia las culturas autóctonas.
    A través del decreto 088 el MEN manifiesta el interés por el respeto hacia comunidades.
  • Decreto 85.

    Decreto 85.
    Se aplica la ley 85 con la que se nombran maestros para las comunidades étnicas.
  • Termino etnoeducación.

    Termino etnoeducación.
    Guillermo Bonfil usa por primera vez la palabra etnoeducación para referirse a una educación diferenciada y cultural.
  • Programas etnoeducativos.

    Programas etnoeducativos.
    El MEN crea el grupo de etnoeducación.
  • Comité Nacional de Lingüística Aborigen.

    Comité Nacional de Lingüística Aborigen.
    Se da inicio al nuevo proyecto de Lingüística Aborigen.
  • Convenio 169 garantizando los derechos.

    Convenio 169 garantizando los derechos.
    La OIT gestiona la aprobación de los derechos étnicos.
  • Grupos étnicos sujetos de derecho.

    Grupos étnicos sujetos de derecho.
  • Decreto 2127

    Decreto 2127
    Establece la división de etnoeducación.
  • Ley 70.

    Ley 70.
    Propiedad colectiva comunidades negras.
  • Decreto 804.

    Decreto 804.
    Educación de los grupos étnicos y principios de la etnoeducación.
  • Decreto 174595.

    Decreto 174595.
    El estado debe reconocer y proteger la diversidad étnica.