Paso 3 Línea de tiempo Marco normativo nacional.

  • Marco Constitucional

    La Constitución Política de Colombia, es el hito que marca el inicio de la era de cambio y desarrollo del corpus normativo cuya finalidad es la promoción y garantía de los derechos de las personas con discapacidad. La Constitución Política de Colombia compromete al Estado Nacional a asegurar para sus ciudadanos los derechos fundamentales en condiciones de igualdad y justicia. Establece que Colombia es un Estado Social de Derecho, fundado, entre otras cosas, en el respeto de la dignidad humana.
  • Decreto 2381

    Por el cual se declara el 3 de diciembre de cada año como el día nacional de las personas con discapacidad.
  • Ley 163

    Posibilidad de ejercer el derecho al sufragio "acompañados" hasta el interior del cubículo de votación. Art. 16.
  • Ley 361

    Por la cual se establecen mecanismos de integración social de la personas con limitación y se dictan otras disposiciones
  • Ley 368

    “Por la cual se crea la Red de Solidaridad Social, el Fondo de Programas Especiales para la Paz, y el Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo -Fondo Plante-, y se dictan otras disposiciones. Art. 12. Creación de programas de la red de solidaridad a poblaciones y personas con discapacidad. Art. 11. Inclusión de las PcD en planes en las funciones del Fondo de Paz.
  • Ley 762

    Por medio de la cual se aprueba la “Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad”, suscrita en la ciudad de Guatemala, Guatemala, el siete (7) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999). Esta Convención fue ratificada
    por Colombia el 12 de abril de 2003.
  • Ley 909

    Regulan el empleo público y la carrera administrativa y en su Art 52 protege a las personas con discapacidad. Objetivo de desarrollo sostenible Agenda 2030
    Objetivo (Prosperidad) #8. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos.
  • Ley 982

    Se establecen normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las
    personas sordas y sordo- ciegas y se dictan otras disposiciones. Objetivo de desarrollo sostenible agenda 2030
    Objetivo 9 Prosperidad . Construir infraestructuras resilientes
  • Ley 1098

    Código de Infancia y Adolescencia se ocupa, entre otros, en los artículos 36, 43,44, 46 y 142 de la protección de los menores con discapacidad.
  • Ley 1257

    Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones. Art.20, 30,31. Objetivo de desarrollo sostenible agenda 2030
    Objetivo (Persona) #5. Lograr la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de todas las mujeres y niñas.
  • Ley 1346

    Por medio de la cual se aprueba la Convención de las Personas con Discapacidad, adoptada por la Organización de las Naciones Unidas el 13 de Diciembre de 2006..
  • Ley 1275

    Se establecen lineamientos de Política Pública Nacional para las personas que presentan enanismo y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 4800

    Por el cual se reglamenta la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones. Respecto a las a personas con discapacidad se refiere en Artículo 8°.Desarrollo de los principios de progresividad y gradualidad para una reparación efectiva y eficaz. Art. 33. Contenido mínimo de la solicitud de registro. Art. 95.Educación superior y Art 115. Componentes de la oferta de alimentación.
  • Ley 1448

    Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones. Respecto a las a personas con discapacidad se refiere en Art. 13. Sobre enfoque diferencial. Art 51. Medidas en materia de educación. Art. 114. Atención preferencial. Art. 123. Medidas de restitución en materia de vivienda y Art. 136 sobre programas de rehabilitación
  • Decreto 19

    Obligación de las entidades del Estado de generar mecanismos de atención preferencial a personas con discapacidad. Objetivo de desarrollo sostenible Agenda 2030
    Objetivo (Prosperidad) #11. Lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles.
  • Conpes 161

    Incluye lo ordenado para el sector salud en la Ley 1257 de 2008, en particular en lo relacionado con la reglamentación para la implementación de las medidas de atención (Art 19) se incluyó como beneficiarias a las mujeres con discapacidad víctimas de violencia, su cuidador o cuidadora, así como a sus hijos e hijas mayores de edad con discapacidad. Objetivo de desarrollo sostenible Agenda 2030.
    Objetivo (Personas) #3 Garantizar una vida sana
  • Conpes 166

    Define los lineamientos, estrategias y recomendaciones que con la participación de las instituciones del Estado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, permitan avanzar en construcción e implementación de la Política Pública de Discapacidad e Inclusión Social - PPDIS, que se basa en el goce pleno en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las Personas con Discapacidad.
  • Ley Estatutaria 161

    Por la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los Derechos de las Personas con discapacidad.
  • Resolución 848

    Mediante la cual se establecen lineamientos, criterios y tablas de valoración diferenciales para el hecho victimizante de lesiones personales, físicas y psicológicas.
  • Ley 1752

    Por medio de la cual se modifica la Ley 1482 de 2011, para sancionar penalmente la discriminación contra las personas con discapacidad. Eleva a delito la discriminación por motivos de discapacidad. Objetivo de desarrollo sostenible
    Objetivo (Prosperidad) #10. Reducir la desigualdad en y entre los países
  • Ley 1753

    Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”. Los referentes técnicos pedagógicos deberán contener estándares de inclusión y accesibilidad dando cumplimiento al artículo 11° de la Ley 1618 de 2013 y acorde al artículo 24° de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y sus ajustes razonables. La Atención Intersectorial para la discapacidad (Art.81), Atención integral a la primera infancia en modalidad comunitaria
  • Circular No. 040

    Brinda Lineamientos en salud para la gestión de alojamientos temporales. Las Direcciones Territoriales de Salud en coordinación con los Consejos Municipales, Distritales y Departamentales de Gestión del Riesgo de Desastres deben Identificar las personas que enfrentan necesidades especiales de atención por causas físicas o mentales, de conformidad con el enfoque diferencial.
    Objetivo de desarrollo .
    Objetivo (Planeta)#13. Adoptar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus efectos
  • Resolución 7155

    "Por la cual se modifica la Resolución 5929 de 2010 que aprueba los lineamientos técnico administrativos de ruta de actuaciones y modelo de atención para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes y mayores de 18 años con discapacidad, con sus derechos amenazados, inobservados o vulnerado.
  • Resolución No.1516

    Se aprueba el "Lineamiento técnico para la atención de niños, niñas, adolescentes y mayores de 18 años con derechos inobservados, amenazados o vulnerados, con discapacidad", el cual en su página 42 promueve el registro de los beneficiarios de las modalidades de atención de población con discapacidad en el RLCPD.
  • Ley 1804

    Por la cual se establece la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y ARTÍCULO 7. Derechos de los niños y niñas con discapacidad. Objetivos de desarrollo sostenible Agenda 2030
    Objetivo (Persona) #4. Garantizar una educación
    inclusiva, equitativa y de calidad, y el #5. Lograr la igualdad entre los géneros y el empoderamiento
    de todas las mujeres y niñas.