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Se promulga la Ley 1420 de educación común, gratuita y obligatoria.
En 1884, bajo la presidencia de Julio Argentino Roca, se promulgó la Ley 1420, es el 1er instrumento legal que enmarca las experiencias que se venían realizando en educación de adultos. No sólo con el fin de paliar el analfabetismo sino de educar al creciente número de inmigrantes. -
Ley de Educación Común logró reconocer a la Educación de Adultos
Si bien se logro el reconocimiento de la educación de adultos como parte del sistema de enseñanza básica, se la equiparó con la educación destinada a niños, con rígidos mecanismos de control propios del nivel primario y homologando sus contenidos, sin atender a los sujetos jóvenes y adultos. -
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Periodo industrial
El foco fue la inclusión del obrero al sistema educativo y su formación como fuerza de trabajo para el proyecto de industrialización nacional, interpelando al trabajador como sujeto pedagógico. -
Creación del primer BSPA en Salta
Desde su origen los centros BSPA funcionaron en edificios de escuelas primarias y secundarias; la Roca, la Zorrilla, la Alberdi, la Arenales y el colegio Aráoz fueron algunos de los más antiguos. Fuente: https://www.eltribuno.com/salta/nota/2011-8-19-23-13-0-bspa-un-modelo-educativo-salteno-para-la-inclusion-y-la-contencion-social -
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Desregulación, apertura de mercados y la globalización
La hegemonía del poder financiero, la competitividad y el individualismo productivo, abrieron paso a un proyecto de país que no incluía a los no calificados; y así el desempleo o empleo precario se convertiría en un castigo a la ¨inadaptabilidad¨ de los trabajadores. -
Ley Federal de Educación 24.195
La Educación de Jóvenes y Adultos quedó comprendida dentro de los regimenes especiales que tienen por finalidad atender las necesidades insatisfechas por la estructura básica. -
Ley de Educación Nacional N*26.206
Derecho a enseñar y a aprender consagrado constitucionalmente. La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado. Posicionamiento del Estado como garante de derechos para la educación de jóvenes y adultos. -
La elevada demanda de la modalidad
La demanda de esta modalidad obedece a diversos factores que exceden el ámbito educativo de la educación y señalan la necesidad de coordinar acciones con otros organismos gubernamentales y de la sociedad. Prevé que se articulen programas con otros ministerios como Trabajo, Empleo y Seguridad, Desarrollo Social, Justicia, Salud y otros actores del mundo de la producción del trabajo y de la sociedad. -
Programa Nacional de Alfabetización "Encuentro" y el Plan de Finalización de Estudios Primarios y Secundarios
Este dispositivo de reingreso se articula con las ofertas históricas del nivel, como las Escuelas de Educación Secundaria, los Bachilleratos de Adultos y los Centros de Educación de Nivel Secundario (CENS).
El plan está dirigido a quienes no han resuelto su escolarización en establecimientos de gestión estatal en los tiempos previstos institucionalmente por el sistema educativo y quieren ingresar y/o reingresar para obtener la certificación correspondiente. -
Implementación del dispositivo de alfabetización en la provincia de Salta
A partir de un convenio entre el Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud de la Provincia de Salta, que busca focalizar acciones de capacitación en la población de los Departamentos de Rivadavia, Orán y San Martín a través de un proyecto de adecuación de contenidos en función de las necesidades detectadas en la población: herramientas de lecto-escritura, salud alimentaria, salud sexual y reproductiva y uso de operaciones matemáticas para manejo de dinero.