Marco normativo nacional

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos - ONU

    Declaración Universal de los Derechos Humanos - ONU
    La Carta de los Derechos humanos comprende la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos , Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y sus dos Protocolos facultativos.
  • Organización Internacional del Trabajo OIT

    Organización Internacional del  Trabajo OIT
    Recomendación 99 sobre adaptación y readaptación profesional de los inválidos.
  • Declaración de los Derechos de las Personas con retardo mental. ONU

    Declaración de los Derechos de las Personas con retardo  mental. ONU
    Esta Declaración establece que las personas con retraso mental tienen los mismos derechos que el resto de los seres humanos, así como derechos específicos que se corresponden con sus necesidades en los campos médico, educativo y social. Se puso especial énfasis en la necesidad de proteger a las personas con discapacidad frente a cualquier forma de explotación y en establecer procedimientos jurídicos adecuados para estas personas.
  • Declaración de los Derechos de los impedidos. ONU

    Declaración de los Derechos de los impedidos. ONU
    Proclama la igualdad de derechos civiles y políticos de las personas con discapacidad. Esta declaración establece los principios relativos a la igualdad de trato y acceso a los servicios que ayudan a desarrollar las capacidades de las personas con discapacidad y aceleran su integración social.
  • Programa de acción mundial para las personas con discapacidad -ONU

    Programa de acción mundial para las personas con discapacidad -ONU
    El Programa de Acción Mundial es una estrategia global para mejorar la prevención de la discapacidad, la rehabilitación y la igualdad de oportunidades, que busca la plena participación de las personas con discapacidad en la vida social y el desarrollo nacional. En el Programa también se subraya la necesidad de abordar la discapacidad desde una perspectiva de derechos humanos.
  • Convenio 159 sobre readaptación profesional y el empleo de personas inválidas - OIT

    Convenio 159 sobre readaptación profesional y el empleo de personas inválidas - OIT
    Se refiere al derecho a la posibilidad de obtener y conservar un empleo y progresar en el mismo.
    Aprobado por el Congreso de la República en la Ley 82 de 1988. Ratificado el 7 de diciembre de 1989. En vigencia para Colombia desde el 7 de diciembre de
    1990.
  • Organización Internacional del Trabajo OIT

    Organización Internacional del Trabajo OIT
    OIT Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas) núm. 159, y la Recomendación núm. 168 / sobre los derechos de laspersonas con discapacidad.
  • Organización Internacional del Trabajo OIT

    Organización Internacional del  Trabajo OIT
    Recomendación 168 sobre la readaptación profesional y empleo de personas inválidas.
  • Convención sobre los Derechos del Niño - ONU

    Convención sobre los Derechos del Niño - ONU
    Aprobada por el Congreso de la República en la Ley 12 de 1991. Ratificada el 28 de enero de 1991. Promulgada por el Decreto 94 de 1992, 'por el cual se promulgan la Convención sobre los Derechos del Niño y la reserva formulada por Colombia respecto de su artículo 38, numerales, 2o. y 3o'. En vigencia para Colombia desde el 28 de febrero de 1991.
  • Declaración de las necesidades básicas de las personas sordo ciegas.

    Declaración de las necesidades básicas de las personas sordo ciegas.
    Define la sordo - ceguera. Resalta las necesidades (comunicacionales, educativas, familiares, ambientales y sociales, entre otras) de las personas sordo ciegas en el marco de la protección que el estado debe brindarles y en su derecho a la inclusión social bajo los principios de independencia y autonomía.
  • Resolución 46/119 ONU

    Resolución 46/119 ONU
    Principios para la protección de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la salud mental.
  • Constitución Política de Colombia. Art 13

    Constitución Política de Colombia. Art 13
    ..”El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan".
  • Constitución Política de Colombia. Art 47

    Constitución Política de Colombia. Art 47
    “El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran”.
  • Constitución Política de Colombia. Art 54

    Constitución Política  de Colombia. Art 54
    “Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud.”
  • Constitución Política de Colombia. Art 68

    Constitución Política de Colombia. Art 68
    ..“La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.”
  • Declaración de Cartagena de Indias

    Declaración de Cartagena de Indias
    Políticas integrales para las personas con discapacidad en el área iberoamericana.
  • Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad - ONU

    Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad - ONU
    Entre los grandes logros del Decenio de los Impedidos se encontraba la adopción, por parte de la Asamblea General, de las Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en 1993. Estas normas sirvieron como un instrumento para la formulación de políticas y como base para la cooperación técnica y económica
  • Decreto 2381

    Decreto 2381
    Por el cual se declara el 3 de diciembre de cada año como el día nacional de las personas con discapacidad.
  • Ley 163

    Ley 163
    Posibilidad de ejercer el derecho al sufragio "acompañados" hasta el interior del cubículo de votación. Art. 16.
  • Ley 361

    Ley 361
    Por la cual se establecen mecanismos de integración social de la personas con limitación y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 368

    Ley 368
    “Por la cual se crea la Red de Solidaridad Social, el Fondo de Programas Especiales para la Paz, y el Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo - Fondo Plante-, y se dictan otras disposiciones. Art. 12. Creación de programas de la red de solidaridad a poblaciones y personas con discapacidad. Art. 11. Inclusión de las PcD en planes en las funciones del Fondo de Paz.
  • Convención Interamericana para la Eliminación de todas formas de discriminación contra las personas con discapacidad - OEA

    Convención Interamericana para la Eliminación de todas formas de discriminación contra las personas con discapacidad - OEA
    Establece que la discriminación se manifiesta con base a cualquier distinción, exclusión o restricción que tenga como efecto impedir a las personas con discapacidad el ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales. Resalta que la distinción solo se justifica si está al servicio de una mejor y mayor inclusión. Aprobada por el Congreso de la República en la Ley 762 de 2002. Declarada constitucional por la Corte Constitucional en la Sentencia C-401 de 2003.
  • Ley 762

    Ley 762
    Por medio de la cual se aprueba la “Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad”, suscrita en la ciudad de Guatemala, Guatemala, el siete (7) de junio de mil novecientos noventa y nueve (1999). Esta Convención fue ratificada por Colombia el 12 de abril de 2003.
  • Ley 909

    Ley 909
    Regulan el empleo público y la carrera administrativa y en su Art 52 protege a las personas con discapacidad.
  • Ley 982

    Ley 982
    Se establecen normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordo- ciegas y se dictan otras disposiciones.
  • Convención de las Personas con Discapacidad – ON

    Convención de las Personas con  Discapacidad – ON
    El propósito de la convención es promover, proteger y garantizar el disfrute pleno y por igual del conjunto los derechos humanos por las personas con discapacidad. Cubre una serie de ámbitos fundamentales tales como la accesibilidad, la libertad de movimiento, la salud, la educación, el empleo, la habilitación y rehabilitación, la participación en la vida política, y la igualdad y la no discriminación.
  • Ley 1098

    Ley 1098
    Código de Infancia y Adolescencia se ocupa, entre otros, en los artículos 36, 43, 44, 46 y 142 de la protección de los menores con discapacidad.
  • Resolución 62/127 - ONU

    Resolución 62/127 - ONU
    Aplicación del Programa de Acción Mundial para las Personas con Discapacidad: realización de los objetivos de desarrollo del Milenio para las personas con discapacidad.
  • Ley 1257

    Ley 1257
    Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones. Art. 20, 30,31.
  • Ley 1275

    Ley 1275
    Se establecen lineamientos de Política Pública Nacional para las personas que presentan enanismo y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 1306

    Ley 1306
    Por la cual se dictan normas para la protección de personas con discapacidad mental y se establece el régimen de la representación de las personas con discapacidad mental absoluta. Art. 13.
  • Ley 1346

    Ley 1346
    Por medio de la cual se aprueba la Convención de las Personas con Discapacidad, adoptada por la Organización de las Naciones Unidas el 13 de Diciembre de 2006.
  • Ley 1448

    Ley 1448
    Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones. Respecto a las a personas con discapacidad se refiere en Art. 13. Sobre enfoque diferencial. Art 51. Medidas en materia de educación. Art. 114. Atención preferencial. Art. 123. Medidas de restitución en materia de vivienda y Art. 136
    sobre programas de rehabilitación.
  • Decreto 4800

