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Articulo 1- Constitución política de Colombia
La asamblea nacional constituyente en una reunión sin precedentes en la historia nacional, acudieron personas de todas las procedencias y etnias para establecer una nueva carta suprema en beneficio del pueblo, que queda establecido en su primer articulo:"Colombia es un estado social de derecho...participativa y pluralista" que reconoce la enorme diversidad, los derechos especiales que deben ser reconocidos a partir de esta y de la protección necesaria del estado en favor de la sociedad inclusiva -
Artículos 7 y 8 - Constitución política de Colombia
Estos artículos enuncian mas taxativamente la responsabilidad del estado colombiano con la diversidad cultural y étnica de Colombia, siendo expresado como obligación protegerla en cada sentido posible y así mismo garantizar su desarrollo -
Period: to
Era de la etnoeducación
Política para la diversidad en Colombia, donde se busca desde pequeños educar en el reconocimiento de la enorme interculturalidad del país y hacer consciente a la población la belleza de esto, de que en un territorio grupos con cosmovisiones tan diferentes puedan organizarse y obrar en pos de su bien común . -
Ley 70-1993
Esta ley llega para intentar subsanar la deuda histórica que se ha tenido con las comunidades negras en Colombia, expulsadas de su territorios ancestrales por diversos motivos, no han podido establecerse y desarrollar una situación de igualdad estructural como proclama la constitución que debe ser en pos de garantizar unas condiciones dignas para el desarrollo libre y autónomo mientras establece mecanismos para la protección jurídica de estos derechos reconocidos -
Ley 115 de 1994
Esta ley regula el sistema de educación en Colombia y a efectos de educación intercultural, la declara de obligatoria enseñanza para todos los grupos étnicos reconocidos, así como aportar justificaciones teleológicas y jurisprudenciales para toda legislación que se quiera a hacer a futuro respecto a educación inclusiva -
Decreto 804-1995
Proclama la educación para grupos étnicos como parte del servicio publico y dentro del derecho fundamental a la educación, estableciendo sus principios como la integridad, progresividad, solidaridad, flexibilidad, etc. A la vez que establece al figura del "etnoeducador", docentes capacitados para transmitir los conocimientos y saberes de las culturas autóctonas de Colombia -
Decreto 1122-1998
Una de las principales medidas para la implementación de la etnoeducación, cimentando el camino que se había empezado a formar con legislaciones anteriores para la protección de identidad cultural de las comunidades negras, con este pronunciamiento, la ley establece para todas las instituciones, sin discriminación, la difusión de saberes y conocimientos relativos a las culturas negras colombianas, desde sus creencias religiosas hasta sus aportes científicos, en pos de una nación mas integrada. -
Ley 397-2007
Desarrolla lo expuesto en los artículos constitucionales sobre cultura, estableciendo unos principios respecto a ella, destacando el pluralismo y la tolerancia, además se establecen los deberes que asume el estado colombiano ante ella, la responsabilidad de proteger el patrimonio cultural de la nación, la interacción entre culturas que permita la coexistencia, con la base legal de esta ley se han proferido muchos fallos en favor del respeto a la diversidad y derechos culturales en nuestro país. -
Ley 725-2001
Reconocimiento de la afrocolombianidad en honor a los orígenes étnicos de esta nación y la celebración de los principios establecidos en la constitución de Colombia como republica pluriétnica. -
Programa nacional de etnoeducación
Estrategia implementada por el ministerio de educación nacional para el fortalecimiento, reconocimiento y expansión de proyectos e innovaciones en comunidades étnicas, mediante esfuerzos concertados con las secretarias de educación de cada municipio, se financiaron, establecieron y produjeron mas de 40 proyectos etnoeducativos en fin de distinguir y apoyar a los talentos de estas comunidades, propiciando el desarrollo de más. -
Decreto 2406-2007
Establecimiento de una Comisión nacional de trabajo y concertación de la educación de los pueblos indígenas (CONTCEPI), una institución que permita pasar a la realidad todos los avances educativos y laborales antes expresados dogmáticamente en la constitución, actúa directamente con el gobierno nacional y tienen reuniones periódicas anualmente para compartir información respectiva a las preocupaciones de estas comunidades. -
Declaración universal de los derechos del pueblo indigena
Edición de la declaración universal de los derechos humanos reconociendo las luchas y desafíos que han tenido que enfrentar estos pueblos por mantenerse en una sociedad que rara vez se preocupa por reconocer la importancia de estos como patrimonio cultural de la humanidad, al ser una declaración del derecho internacional entra y hace parte de la constitución a través de la figura del bloque de constitucionalidad -
Decreto 2500-2010
Establecimiento de enlaces y entrega de facultad a los cabildos y demás autoridades administrativas indígenas para la creación de un sistema educativo propio, jamás en detrimento de los derechos obtenidos pero fundamentado en el derecho de autonomía y autodeterminación del pueblo. -
Decreto 2957-2010
Reconoce y ampara jurídicamente la situación de las comunidades ROM, definiéndolas, dándoles prerrogativas que les permitan realizar completamente sus aspiraciones culturales, así mismo establece protección hacia ellos en cuanto a vivienda, educación, salud, seguridad social, refugios y conservación de su cultura -
Decreto 1953-2014
Representa otro gran avance en pos de establecer unas condiciones estructurales de igualdad hacia las comunidades indígenas, las cuales han mantenido problemas constantes en cuanto a poseer un territorio reconocido, así este decreto atendiendo la realidad social de estas personas crea un régimen especial de tierras donde impone una administración autóctona, según sus tradiciones, creando necesarios espacios con soberanía reconocida para que fomenten y mantengan su cultura -
La UAIIN, la primera universidad publica indígena en Colombia
Este proyecto nace producto del avance representado por la formación del SEIP décadas atrás y apoyados por el consejo regional indígena del cauca y otras instituciones adquieren una sede administrativa e imparten un pensum especializado en sus culturas ancestrales, en 2017 el ministerio de educación empieza a estudiar el caso para en 2018 darle reconocimiento legal e iniciar en 2020 su financiación para el logro de una universidad publica con educación de la cultura indígena