-
1956 BCE
Decreto 2373 -Requisitos, Sanciones y Deberes de los Contadores
Se estipulan dos clases de Contadores:
INSCRITOS:
No pueden dar fe Pública
PÚBLICOS
Si pueden dar fe Pública; Seexige firma contador cuando la Ley lo exija. -
1950 BCE
Decreto 1950 Balances e Inventario deben ir Firmados po Contador y R.F
Balances e Inventario deben ir Firmados po Contador y Revisor Fiscal, tomados fielmente de los Libros. -
1941 BCE
Decreto 1357 de 941 Los Contadores Juramentados pueden dar fe pública
Los Contadores Juramentados pueden dar fe pública de:
- Declaraciones de Impuestos
- Confeccion de Balances
- Liquidaciones
- Certificaciones
- Atestaciones -
1935 BCE
LEY 73 y 78 de 1935 Se asocia la testificacion a través de una Firma del REVISOR FISCAL
Ley 35: Se asocia la testificacion a través de una Firma del REVISOR FISCAL
Ley 78: Facilita el cumplimiento de la exigencia de Juramento. -
1931 BCE
LEY 81 de 1931 ORGÁNICA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Se ocupo de la parte Administrativa del impuesto.
Señala acasos en que se debe presentar declaracion bajo juramento. -
1927 BCE
LEY 64 Impuesto sobre la Renta
Mision Kemmerer - Declaracion Juramentada y Excibir Libros -
1918 BCE
JURAMENTO en la Ley 56 Art. 6
No se podia exigir juramento