    Decreto 4800
    Por el cual se reglamenta la Ley 1448 de 2011 y se dictan otras disposiciones.
    Respecto a las a personas con discapacidad se refiere en Artículo 8°. Desarrollo de los principios de progresividad y gradualidad para una reparación efectiva y eficaz. Art. 33. Contenido mínimo de la solicitud de registro. Art. 95. Educación superior y Art 115. Componentes de la oferta de alimentación.
  • Decreto 19

    Decreto 19
    Obligación de las entidades del Estado de generar mecanismos de atención preferencial a personas con discapacidad
  • Ley Estatutaria 1618

    Ley Estatutaria 1618
    Por la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los Derechos de las Personas con discapacidad.
  • Conpes 161

    Conpes 161
    Incluye lo ordenado para el sector salud en la Ley 1257 de 2008, en particular en lo relacionado con la reglamentación para la implementación de las medidas de atención (Art 19) se incluyó como beneficiarias a las mujeres con discapacidad víctimas de violencia, su cuidador o cuidadora, así como a sus hijos e hijas mayores de edad con discapacidad.
  • Conpes 166

    Conpes 166
    Define los lineamientos, estrategias y recomendaciones que con la participación de las instituciones del Estado, la sociedad civil organizada y la ciudadanía, permitan avanzar en construcción e implementación de la Política Pública de Discapacidad e Inclusión Social - PPDIS, que se basa en el goce pleno en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las Personas con Discapacidad
  • Resolución 848

    Resolución 848
    Mediante la cual se establecen lineamientos, criterios y tablas de valoración diferenciales para el hecho victimizante de lesiones personales, físicas y psicológicas.
  • Ley 1753

    Ley 1753
    Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”. Los referentes técnicos pedagógicos deberán contener estándares
    de inclusión y accesibilidad dando cumplimiento al artículo 11° de la Ley 1618 de 2013 y acorde al artículo 24° de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y sus ajustes razonables.
  • Circular No. 040

    Brinda Lineamientos en salud para la gestión de alojamientos temporales: en el punto 1.7 se establece: que Las Direcciones Territoriales de Salud en
    coordinación con los Consejos Municipales, Distritales y Departamentales de Gestión del Riesgo de Desastres y demás actores del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SNGRD) deben Identificar las personas que enfrentan necesidades especiales.
  • Ley 1752

    Ley 1752
    Por medio de la cual se modifica la Ley 1482 de 2011, para sancionar penalmente la discriminación contra las personas con discapacidad. Eleva a delito la discriminación por motivos de discapacidad.
  • Ley 1804

    Ley 1804
    Por la cual se establece la política de Estado para el Desarrollo Integral de la Primera Infancia de Cero a Siempre y ARTÍCULO 7. Derechos de los niños y niñas con discapacidad.
  • Resolución 7155

    Resolución 7155
    Por la cual se modifica la Resolución 5929 de 2010 que aprueba los lineamientos técnico administrativos de ruta de actuaciones y modelo de atención para el restablecimiento de derechos de niños, niñas y adolescentes y mayores de 18 años con discapacidad, con sus derechos amenazados, inobservados o vulnerado.
  • Cicular Externa 003

    “Instrucciones respecto a la Ruta Integral de Atención en Salud y Rehabilitación Funcional para las víctimas de minas antipersonal -MAP y de Municiones sin explotar –MUSE. Expedida por la Superintendencia Nacional de Salud y dirigida a Entidades Administradoras de Planes de Beneficios, Instituciones Prestadoras del Servicio de Salud y Entidades Territoriales.”
  • Decreto 600

    Decreto 600
    Reglamenta y establece condiciones de la prestación humanitaria periódica de un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente -SMMLV, a las víctimas que hubieren sufrido una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% como consecuencia de un acto de violencia suscitado en el marco del conflicto armado interno y calificada con base en el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de la Capacidad Laboral y Ocupacional, expedido por el Gobierno Nacional.
  • Director del V de la cooperación de Valencia

    Contribuir al desarrollo humano sostenible ya la realización efectiva de los derechos humanos de las personas y poblaciones que viven en contextos de mayor vulnerabilidad, pobreza y exclusión.
  • Educación para el desarrollo sostenible y para la ciudadanía mundial.

    Educación para el desarrollo sostenible y para la  ciudadanía mundial.
    Para el año 2022 los conocimientos, habilidades y actitudes relativos a la educación para el desarrollo sostenible y para la ciudadanía mundial habrán sido incorporados al sistema de acceso a la función docente.