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1821
La primera etapa en 1821, en el que por motivos de poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra (Sierra, s.f.). -
1824
Posteriormente en 1824 en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117. -
1857
Para 1857 se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios. Han sido varios los cambios y ajuste de nombres de las secretarías, así como las funciones de cada una
de ellas, es decir, que, a la llegada de cada presidente, reformaban o cambiaban algunos párrafos de la
ley, en aras de conseguir una administración más eficiente -
1917
Venustiano Carranza en 1917 creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado. De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas. -
1958
La última ley que se expidió fue en 1958, el proyecto de tal, fue la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana. En 1958 se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy. -
1997
De acuerdo con Muñoz (1997) el Gobierno se sirve de la Administración Pública Federal (APF) para realizar las funciones asignadas al Poder Ejecutivo de la Federación. Sin embargo la Administración Pública más allá sólo de las actividades federales. -
1996
Dentro de las reformas a la LOAPF el 15 de mayo de 1996 se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal -
2016
De conformidad al artículo 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM, 2016) se establece que “La Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso