-
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Estableció derechos relativos a la libertad individual: la inviolabilidad de correspondencia y domicilio, y más adelante, el secreto a las comunicaciones privadas. Derechos vinculados con la intimidad de la persona, que protegen ciertas áreas o espacios relativos a todo ser humano. -
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Es un derecho humano reconocido a nivel internacional después de la segunda guerra mundial, cuyo artículo 12 señala:"Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques".
La Declaración establece, los derechos humanos fundamentales deben protegerse en el mundo entero y ha sido traducida en más de 500 idiomas. -
RATIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 12
Dicho artículo fue ratificado en el artículo 17 del pacto internacional de derechos civiles y politicos, adaptado por la asamblea general de las naciones unidas en la resolución 2200 A (XXI)
Artículo 17
Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación. 2. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques -
Ley de Land de Hesse
Así, en 1970 se promulga la Datenschutz, ley sobre tratamiento de datos personales del Land de Hesse, en la República Federal de Alemania, mediante la cual se pretendía brindar protección a las personas naturales ante la amenaza que representaba el tratamiento informatizado de datos nominativos por las autoridades y administraciones públicas del Estado, los municipios y entidades locales rurales, así como las demás personas jurídicas de derecho público y agrupaciones sujetas a la tutela estatal -
Ley Federal de Protección de Datos Personales
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares. ... En Suecia, en 1973, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares. Esta ley cuenta con un organismo supervisor para su cumplimiento (Data Inspektion Board). -
LEY DE CARÁCTER GENERAL
Esta Ley es sucesora de la creada en Suecia en 1973. Conocida como (Privacy Act).
Su finalidad es expandir las capacidades de la ley estadounidense para combatir el tráfico de contenidos con derechos de autor y bienes falsificados a través de Internet. -
1975 ONU
En este sentido, en la Resolución 3384 de 1975 de la ONU se acordó,
entre otras, que los Estados “adoptarán medidas tendientes a extender a todos los estratos de la
población los beneficios de la ciencia y la tecnología incluso su utilización indebida para infringir los derechos del individuo o del grupo, en
particular en relación con el respeto de la vida privada y la protección de la persona humana y su
integridad física e intelectual. -
PAÍSES Y LAS LEYES DE PROTECCIÓN DE DATOS
Entre los años de 1977 y 1979 países como Canadá, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo publicaron leyes con el objetivo de proteger los datos. -
MARCO DE LA ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO
Se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos. -
CONVENIO DE ESTRASBURGO. PAÍSES EUROPEOS
Se realiza el primer convenio internacional de protección de datos, firmado por países miembros del Consejo de Europa, mejor conocido como “Convenio 108”. De este modo la República Federal Alemana, Francia, Dinamarca, Austria y Luxemburgo contaron con el primer instrumento vinculatorio de carácter internacional sobre protección de datos -
Ley federal
Se presenta por primera vez un proyecto de ley federal en esta materia (protección de datos personales), el cual fue rechazado por el Pleno de la LVII Legislatura en diciembre de 2004 -
La Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental
La primera aproximación a su protección se dio con la aprobación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Públicada el 11 de julio de 2002 y establece en su artículo 3° lo siguiente:
a)Esta ley sólo referencia a los datos personales sobre su uso y destino, por lo que en el caso del derecho a la intimidad es la exclusión de cierto tipo de datos que la persona quiere mantener reservada para sí misma -
Protección de Datos Personales
Los Lineamientos (publicados por el entonces IFAI el 30 de septiembre de 2005) tienen como objetivo establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información y establecen las condiciones y requisitos mínimos para el manejo y custodia de los sistemas de datos personales en poder de la Administración. -
Se adiciona un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitucional
En materia de protección de datos personales, las fracciones II y III del artículo 6 señalan que la información a que se refiere la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes. Además que toda persona tendrá acceso a sus datos personales o a la rectificación de estos respectivamente. -
SE PLANTEA UNA REFORMA AL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL
Su principal objetivo fue que la protección de datos personales quedara establecida en México y así extenderlos a todos los nivelas para proteger los datos del sector privado, quedando aprobada el 4 de diciembre por el senado y el 11 de diciembre por lo diputados. -
ARTÍCULO 16
SE REFORMA EL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL, En el se reconoce la plena protección de los datos personales con los derechos ARCO, con ello se sientan las bases para crear una ley federal de protección de datos en posesión de particulares. -
LA REFORMA DEL ARTÍCULO 73 CONSTITUCIONAL: O LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES COMO MATERIA FEDERAL
En el caso particular de México, resulta prioritario tratar la materia informáticacomo una materia federal, lo que ha sido alcanzado en el 2009 con lareforma al Art. 73 Constitucional. -
LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE PARTICULARES
En México se publica el decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP). -
DERECHO ARCO
Derivado del modelo europeo, la LFPDPPP se compone de 69 artículos, agrupados en 11 capítulos, que cubren los siguientes temas: Derecho ARCO. Se deben otorgar las garantías y procedimientos a cualquier persona para acceder, ratificar, corregir y/u oponerse a la existencia de registros con información sensible o no sensible. -
LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
Entra en vigor la Ley General de Transparencia y acceso a la Información Pública. Con esta nueva ley que entra en vigor se cambia al IFAI por el INAI (Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales) -
FACULTAD DEL CONGRESO PARA LEGISLAR EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Preceptos transitorios son violatorios de los artículos 1º, 6º, 16, segundo párrafo, 17, 73, fracción XXIX-S, y 116, fracción VIII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque amplían sin justificación las obligaciones de cumplimiento de la protección y ejercicio de los datos personales, en contravención a los plazos previstos en la Ley General.