-
1001 BCE
Los pueblos primitivos
La administración de justicia corría a cargo del pater
familias, quien tenía facultades y poderes ilimitados sobre su domus llegaba incluso a disponer de la vida de sus hijos y nietos, en algunas circunstancias. La solución de los litigios tenia características místicas religiosas ,los procesos se caracterizan por su formalismo y teatralidad un proceso
severo, con procedimientos rápidos, con ausencia de tecnicismos, con posibilidades limitadas de defensa y con penas o soluciones drásticas. -
235
Los Germánicos
Existía una asamblea del
pueblo o de los miembros libres del pueblo, llamada el Ding, ante la cual el juez solamente intervenía como instructor ,como un investigador del derecho y
un director de los debates, la sentencia era dictada por la asamblea, tenían un procedimiento público, oral y formalista. el choque de dos culturas romana y germánica señala el inicio de la edad media, prevalece el predominio de los intereses de la colectividad sobre los del individuo. -
420
Roma
Se desarrolla el derecho desde el punto de vista técnico y sistemático, siendo parte importante en este proceso el carácter militar y jurídico porque determinaron las instituciones romanas porque favorecieron la existencia de un imperio, muchas instituciones creadas por los romanos aún siguen vivas el imperio se divide en tres etapas, la monarquía, la república y el imperio. -
1200
Proceso Medieval Italiano
La jurisdicción esta en manos de los funcionarios, los cuales se desarrolla la abogacía. El proceso comienza con una citación con plazo hecha al demandado, plazo dentro del cual se presenta la demanda. La característica principal del proceso medieval italiano es su lentitud. Contra ella, desde la mitad del siglo XII se iniciaron reformas conducentes a obtener una mayor rapidez en el procedimiento. -
1255
Antiguo Enjuiciamiento Español
Surge el fuero juzgo que tiene un sello humanista y filosófico, aunque de poca aplicación. un ordenamiento importante fué el código de las partidas de 1265, el cual retornó al proceso clásico romano y que en su partida iii tiene como antecedente de derecho procesal, al digesto. la tercera partida se proyecta como fuente de inspiración de la mayoría de códigos de procedimientos civiles hispanoamericanos. -
La revolución francesa y la codificación
movimiento social, económico y filosófico trascendental para la humanidad, basado en la filosofá de la ilustración e ideas de rousseau, montesquieu, voltaire y locke. movimiento individualista, se dan garantías individuales, lucha de clases, surge la codificación francesa, que tiene como mérito el separar códigos de derecho adjetivo y procesal, código civil, penal, procesal civil y de procedimientos penales y el código de comercio. -
Proceso Inquisitorial
El juez ejerce el poder sin limitación, es juzgador, investigador y acusador (regímenes absolutorios)
Proceso dispositivo: todo lo que no está prohibido, está permitido, el estado está limitado y el juez es imparcial ante las partes, ejerciéndose la igualdad.
Proceso publicista: crea ramas especiales del derecho como el agrario y laboral, protege el interés colectivo y es de orden público. el estado protege derechos e intereses de grupo o clase, procura encontrar la verdad