Linea del tiempo ARTICULO 3

  • Mayo 02 de 1917

    Mayo 02 de 1917
    El Estado -Federación, Estados y Municipios impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias. En este año se propone que la educación básica es obligatoria y su impartición debe ser integral.
  • Octubre 04 de 1934

    Octubre 04 de 1934
    Artículo 3°: La educación que imparta el estado será socialista, además de excluir toda doctrina religiosa combatirá el fanatismo y los prejuicios, para lo cual la escuela organizará sus enseñanzas y actividades en forma que permita crear en la juventud un concepto racional y exacto del universo y de la vida social.
    Se proponía que solo el estado – federación, Estados, Municipios- impartirá educación primaria, secundaria y normal, la educación primaria será obligatoria.
  • Diciembre 30 de 1946

    Diciembre 30 de 1946
    Artículo 3°: La educación que imparta el Estado- Federación, Estados, Municipios- desarrollará armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional. En la independencia y en la justicia.
    Este se garantiza por el artículo 24, dicha educación se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa y basado en resultados del progreso científico y luchará contra la ignorancia y sus efectos.
  • Junio 09 de 1980

    Junio 09 de 1980
    Se agrega una fracción VIII al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
    VIII.- Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la Ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la cátedra, discusión de ideas, determinarán planes y programas administrando su legado.
  • Enero 28 de 1992

    Enero 28 de 1992
    Garantizada por el artículo 24, la libertad de creencias, la educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa.
    El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios. Además:
    -Contribuirá a la mejor convivencia
    -Los particulares podrán impartir educación
  • Julio 13 de 1993

    Julio 13 de 1993
    En las siguientes secciones se propone contribuir al desarrollo integral del alumno, fomentar actitudes, infundir el conocimiento, impulsar desarrollo tecnológico ,entre otros.
  • Julio 13 de 1993

    Julio 13 de 1993
    Ley General Educación 1993
    En esta ley, se proponen a través de los artículos algunos puntos destacables e importantes:
    1°Está ley regula la educación en los estados
    2°Todo individuo tiene derecho a recibir educación
    3°El estado está obligado a prestar servicios educativos
    4°Todos deben cursar educación básica
    5°La educación será laica
    6°La educación será gratuita.
  • septiembre 03 de 1993

    septiembre 03 de 1993
    Artículo 3°: Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación primaria y la secundaria son obligatorias.
    I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa. Además:
    -Será democrática
    -Combatirá la ignorancia
    -Contribuirá a una mejor convivencia
    -La educación será gratuita
  • junio 10 de 2011

    junio 10 de 2011
    Artículo 3°: La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
    Se articula de la fracción I a VIII.
    Se propone Conciencia de solidaridad, fomentar el respeto, respetar la diversidad, independencia y favorecimiento al sentido de justicia.
  • febrero 09 de 2012

    febrero 09 de 2012
    Artículo 3°: Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; esta y la media superior serán obligatorias. Se añadió fracción II y IV.
    Se menciona que se contribuirá a la mejor convivencia humana, respeto a la diversidad, impartir educación básica y media superior, fortalecer la cultura.
  • diciembre 20 de 2013

    diciembre 20 de 2013
    Artículo 3°: El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos.
    Se reforma el articulo 3° en sus fracciones III, VII, VII y se añade inciso d al párrafo II de la fracción II.
    Universidades se regirán en su propio marco, las relaciones se basarán en el artículo 123.
  • diciembre 20 de 2013

    diciembre 20 de 2013
    -La ley fijará los criterios para la promoción servicio profesional.
    -Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa.
    -Inee evaluará la educación básica y media superior. Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias.
    -Los integrantes de la Junta de Gobierno deberán ser personas con capacidad y experiencia en las materias.
  • septiembre 30 de 2019

    septiembre 30 de 2019
    -La ley establecerá las disposiciones del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros en sus funciones docente, directiva o de supervisión
    -Los planes y programas tendrán perspectiva de género y una orientación integral
    -Incluirán conocimientos artes, literalidad, historia, ciencias, humanidades, tecnología, deporte, educación sexual
    -Se impulsarán condiciones de vida de los educandos
    - Se apoyará la investigación tecnológica
    -La educación debe ser humanista
  • septiembre 30 de 2019

    septiembre 30 de 2019
    -Se proponen prioridades a las comunidades aisladas
    -En el artículo 14 quedó contemplado que la rectoría de la educación se coordina con entidades federativas
    - En el artículo 18 se proponen nuevas orientaciones integrales: pensamiento lógico matemático, comprensión lectora, etc.
    -Artículo 21 se propone involucrar a todos los agentes responsables del aprendizaje del alumno
    -Artículo 29 menciona que los planes de estudio se conformarán de propósitos organizados
  • septiembre 30 de 2019

    septiembre 30 de 2019
    Toda persona tiene derecho a la educación. El Estado impartirá y garantizará la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria, media superior y superior.
    La educación será universal, pública, gratuita y laica. El estado priorizará el interés superior niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso y permanencia.
    Los profesores tendrán derecho de acceder a un sistema integral de formación, de capacitación y de actualización.