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Principios fundamentales del presupuesto
En la constitución de 1821 se consideraron los principios fundamentales del presupuesto Colombiano. -
Ley Orgánica de Presupuesto
En 1824 se expendió la Ley Orgánica de Presupuesto que se basa en regular la aprobación, modificación y ejecución de los presupuestos de la Nación. -
Ley de presupuesto
En la constitución de 1830 se reafirmaron los principios establecidos en la de 1821 y se le asigno al parlamento la función de expedir anualmente la Ley de presupuesto. -
Se creo la República de Colombia y se estableció los principios del presupuesto.
En 1886 se creo la República de Colombia y la constitución de 1886 y las reformas de 1910, 1936 y 1945 establecieron los principios del presupuesto. -
Presentación al Congreso proyecto de presupuestos.
En 1892 se estableció por primera vez la obligación de presentar al Congreso el proyecto de presupuesto. -
Cálculos presupuestales
En 1912 se estableció la forma de hacer los cálculos presupuestales. -
1950- 1960 Dirección Nacional de Presupuesto
Se establecieron los principios presupuestales de Periodicidad, Unidad, Universalidad y Equilibrio -
Reforma presupuestal.
En 1960 se introduce en Colombia la técnica presupuestal de la programación, la cual se basó en la creación de dos programas principales:
-Programa de desarrollo económico y social.
-Planes cuatrienales de inversión pública. -
Ley 179
En 1974 se creó la Ley 179 Creación de la cuenta única nacional; Concepto de gasto público social. Inclusión del principio de desequilibrio presupuestal. Cambio de presupuesto complementario por ley de financiamiento. -
Ley 38
En 1989 se creó la Ley 38 Papel del presupuesto -Sistema presupuestario; se creo la figura de presupuesto complementario. Se simplificaron las categorías de clasificación del gasto. -
Ley 225
En 1995 se creó la Ley 225 de 1995 perpetuar el rezago presupuestal y redefinir categorías de ingresos y gastos. -
Ley 716
Ley 716: Normas sobre saneamiento contable -
Ley 819
Ley 819 se dictan normas en materia presupuestal responsabilidad y transferencia fiscal.