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Paso 1 - Artículo 2 de la Ley N° 11.687
Quien desee transferir un fondo de comercio deberá,
previamente, publicar un aviso, por 5 días, en el Boletín Oficial y en uno o más diarios o periódicos del lugar en el que
funciona el establecimiento que se pretende transferir.
El anuncio deberá indicar:
*La Clase y Ubicación del Negocio.
*El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
*El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen. -
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Paso 2 - Artículo 3 de la Ley N° 11.687
Quien desee transferir un fondo de comercio deberá,
previamente, entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga, al menos, la siguiente información:
*Detalle de los créditos adeudados.
*Nombre y domicilio de los acreedores.
*Monto de los créditos adeudados.
*Fechas de vencimiento (si las hay). -
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Paso 3 - Oposiciones - Artículo 4 de la Ley N° 11.687
Los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia, notificación que deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación o al rematador o escribano que intervengan en el acto, reclamando la retención del importe de su crédito correspondiente. El comprador, recibida la notificación del acreedor de que se trate, estará obligado a retener el importe y deberá a depositarlo en cta judicial. -
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Paso 4 - Embargo - Artículo 5 de la Ley N° 11.687
Desde la notificación de la oposición a la
transferencia,el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si esto no sucede en 20 días el
depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta. -
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Paso 5 - Otorgamiento del Documento de Transferencia - Artículo 4 de la Ley N° 11.687
El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada, siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o, siempre y cuando, existiendo oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos -
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Paso 6 - Efectos frente a terceros
Para que el documento de transferencia produzca efectos frente a terceros, deberá:
*Extenderse por escrito
*Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento